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Factura de anticipo: cómo facturar un pago por adelantado

Qué es una factura de anticipo, cuándo se devenga el IVA del cobro anticipado y cómo descontarlo en la factura final. Te lo explicamos paso a paso y claro.

Equipo Fube · 24 de junio de 2026 · 6 min de lectura
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Factura de anticipo: cómo facturar un pago por adelantado

Cierras un encargo grande y el cliente te propone pagar una parte por adelantado para reservar las fechas. Buena señal: hay compromiso y entra algo de caja antes de empezar. Pero enseguida llega la duda: ¿eso se factura? ¿Le pongo IVA si todavía no he hecho el trabajo? ¿Y la factura del total, cómo queda luego?

La respuesta corta es sí, ese cobro se factura, y sí, lleva IVA. En esta guía verás qué es una factura de anticipo, en qué momento nace la obligación de declarar ese IVA y cómo encajar el anticipo con la factura final sin pagar dos veces por lo mismo. Pensada para autónomos y pequeñas empresas que cobran señales, reservas o pagos a cuenta antes de entregar.

Qué es una factura de anticipo

Una factura de anticipo es la que emites cuando cobras una parte (o el total) del precio antes de entregar el bien o terminar el servicio. No es un recibo informal ni un documento "provisional": es una factura completa, con su número de serie, su base imponible y su IVA, igual que cualquier otra.

Es fácil confundirla con un presupuesto o una proforma, pero no son lo mismo. El presupuesto y la proforma son documentos sin valor contable: dicen "esto es lo que costaría", no generan IVA ni se anotan en tus libros. La factura de anticipo, en cambio, documenta un cobro real que ya ha ocurrido, y por eso sí tiene consecuencias fiscales. Si quieres ver la diferencia con detalle, la tienes en presupuesto, proforma y albarán.

Cuándo se devenga el IVA: en el cobro, no en la entrega

Aquí está la clave que descoloca a mucha gente. Lo normal es que el IVA se devengue (es decir, nazca la obligación de declararlo) cuando entregas el bien o terminas el servicio. Pero con los anticipos la regla cambia.

Según el artículo 75.Dos de la Ley del IVA, cuando hay pagos anticipados anteriores a la entrega o a la prestación, el IVA se devenga en el momento del cobro y por el importe efectivamente percibido. Lo confirma la propia Agencia Tributaria: "si se efectúan cobros anticipados el devengo se produce en el momento del cobro anticipado" (AEAT — ¿En qué momento tengo que repercutir el IVA?).

Traducido a tu día a día: el día que el cliente te paga la señal, ese IVA ya es tuyo de declarar en el trimestre correspondiente, aunque el trabajo no haya empezado. No esperas a entregar para emitir; emites cuando cobras.

Un ejemplo sencillo

Pongamos que acuerdas un proyecto de 5.000 € + 21 % de IVA y el cliente adelanta el 40 %:

  • Anticipo cobrado: 2.000 € de base + 420 € de IVA = 2.420 €.
  • Emites la factura de anticipo por esos 2.000 € de base y 420 € de IVA.
  • Ese IVA de 420 € lo declaras en el trimestre en que lo cobraste, aunque entregues meses después.

El tipo de IVA es siempre el de la operación final (21 %, 10 % o 4 % según el bien o servicio). El anticipo no cambia el tipo: solo adelanta el momento de declararlo.

La factura final: descontar lo ya facturado

Cuando terminas el trabajo y entregas, emites la factura final por el total de la operación, pero restando la base y la cuota que ya facturaste en el anticipo. Así no tributas dos veces por la misma parte.

Siguiendo el ejemplo de los 5.000 €:

  • Factura final: base total 5.000 € − 2.000 € del anticipo = 3.000 € de base, con su 21 % (630 €).
  • El cliente ya pagó 2.420 € al principio, así que ahora abona el resto: 3.630 €.

La idea es que, sumando anticipo y factura final, el IVA total declarado coincide con el de la operación completa: ni más, ni menos. Conviene que la factura final mencione la factura de anticipo (su número), para que la secuencia quede clara ante cualquier revisión.

Cuidado con las operaciones intracomunitarias

Hay una excepción importante. En los pagos anticipados a cuenta de entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes, el IVA no se devenga con el anticipo (artículos 75.Dos, párrafo segundo, y 76 de la Ley del IVA). En esos casos, el devengo sigue las reglas propias de la operación intracomunitaria, no el momento del cobro.

Es un matiz que afecta a quien vende o compra bienes a empresas de otros países de la UE. Si es tu caso, confírmalo con tu asesoría antes de emitir, porque la mecánica del anticipo "normal" no se aplica igual.

Cómo lo ordena Fube

Una factura de anticipo es, a efectos prácticos, una factura más: necesita un número correlativo, su IVA bien calculado y quedar registrada. Fube emite cada factura con su serie y numeración correlativas y sin huecos, así que el anticipo entra en tu secuencia como cualquier otra factura y la final continúa el orden. Puedes apoyarte en una serie propia si quieres distinguir los anticipos de un vistazo.

Cuando el cliente paga, registras el cobro y Fube lo refleja en tu tesorería, de modo que ves qué anticipos has cobrado y qué queda pendiente en la factura final. Y como toda factura que emites, sale conforme a Verifactu: con su QR, su huella encadenada y enviada siempre a la Agencia Tributaria. El recordatorio de plazos: Verifactu es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales.

Eso sí, el descuento del anticipo en la factura final lo decides tú al redactar esa última factura: Fube te da la numeración, el cálculo del IVA y el registro del cobro, pero el encaje contable de "total menos anticipo" lo controlas en cada operación.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que emitir factura aunque solo sea una señal pequeña?

Sí. En cuanto cobras un anticipo, nace la obligación de declarar su IVA y de expedir factura por ese importe. El tamaño de la señal no cambia la regla: si entra dinero a cuenta de una operación, se factura.

¿Cuándo tengo que emitir la factura de anticipo?

En el momento del cobro. Si el cliente es empresario o profesional, el Reglamento de facturación permite expedirla hasta el día 15 del mes siguiente, pero el IVA se declara en el periodo en que se produjo el cobro, no en el de la emisión.

¿El anticipo y la factura final llevan el mismo número?

No. Cada una es una factura independiente con su propio número correlativo. Lo recomendable es que la factura final referencie la de anticipo para que se entienda que una descuenta a la otra.

¿Y si al final la operación se cancela?

Si el trabajo no llega a realizarse y devuelves el anticipo, tendrás que rectificar la factura de anticipo emitiendo una factura rectificativa que regularice el IVA repercutido. Conviene revisarlo con tu asesoría según el motivo de la cancelación.


Facturar un anticipo no tiene misterio una vez entiendes la idea de fondo: el IVA se adelanta al momento del cobro y la factura final solo recoge lo que falta. Con la numeración ordenada y el cobro registrado, la operación queda limpia de principio a fin.

Si quieres empezar con buen pie, repasa primero cómo emitir tu primera factura correctamente. Y cuando lo tengas claro, puedes crear tu cuenta en Fube gratis y llevar tus facturas —anticipos incluidos— sin perder el hilo de la numeración.

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