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Epígrafes del IAE: cómo elegir el correcto al darte de alta

Qué es el epígrafe del IAE, sus tres secciones (empresarial, profesional y artística), quién está exento de pagarlo y cómo elegir el epígrafe correcto al darte de alta como autónomo en el modelo 036.

Equipo Fube · 2 de julio de 2026 · 8 min de lectura
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Epígrafes del IAE: cómo elegir el correcto al darte de alta

Epígrafes del IAE: cómo elegir el correcto al darte de alta

Estás rellenando tu alta en Hacienda, llegas al apartado de la actividad económica y te piden un epígrafe del IAE. De repente, todo el trámite depende de un código que nadie te ha explicado. ¿Cuál te corresponde? ¿Puedes elegir más de uno? ¿Y significa eso que vas a tener que pagar un impuesto nuevo?

Esta guía te explica, sin tecnicismos, qué es el epígrafe del IAE, cómo están organizadas las actividades y cómo dar con el que mejor describe la tuya, para que ese paso del alta deje de ser un cuello de botella. Le sirve a quien se da de alta por primera vez y también a quien va a añadir o cambiar una actividad.

Qué es el IAE (y qué es un epígrafe)

El IAE es el Impuesto sobre Actividades Económicas: un tributo local que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas. Su lista de actividades y sus reglas están en las Tarifas del impuesto, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990.

Dentro de esas Tarifas, cada actividad tiene asignado un código: eso es el epígrafe. En la práctica, es la forma que tiene la Administración de saber a qué te dedicas. La estructura va de lo general a lo concreto —divisiones, agrupaciones, grupos y, finalmente, epígrafes—, así que tu epígrafe es la casilla más específica que describe tu actividad.

Aunque el impuesto se llame así, la mayoría de autónomos no lo paga (lo vemos más abajo). Pero el epígrafe hay que elegirlo igual, porque es la etiqueta con la que quedas clasificado ante Hacienda y con la que se relacionan otras obligaciones, como la de emitir factura o practicar retenciones.

Las tres secciones: empresarial, profesional y artística

Las Tarifas del IAE se dividen en tres secciones. Saber en cuál encaja tu actividad es el primer filtro para encontrar tu epígrafe:

  • Sección 1.ª — Actividades empresariales: ganadería independiente, minería, industria, comercio y servicios. Aquí entra, por ejemplo, una tienda, un taller, una empresa de reformas o una cafetería.
  • Sección 2.ª — Actividades profesionales: las que desarrolla una persona física por cuenta propia, de forma individual y personal, sin una organización empresarial detrás. Es el caso típico de un abogado, un diseñador, un fisioterapeuta o un consultor.
  • Sección 3.ª — Actividades artísticas: cine, teatro, circo, danza, música, deporte o espectáculos taurinos.

La diferencia entre la sección 1.ª y la 2.ª no es un matiz menor: condiciona cómo facturas. Lo vemos a continuación.

Por qué importa ser "empresarial" o "profesional"

La clasificación de tu actividad tiene una consecuencia muy práctica en tu día a día: por lo general, quien ejerce una actividad profesional (sección 2.ª) debe incluir una retención de IRPF en sus facturas cuando su cliente es una empresa u otro profesional. Quien ejerce una actividad empresarial (sección 1.ª), en cambio, normalmente no aplica esa retención.

Es decir, el mismo trabajo puede facturarse de forma distinta según cómo esté clasificado. Por eso conviene tenerlo claro desde el principio: te lo contamos en detalle en la guía de retención de IRPF en facturas. Como cada caso tiene sus matices, si tienes dudas sobre si tu actividad es empresarial o profesional, lo más prudente es confirmarlo con tu asesoría antes de emitir la primera factura.

¿Tengo que pagar el IAE?

Aquí llega la buena noticia. El IAE tiene exenciones amplias, y la mayoría de autónomos entra en ellas. Según la Agencia Tributaria, están exentos del pago, entre otros:

  • Las personas físicas (los autónomos), sean o no residentes en España. Es decir, si trabajas por cuenta propia como persona física, no pagas el IAE.
  • Los sujetos pasivos que inicien su actividad, durante los dos primeros periodos impositivos en que la desarrollen.
  • Las entidades (sociedades y demás) cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 €.

Solo tributan por el impuesto quienes se quedan fuera de estas exenciones, principalmente las entidades con una cifra de negocios igual o superior a 1.000.000 €. Que estés exento del pago, eso sí, no te libra de elegir y comunicar tu epígrafe: la clasificación es obligatoria aunque no pagues nada.

Cómo elegir el epígrafe correcto

No tienes que aprenderte las Tarifas de memoria. El objetivo es sencillo: encontrar el epígrafe que describa con la mayor precisión lo que vas a hacer. Estos pasos ayudan:

  1. Describe tu actividad real en una frase concreta ("diseño de páginas web", "reparación de electrodomésticos", "clases particulares de idiomas"). Cuanto más precisa, mejor.
  2. Identifica la sección: ¿es un negocio con estructura (empresarial), un trabajo profesional individual, o una actividad artística?
  3. Busca el epígrafe en el Buscador de actividades económicas de la Sede de la Agencia Tributaria, que te devuelve el grupo o epígrafe correspondiente según las Tarifas del IAE.
  4. Puedes darte de alta en varios epígrafes si compaginas actividades distintas. No tienes que forzar todo en uno solo: si vendes productos y además prestas un servicio, cada actividad puede tener su epígrafe.

Si dudas entre dos códigos parecidos, elige el que refleje tu actividad principal y consulta con tu asesoría los casos límite. Acertar al principio te evita tener que rectificar más adelante.

Dónde se declara el epígrafe

El epígrafe no se comunica en un impreso aparte: forma parte de tu declaración censal. Como autónomo (persona física exenta), das de alta, modificas o das de baja tus actividades y epígrafes a través del modelo 036, el formulario con el que te identificas ante Hacienda.

  • Alta: comunicas tu epígrafe antes de iniciar la actividad, dentro del alta censal.
  • Cambio o nueva actividad: si más adelante cambias de actividad o añades otra, lo comunicas con un modelo 036 de modificación.

Solo quienes no están exentos del IAE (esas entidades con cifra de negocios de 1.000.000 € o más) utilizan modelos específicos del impuesto —el modelo 840 para el alta, variación o baja, y el modelo 848 para comunicar el importe neto de la cifra de negocios—. Para el autónomo medio, el epígrafe se gestiona simplemente dentro del 036.

Si quieres ver dónde encaja todo esto en el conjunto del trámite, la guía de cómo darte de alta como autónomo paso a paso sitúa el epígrafe dentro del recorrido completo por Hacienda y la Seguridad Social.

Errores frecuentes al elegir el epígrafe

  • Elegir un epígrafe demasiado genérico que no describe bien la actividad, cuando existe uno más preciso.
  • Olvidar dar de alta una segunda actividad: si empiezas a hacer algo distinto, hay que comunicarlo, no basta con el epígrafe inicial.
  • Confundir la sección empresarial con la profesional y facturar sin la retención de IRPF que correspondía (o al revés).
  • No actualizar el epígrafe cuando el negocio cambia de rumbo. La declaración censal debe reflejar lo que haces de verdad.

Preguntas frecuentes

¿Los autónomos pagan el IAE?

Por regla general, no. Las personas físicas están exentas del pago del IAE. Aun así, deben elegir y comunicar su epígrafe en la declaración censal.

¿Puedo tener más de un epígrafe?

Sí. Si desarrollas varias actividades distintas, puedes darte de alta en tantos epígrafes como necesites, comunicándolos en el modelo 036.

¿Qué diferencia hay entre actividad empresarial y profesional?

La profesional (sección 2.ª) la ejerce una persona física por cuenta propia, de forma individual y personal, sin organización empresarial; la empresarial (sección 1.ª) implica una estructura de negocio. La distinción influye, entre otras cosas, en si tus facturas llevan retención de IRPF.

¿Dónde se comunica el epígrafe?

En la declaración censal (modelo 036) para los autónomos y entidades exentos. Quienes no están exentos utilizan los modelos 840 y 848, propios del impuesto.

¿Puedo cambiar de epígrafe más adelante?

Sí. Un cambio de actividad se comunica con un modelo 036 de modificación, dentro del mes siguiente al cambio.


Ya tienes tu epígrafe: ahora, a facturar bien

Una vez que sabes cómo estás clasificado, el siguiente paso es que tus facturas reflejen esa clasificación sin errores. La facturación de Fube parte de tus datos fiscales:

  • Si tu actividad es profesional, Fube te permite aplicar la retención de IRPF en cada factura, además de los tipos de IVA (o IGIC / IPSI) que correspondan.
  • Ordena tus ingresos y gastos en los libros registro, para que tú o tu asesoría tengáis todo cuadrado sin buscar papeles.
  • Cuando te aplique Verifactu, cada factura sale con su QR y su huella encadenada y Fube la envía siempre a la AEAT, sin pasos extra. La obligación llega el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios, profesionales y autónomos.

Y con el plan gratuito para siempre, puedes tener tu facturación lista el mismo día en que completas tu alta.

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Nota legal: El contenido de este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable ni legal. Recomendamos consultar con un profesional especializado antes de tomar decisiones basadas en esta información.

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