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title: "Facturar como profesor particular: clases sin IVA, cuándo sí lo llevan y a quién le haces la factura"
description: "Das clases particulares y no sabes si tu factura lleva IVA o retención. Te explicamos cuándo las clases salen exentas, qué pasa si te paga una academia o una plataforma y qué debe llevar la factura para no equivocarte."
date: "2026-10-30T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/facturar-profesor-particular-clases-iva-exento-retencion"
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# Facturar como profesor particular: clases sin IVA, cuándo sí lo llevan y a quién le haces la factura

Si das clases particulares, tu pregunta real no es «¿llevo IVA?», sino **«¿a quién se la hago y qué pone la factura?»**. La exención de IVA existe, pero depende de qué enseñas y de cómo te das de alta; y la retención de IRPF depende de quién te paga. Aquí tienes cómo separar los casos más habituales.

## Cuándo tus clases salen sin IVA

La Ley del IVA (art. 20.Uno.10º, Ley 37/1992) exime las clases que una **persona física** da a título particular sobre **materias que forman parte de los planes de estudios** del sistema educativo: refuerzo de matemáticas, lengua, física, inglés escolar, preparación de asignaturas de bachillerato o de la universidad.

La exención tiene un matiz que se pasa por alto: no vale si, para dar esas clases, tienes que estar **de alta en las tarifas de actividades empresariales o artísticas del IAE**. Es decir, importa cómo está encuadrada tu actividad, no solo lo que enseñas. Antes de fijar «sin IVA» en tus facturas, comprueba tu epígrafe con tu asesoría. Tienes cómo elegirlo en [cómo elegir el epígrafe del IAE](/noticias/epigrafes-iae-como-elegir-el-correcto) y el reparto general de la exención en [qué cubre la exención de sanidad y educación](/noticias/iva-exento-sanidad-educacion-profesionales).

## Cuándo las clases sí llevan IVA

Si lo que enseñas no está en un plan de estudios oficial, la exención no te cubre y la factura lleva el **IVA general**:

- Cursos de ocio, manualidades, cocina, yoga o similares.
- Conversación libre en un idioma sin ligarla al currículo.
- Coaching, formación para empresas o talleres a medida.
- Venta de material o materiales descargables, que es una operación distinta de la clase.

Si das las dos cosas (refuerzo escolar y talleres, por ejemplo), cada tipo de servicio se factura según lo suyo y la **prorrata** del IVA soportado puede entrar en juego. Si es tu caso, mejor consúltalo antes de montar el programa.

## A quién le haces la factura

Aquí es donde se complica en la práctica. Hay tres escenarios.

| Quién te paga | IVA | Retención de IRPF |
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| **Familia (particular)** | Exento si las clases encajan en el art. 20.Uno.10º | No: un particular sin actividad económica no retiene |
| **Academia o centro** | Depende de si tus clases están exentas | Puede aplicar si el cliente es empresario y tu actividad es profesional: confírmalo |
| **Plataforma de clases** | Revisa quién factura a quién: a veces tú facturas a la plataforma y a veces ella te paga una comisión descontada | Según el contrato y tu encuadre |

Una regla útil: la exención de IVA sigue al **servicio**, y la retención sigue al **cliente y a tu tipo de actividad**. Si mezclas las dos cosas te equivocarás con las dos. Cuando una factura sale con retención que no tocaba, se corrige como explicamos en [corregir una retención de más sin anular la factura](/noticias/factura-retencion-irpf-cliente-exento-correccion).

Si la retención procede, los tipos generales son el 15 % y el 7 % durante los tres primeros años de actividad, y se calculan sobre la base, que en una factura exenta es el importe íntegro de tus honorarios.

## Qué debe llevar la factura de clases exentas

- Tus datos y los de quien paga (nombre y NIF).
- Número y serie correlativos, y la fecha.
- Descripción real del servicio: «clases de refuerzo de matemáticas de 2.º de ESO, 8 h en noviembre», no «servicios varios».
- Importe **sin cuota de IVA** y la mención de la exención con su artículo («operación exenta de IVA, art. 20.Uno.10º Ley 37/1992»).
- Si procede, la línea de retención de IRPF y el total a cobrar ya neto.

## Si cobras por bonos o por meses

Mucho profesor cobra un bono de 10 clases o una mensualidad fija. El criterio de IVA sigue siendo el del servicio, pero el momento de la factura y qué pasa si el alumno no usa todas las clases se explica en [facturar bonos y packs de sesiones prepagadas](/noticias/facturar-bonos-packs-sesiones-prepagadas-iva). Si el alumno te paga y luego deja de asistir, la devolución se resuelve con una factura rectificativa, no borrando nada.

## Y Verifactu, ¿también para ti?

Sí: estar exento de IVA no te saca de la obligación de usar un programa de facturación conforme. Para autónomos es el **1 de julio de 2027** (el **1 de enero de 2027** para sociedades). Con [Fube](/funcionalidades/facturacion/facturas) puedes marcar la línea como exenta y poner la mención legal una vez, de modo que cada factura sale con el texto correcto y con su registro.

## Preguntas frecuentes

**¿Tengo que cobrar IVA por clases de inglés?** Si son de una materia que está en el plan de estudios (inglés escolar o de preparación de una asignatura reglada) y cumples los requisitos, exentas. Si es conversación libre sin vínculo con el currículo, llevan IVA.

**¿Puedo dar clases sin ser autónomo?** Si la actividad es habitual y la haces por cuenta propia, en general sí hay que darse de alta. Depende de ingresos y habitualidad, así que confírmalo con tu asesoría.

**¿Necesito emitir factura a una familia?** Si te lo piden, tienes que emitirla; a un particular que no es empresario no le sirve para deducir nada, pero tú sigues obligado a facturar tu actividad.

**¿Qué pasa si he cobrado IVA por clases exentas?** Se rectifica la factura y se devuelve la cuota al cliente. Mejor corregirlo pronto que cuando lo reclame un tercero.

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**Aviso legal.** Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable, laboral ni jurídico. La información puede contener errores o estar desactualizada, y la normativa cambia con frecuencia: contrasta siempre los datos con las fuentes oficiales antes de tomar cualquier decisión. Para tu caso concreto, consulta la normativa oficial vigente o acude a un profesional cualificado.
