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Facturar como profesor particular: clases sin IVA, cuándo sí lo llevan y a quién le haces la factura

Das clases particulares y no sabes si tu factura lleva IVA o retención. Te explicamos cuándo las clases salen exentas, qué pasa si te paga una academia o una plataforma y qué debe llevar la factura para no equivocarte.

Equipo Fube · 30 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Contenido generado con IA y revisado por el equipo de Fube. Cómo creamos nuestro contenido

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Facturar como profesor particular: clases sin IVA, cuándo sí lo llevan y a quién le haces la factura

Facturar como profesor particular: clases sin IVA, cuándo sí lo llevan y a quién le haces la factura

Si das clases particulares, tu pregunta real no es «¿llevo IVA?», sino «¿a quién se la hago y qué pone la factura?». La exención de IVA existe, pero depende de qué enseñas y de cómo te das de alta; y la retención de IRPF depende de quién te paga. Aquí tienes cómo separar los casos más habituales.

Cuándo tus clases salen sin IVA

La Ley del IVA (art. 20.Uno.10º, Ley 37/1992) exime las clases que una persona física da a título particular sobre materias que forman parte de los planes de estudios del sistema educativo: refuerzo de matemáticas, lengua, física, inglés escolar, preparación de asignaturas de bachillerato o de la universidad.

La exención tiene un matiz que se pasa por alto: no vale si, para dar esas clases, tienes que estar de alta en las tarifas de actividades empresariales o artísticas del IAE. Es decir, importa cómo está encuadrada tu actividad, no solo lo que enseñas. Antes de fijar «sin IVA» en tus facturas, comprueba tu epígrafe con tu asesoría. Tienes cómo elegirlo en cómo elegir el epígrafe del IAE y el reparto general de la exención en qué cubre la exención de sanidad y educación.

Cuándo las clases sí llevan IVA

Si lo que enseñas no está en un plan de estudios oficial, la exención no te cubre y la factura lleva el IVA general:

  • Cursos de ocio, manualidades, cocina, yoga o similares.
  • Conversación libre en un idioma sin ligarla al currículo.
  • Coaching, formación para empresas o talleres a medida.
  • Venta de material o materiales descargables, que es una operación distinta de la clase.

Si das las dos cosas (refuerzo escolar y talleres, por ejemplo), cada tipo de servicio se factura según lo suyo y la prorrata del IVA soportado puede entrar en juego. Si es tu caso, mejor consúltalo antes de montar el programa.

A quién le haces la factura

Aquí es donde se complica en la práctica. Hay tres escenarios.

Quién te pagaIVARetención de IRPF
Familia (particular)Exento si las clases encajan en el art. 20.Uno.10ºNo: un particular sin actividad económica no retiene
Academia o centroDepende de si tus clases están exentasPuede aplicar si el cliente es empresario y tu actividad es profesional: confírmalo
Plataforma de clasesRevisa quién factura a quién: a veces tú facturas a la plataforma y a veces ella te paga una comisión descontadaSegún el contrato y tu encuadre

Una regla útil: la exención de IVA sigue al servicio, y la retención sigue al cliente y a tu tipo de actividad. Si mezclas las dos cosas te equivocarás con las dos. Cuando una factura sale con retención que no tocaba, se corrige como explicamos en corregir una retención de más sin anular la factura.

Si la retención procede, los tipos generales son el 15 % y el 7 % durante los tres primeros años de actividad, y se calculan sobre la base, que en una factura exenta es el importe íntegro de tus honorarios.

Qué debe llevar la factura de clases exentas

  • Tus datos y los de quien paga (nombre y NIF).
  • Número y serie correlativos, y la fecha.
  • Descripción real del servicio: «clases de refuerzo de matemáticas de 2.º de ESO, 8 h en noviembre», no «servicios varios».
  • Importe sin cuota de IVA y la mención de la exención con su artículo («operación exenta de IVA, art. 20.Uno.10º Ley 37/1992»).
  • Si procede, la línea de retención de IRPF y el total a cobrar ya neto.

Si cobras por bonos o por meses

Mucho profesor cobra un bono de 10 clases o una mensualidad fija. El criterio de IVA sigue siendo el del servicio, pero el momento de la factura y qué pasa si el alumno no usa todas las clases se explica en facturar bonos y packs de sesiones prepagadas. Si el alumno te paga y luego deja de asistir, la devolución se resuelve con una factura rectificativa, no borrando nada.

Y Verifactu, ¿también para ti?

Sí: estar exento de IVA no te saca de la obligación de usar un programa de facturación conforme. Para autónomos es el 1 de julio de 2027 (el 1 de enero de 2027 para sociedades). Con Fube puedes marcar la línea como exenta y poner la mención legal una vez, de modo que cada factura sale con el texto correcto y con su registro.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cobrar IVA por clases de inglés? Si son de una materia que está en el plan de estudios (inglés escolar o de preparación de una asignatura reglada) y cumples los requisitos, exentas. Si es conversación libre sin vínculo con el currículo, llevan IVA.

¿Puedo dar clases sin ser autónomo? Si la actividad es habitual y la haces por cuenta propia, en general sí hay que darse de alta. Depende de ingresos y habitualidad, así que confírmalo con tu asesoría.

¿Necesito emitir factura a una familia? Si te lo piden, tienes que emitirla; a un particular que no es empresario no le sirve para deducir nada, pero tú sigues obligado a facturar tu actividad.

¿Qué pasa si he cobrado IVA por clases exentas? Se rectifica la factura y se devuelve la cuota al cliente. Mejor corregirlo pronto que cuando lo reclame un tercero.

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