Facturar como diseñador de interiores: honorarios, compras para el cliente y anticipos
Cobras por diseñar, pero también compras muebles, telas o mano de obra para el cliente. Te contamos cómo facturar honorarios, qué es un suplido y qué no, cómo tratar el anticipo y cuándo retiene tu cliente.
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Facturar como diseñador de interiores: honorarios, compras para el cliente y anticipos
Si diseñas espacios, tu factura rara vez es solo «honorarios». Entre el proyecto y la entrega aparecen el sofá, la tela de las cortinas, el carpintero o el pintor, y la duda real es qué parte es tuya y qué parte estás adelantando por el cliente. De cómo lo plantees depende el IVA, el dinero que adelantas y lo que pasa si el cliente se echa atrás.
Dos cosas distintas en una misma obra
Conviene separar siempre:
- Tus honorarios: el diseño, el proyecto, la dirección de la ejecución, las visitas. Es un servicio tuyo.
- Los bienes y servicios de terceros: mobiliario, materiales, instaladores. No los prestas tú, pero pasan por tus manos.
Cada uno se factura de forma distinta, y el error clásico es meterlo todo en una sola línea de «proyecto de decoración».
Los honorarios: cómo cobrarlos y qué lleva la factura
Lo habitual es cobrar por fases (estudio previo, proyecto, ejecución), por precio cerrado o por porcentaje sobre el presupuesto de obra. Cualquiera de las tres vale, pero la factura tiene que describir lo que se ha entregado: «Fase 2: proyecto de distribución y mobiliario, vivienda en c/ ejemplo», no «honorarios».
Tus honorarios llevan IVA general (21 % en la Península y Baleares). Las exenciones de IVA que se oyen por ahí no son para este servicio. Si te mueves entre fases y entregas, la misma lógica de facturar por fases de proyecto te sirve.
Compras para el cliente: la distinción que lo cambia todo
Aquí hay dos formas legítimas de hacerlo y dan facturas muy distintas.
| Compras en tu nombre | Compras en nombre del cliente | |
|---|---|---|
| Quién figura en la factura del proveedor | Tú | El cliente |
| Cómo se lo cobras | Se lo revendes con tu factura | Se lo repercutes como suplido |
| IVA en tu factura | Sobre todo el importe, con tu margen | Sólo sobre tus honorarios; el suplido va aparte |
| Quién asume el riesgo | Tú (devoluciones, impagos, el proveedor) | El cliente, que es el comprador |
Comprar en tu nombre y revender
Si el sofá lo compras tú y lo facturas al cliente, vendes un sofá: tu factura lleva IVA sobre el precio completo que le cobras, y el IVA que te cargó el proveedor es soportado que te deduces. Si además aplicas un margen (un porcentaje o una comisión del proveedor), forma parte de esa base. Es lo más cómodo para el cliente y lo más arriesgado para ti, porque el dinero sale de tu cuenta primero.
Suplidos: sólo si se cumplen las condiciones
Un suplido es un pago que haces en nombre y por cuenta del cliente, y no entra en la base imponible de tu factura. Pero no basta con llamarlo suplido: la factura del proveedor tiene que estar a nombre del cliente, tú la adjuntas a tu factura y repercutes el importe exacto, sin margen. Si el proveedor te factura a ti, no es un suplido, es una compra tuya. La explicación general con ejemplos está en refacturar gastos al cliente: suplido, IVA y margen.
Por eso muchos estudios dejan a un lado el dinero del cliente: que él pague directamente al proveedor y tú sólo factures tus honorarios es la opción con menos fricción fiscal.
El anticipo: factura cuando cobras, no cuando entregas
Es normal pedir un anticipo para empezar. Si el cliente te paga por adelantado, el IVA se devenga con ese cobro (art. 75.Dos de la Ley del IVA): emite la factura de anticipo en ese momento y descuéntala después en la factura final. Cómo se hace, paso a paso, está en facturar un pago adelantado.
Dos casos prácticos:
- Reserva de proyecto: si el cliente paga el 30 % para empezar, es un anticipo de tus honorarios. Factura de anticipo con IVA.
- Fondos para comprar mobiliario: si te entrega dinero para que lo compres, no son honorarios tuyos. Anótalo como provisión de fondos con su justificación y regulariza al final con las facturas reales; si compras en tu nombre, esa parte acaba en tu factura de venta con IVA.
Y si el cliente cancela y quieres quedarte con algo del anticipo, es una cuestión distinta con su propio tratamiento: está en cuando el cliente cancela y conservas el anticipo.
Retención de IRPF: depende de quién te paga
Si tu cliente es una empresa o un profesional (un hotel, un restaurante, una promotora) y tu actividad es profesional, lo normal es que tu factura lleve retención de IRPF: el 15 %, o el 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes. Si es un particular (una familia que reforma su vivienda), no retiene.
Dos cautelas: la retención se calcula sobre tus honorarios, no sobre los suplidos, y depende de cómo esté encuadrada tu actividad en el IAE, así que confírmalo con tu asesoría antes de aplicarla en bloque. La guía completa: retención de IRPF en facturas.
Un esquema que funciona
- Presupuesto con honorarios y, aparte, una estimación de compras indicando si las hará el cliente o las harás tú.
- Factura de anticipo al aceptar.
- Facturas por fases conforme entregas.
- Factura final con lo pendiente, descontando los anticipos, y el desglose de compras: o suplidos con facturas a nombre del cliente, o venta de mobiliario con IVA.
Con los presupuestos de Fube puedes convertir el presupuesto aceptado en factura y mantener separadas las líneas de honorarios y de mobiliario, y con las facturas sale cada línea con su tratamiento fiscal. Estés en autónomo o en sociedad, recuerda que el programa de facturación debe cumplir Verifactu: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar un porcentaje sobre las compras que hace el cliente? Sí, como honorarios tuyos (con IVA general), siempre que se describa como tal. Lo que no puedes es meterlo como suplido, porque el suplido no admite margen.
¿El IVA de las compras que adelanto lo recupero? Sólo si la factura del proveedor está a tu nombre y la actividad con la que la vinculas permite la deducción. Si está a nombre del cliente, el IVA no es tuyo.
¿Tengo que emitir factura por lo que me da el cliente para comprar? Si es una provisión de fondos para compras en nombre del cliente, no es una venta tuya; si vas a comprar en tu nombre y revenderle, se regulariza en tu factura de venta. En ambos casos, déjalo por escrito.
¿Qué hago si el proveedor se equivoca de nombre en la factura? Pídele que la rectifique antes de pasarla al cliente. Una factura mal dirigida cambia el tratamiento de todo lo demás.

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