Cómo preparar el modelo 347 de operaciones con terceros en Fube
Guía para autónomos y pymes: deja que Fube detecte los clientes y proveedores con los que superas los 3.005,06 € al año, revisa el borrador del modelo 347 y exporta el fichero para la AEAT.
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Cómo preparar el modelo 347 de operaciones con terceros en Fube
El modelo 347 tiene mala fama por una razón concreta: sacarlo a mano es repasar un año entero. Hay que ir cliente por cliente y proveedor por proveedor, sumar todo lo facturado y todo lo gastado con cada uno, comprobar quién pasa del umbral y separar lo de cada trimestre. Esta guía es para autónomos y pymes que prefieren llegar a febrero con ese cálculo ya hecho y solo tener que revisarlo.
El 347 es una declaración informativa anual: recoge a cada cliente y a cada proveedor con el que hayas superado los 3.005,06 € (IVA incluido) a lo largo del año natural. Si quieres comprobar antes quién se acerca a ese umbral, el simulador del Modelo 347 te da una estimación rápida. No se paga nada con él; la AEAT lo usa para cruzar lo que tú declaras con lo que declaran tus terceros. Conviene tener claro algo desde el principio: Fube ordena y exporta tus datos, pero no presenta el modelo ante la AEAT en tu nombre. Genera el fichero TXT para que lo subas a la sede electrónica y un PDF para tu archivo; la presentación oficial, con tu certificado digital o Cl@ve, la haces tú o tu asesoría. Esta guía no sustituye al criterio de un profesional: si tu caso tiene particularidades, confírmalo con tu asesoría.
Si prefieres empezar por la teoría —quién está obligado, cómo se cuenta el umbral y los descuadres más habituales—, el artículo modelo 347: qué es y quién está obligado a presentarlo lo desarrolla.
Antes de empezar: qué necesitas tener al día
El 347 sale del mismo sitio donde ya vive todo lo demás en Fube. No reconstruyes el año: el sistema parte de las facturas que has emitido y los gastos que has registrado durante los doce meses. Por eso, antes de generar el modelo conviene comprobar dos cosas:
- Que tienes registradas tus facturas del ejercicio que vas a declarar, con su cliente y su importe correctos. Si dudas de cómo das de alta a un cliente con sus datos fiscales, repasa la guía de cómo crear un cliente en Fube.
- Que tus gastos del año están introducidos, cada uno con su proveedor. Puedes ponerte al día siguiendo la guía de cómo registrar y digitalizar tus gastos; el escaneo con OCR te ayuda a recuperar las facturas de proveedor que tengas en PDF.
Cuanto más completos estén esos datos, más fiel será el borrador. El 347 que prepara Fube es tan bueno como las facturas y los gastos sobre los que se calcula.
Paso 1: abre el modelo 347 y elige el ejercicio
En el panel, Fube agrupa el 347 con el resto de declaraciones informativas. Al crear un modelo nuevo, lo primero que pide es el ejercicio fiscal: el año natural que vas a declarar. El 347 se refiere siempre al año anterior, así que en febrero declaras el ejercicio que acaba de cerrar. Selecciona el año y continúa.
A partir de ahí, Fube genera un borrador. El modelo nace en estado de borrador y permanece editable hasta que tú decides darlo por cerrado, así que no hay riesgo de "romper" nada por entrar a revisarlo.
Paso 2: deja que Fube detecte los terceros que superan el umbral
Este es el paso que ahorra la mañana de sumas. Fube recorre, por cada cliente y cada proveedor, las facturas emitidas y los gastos registrados del ejercicio, y deja en el listado solo a quienes superan los 3.005,06 € (IVA incluido) —en compras o en ventas—. Basta con cruzar el umbral en una de las dos direcciones para que ese tercero entre en la declaración.
El borrador llega ya con los declarados precargados. No partes de una hoja en blanco: partes de una lista hecha que luego revisas. Esto es exactamente lo que cubre la página de funcionalidad del modelo 347, donde puedes ver cómo queda el listado antes de exportar.
El umbral general no es el único: hay tres
Los 3.005,06 € son el umbral del artículo 33.1 del reglamento, y es el que aplica a la inmensa mayoría. Pero hay dos claves de operación con su propia regla, y conviven con él:
| Clave | Umbral |
|---|---|
| C — cobros por cuenta de terceros (honorarios profesionales) | 300,51 €, diez veces más bajo |
| E — subvenciones y ayudas satisfechas por las Administraciones Públicas | Sin umbral: se declara cualquier importe |
| Todas las demás | 3.005,06 € |
Si cobras honorarios por cuenta de terceros —lo típico en gestorías, despachos y colegios profesionales—, tu umbral es el de 300,51 €. Es tan bajo que se supera con facilidad, y es fácil dar por hecho que no hay nada que declarar.
Ahora bien, conviene saber cómo se articula esto en el borrador: Fube deriva por su cuenta las claves A y B, las de compras y ventas corrientes, así que la lista que te llega está medida contra los 3.005,06 €. El umbral de 300,51 € entra en juego cuando tú reclasificas a mano ese declarado a la clave C. Si tienes cobros por cuenta ajena, ése es el momento de mirarlos.
Y dos precisiones del cálculo que evitan discusiones con la asesoría:
- El umbral es estrictamente mayor. El reglamento dice «hayan superado la cifra de 3.005,06 euros», así que un total anual exactamente igual al umbral no obliga a declarar.
- Un total anual negativo también cuenta. Si en el ejercicio hubo más rectificativas que facturas y el neto sale en negativo, esa operación se declara igual: el registro reserva una posición de signo justo para eso, y la contraparte sí la va a declarar.
Paso 3: revisa el borrador, tercero por tercero
Cada declarado aparece con su NIF, su nombre, el importe de cada trimestre y el total anual. Repásalo con calma:
- Si ves un alta de más o un duplicado —por ejemplo, el mismo proveedor dado de alta dos veces con NIF ligeramente distinto—, ajustas el listado a mano antes de generar el fichero. El borrador es un punto de partida, no una caja cerrada.
- Comprueba que los importes encajan con lo que esperas. Como el cálculo sale de tus propias facturas y gastos —los mismos que usas para el resto de modelos—, lo normal es que cuadre de origen.
Tómate este paso en serio: la AEAT coteja los datos de las dos partes de cada operación, y una diferencia con lo que declara tu cliente o proveedor puede generar un requerimiento. Revisar el borrador es justo el momento de detectar y corregir esos desajustes.
Mira el diagnóstico: lo que NO está en la lista
Aquí está la revisión que de verdad evita un requerimiento, y es la que casi nadie hace, porque mira lo que falta, no lo que está.
Un tercero que supera el umbral pero al que le falta un dato obligatorio —NIF, razón social, provincia o país— no cabe en el registro de declarado, así que no entra en la declaración. Antes se caía en silencio; ahora el producto lo saca en un bloque de terceros excluidos en la pantalla de justificación del modelo, con el detalle de cada uno.
El mismo diagnóstico te dice además dos cosas más:
- El importe de las operaciones sin tercero identificable —tickets emitidos sin cliente, por ejemplo—, que no se puede atribuir a nadie y por tanto no se declara.
- Qué bloques son de clasificación manual: lo que Fube no puede derivar del dato que tiene y tienes que marcar tú (lo vemos en el paso siguiente).
Si el bloque de excluidos trae a alguien, el arreglo está en su ficha —completa el NIF, la razón social, la provincia y el país—, y después vuelves a generar el borrador. No es opcional: ese tercero sí te va a declarar a ti.
Paso 4: marca a mano lo que Fube no puede derivar
Fube deriva dos claves de operación —B para tus ventas y A para tus compras— y calcula las operaciones normales. Todo lo demás es clasificación manual, y son cinco interruptores más las claves C a G, no sólo el del alquiler.
En el detalle de cada tercero tienes:
| Qué marcas | Cuándo |
|---|---|
| Arrendamiento local | Alquiler de local de negocio. Al activarlo aparece la sección Inmuebles, donde añades la referencia catastral, la situación y la dirección. |
| Seguro | Operaciones de seguro, que el modelo trata aparte. |
| Criterio Caja | Operaciones acogidas al régimen especial del criterio de caja. |
| Inversión de sujeto pasivo | Operaciones en las que el impuesto lo declara el destinatario. |
| Reg. depósito no aduanero | Operaciones en régimen de depósito distinto del aduanero. |
| Clave de operación (C–G) | Cobros por cuenta de terceros, adquisiciones de entidades públicas, subvenciones de las AAPP, ventas y compras de agencia de viajes. Las tienes todas en la tabla de abajo. |
Las siete claves de operación, tal y como salen en el selector
La clave va en el registro que se presenta, así que elegir la que no es cambia lo que declaras. Éstas son las siete, con el rótulo exacto que verás en el desplegable de Fube:
| Clave | Cómo aparece en Fube | Qué operación es |
|---|---|---|
| A | A - Adquisiciones | Tus compras. Fube la deriva sola |
| B | B - Entregas | Tus ventas. Fube la deriva sola |
| C | C - Cobros por cuenta | Cobros por cuenta de terceros: honorarios profesionales que cobras para otro. Umbral propio de 300,51 € |
| D | D - Adquisiciones efectuadas | Adquisiciones efectuadas por entidades públicas y demás sujetos del artículo 33.2 |
| E | E - Subvenciones públicas (sólo AAPP) | Subvenciones, auxilios y ayudas satisfechos por las Administraciones Públicas, cualquiera que sea su importe. Sin umbral |
| F | F - Ventas de agencia de viajes | Servicios documentados con factura expedida por agencia de viajes, de la disposición adicional cuarta del RD 1619/2012 |
| G | G - Compras de agencia de viajes | Transporte de viajeros y equipajes contratado a través de agencia de viajes |
Cuidado con la clave E, que es la que más se equivoca. Es de uso exclusivo de las Administraciones Públicas que pagan la subvención: si tú la has recibido, no declaras con esa clave. Y el alquiler de un local de negocio no es la clave E: va con su clave normal —A si eres el arrendatario, B si eres el arrendador— más el interruptor Arrendamiento local.
El desglose por trimestres que trae el borrador corresponde a las operaciones normales. Lo inmobiliario no se separa solo: se marca aquí, tercero a tercero. Es la parte que sólo tú conoces, y el borrador no puede adivinarla, así que repásala antes de exportar.
Paso 5: exporta el TXT y el PDF
Cuando el listado está revisado, exportas. Fube genera dos cosas:
- El fichero TXT para subir a la sede de la AEAT. Es el formato que la sede espera para precargar la declaración.
- El PDF del modelo, para tu archivo.
Con el TXT en la mano, entras en la sede electrónica de la AEAT y presentas el 347 firmando con tu certificado digital o Cl@ve. La presentación la haces tú o tu asesoría, no Fube. Después puedes volver a Fube, adjuntar el justificante de presentación y usar Dar por presentado para dejar el rastro ordenado año tras año.
Casos límite y errores comunes
- No has llegado al umbral con nadie. Si en todo el ejercicio no has superado los 3.005,06 € con ningún tercero, no tendrás declarados que incluir. El umbral es por tercero y acumulado en el año, no por factura suelta. Salvo que cobres por cuenta de terceros: ahí el umbral es de 300,51 €.
- Un tercero grande no aparece en la lista. Antes de dudar del cálculo, mira el bloque de terceros excluidos del diagnóstico: si le falta el NIF, la razón social, la provincia o el país, supera el umbral y aun así no cabe en la declaración. Completa su ficha y regenera el borrador.
- Una declaración anterior tenía un error. Si sólo faltaban registros, se corrige con una complementaria, que los añade. Si hay que rehacerla entera, con una sustitutiva, que reemplaza por completo la anterior. Son dos cosas distintas y elegir mal duplica lo declarado.
- El umbral va con IVA incluido. Fube calcula sobre el importe total con IVA, que es como se mide el umbral del 347. No es la base imponible: es lo que efectivamente movió la operación.
- Clientes y proveedores cuentan los dos. El 347 recoge compras y ventas. Un proveedor recurrente con el que el alquiler, el software y la asesoría suman rápido entra igual que un cliente al que facturas mucho.
- Importes que no cuadran con la otra parte. Si tu cliente declara una cifra distinta a la tuya, conviene revisar de dónde sale cada importe antes de presentar. Tener el 347 calculado sobre tus facturas y gastos reales ayuda a que los números coincidan de origen, pero la última palabra sobre una discrepancia concreta es de tu asesoría.
Preguntas frecuentes
¿El umbral de 3.005,06 € incluye el IVA?
Sí. El umbral del 347 se mide sobre el importe total con IVA incluido, y así es como Fube calcula quién lo supera.
¿Cuándo se presenta el modelo 347?
El 347 se presenta una vez al año, durante el mes de febrero (del día 1 al último día del mes, 28 o 29 según el año), referido al ejercicio anterior. Conviene confirmar la fecha exacta de cierre del plazo para cada ejercicio, ya que puede ajustarse por días inhábiles. Puedes apoyarte en el calendario fiscal de Fube para tener el plazo a la vista con margen.
¿Fube presenta el modelo en mi nombre?
No. Fube prepara el fichero TXT y el PDF; la presentación la haces tú o tu asesoría en la sede de la AEAT. Después puedes adjuntar el justificante en Fube y marcar el modelo como presentado.
¿Puedo corregir el listado de declarados antes de exportar?
Sí. Si detectas un alta incorrecta o un duplicado, ajustas el listado a mano antes de generar el fichero. El borrador es un punto de partida que tú completas.
El 347 sale del mismo sitio donde ya vive todo
La idea de fondo es sencilla: facturas y registras gastos como siempre a lo largo del año, y en febrero el 347 se calcula sobre esos mismos datos. No reconstruyes nada; revisas, marcas lo que va aparte y exportas. Puedes ver el flujo completo en la página de impuestos y modelos fiscales, donde el 347 es una de las declaraciones que Fube prepara a partir de tus facturas y gastos.
Si todavía no usas Fube y quieres llegar al próximo febrero con el cálculo hecho, puedes empezar gratis y dejar tus facturas y gastos al día desde hoy.

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