Saltar al contenido
Verifactu

de serie en cada factura — listo para la AEAT.

Descúbrelo
Volver a noticias
Noticias

Modelo 184: la declaración informativa de sociedades civiles y comunidades de bienes

Qué es el Modelo 184, quién debe presentarlo, qué información contiene y en qué plazo, si tu negocio es una sociedad civil o una comunidad de bienes.

Equipo Fube · 18 de agosto de 2026 · 5 min de lectura
Modelo 184sociedad civilcomunidad de bienesdeclaración informativaatribución de rentas
Modelo 184: la declaración informativa de sociedades civiles y comunidades de bienes

Tu negocio es una sociedad civil o una comunidad de bienes y, además de tu IVA trimestral y el pago fraccionado de cada socio, alguien te ha hablado de un tal "Modelo 184". No es un impuesto nuevo ni algo que se te haya olvidado todo el año: es la pieza que le falta a Hacienda para cerrar el puzle de quién declaró qué. Aquí tienes qué es exactamente, quién tiene que presentarlo y qué información pide.

Qué es el Modelo 184

El Modelo 184 es la declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas: sociedades civiles, comunidades de bienes y herencias yacentes que ejercen una actividad económica. A diferencia del Modelo 303 o el Modelo 130, con el 184 no se ingresa ni se solicita ninguna devolución: es puramente informativo.

La idea de fondo es la misma que ya viste si conoces cómo tributa una sociedad civil o una comunidad de bienes: la entidad no paga Impuesto de Sociedades ni presenta un IRPF propio, sino que su resultado se atribuye a cada socio o comunero, que lo declara en su propio IRPF. El Modelo 184 es el documento con el que la entidad le dice a Hacienda, con nombres y porcentajes, quién se lleva qué parte — para que luego pueda cruzarlo con la Renta de cada uno.

Quién está obligado a presentarlo

Tiene que presentar el Modelo 184 la entidad en régimen de atribución de rentas (sociedad civil, comunidad de bienes o herencia yacente) que se encuentre en alguno de estos dos casos:

  • Ejerce una actividad económica, sea cual sea el volumen de ingresos.
  • No ejerce actividad económica pero sus rentas superan los 3.000 € anuales.

En la práctica, esto significa que casi cualquier sociedad civil o comunidad de bienes con actividad real —un local, una consulta, un negocio online— tiene que presentarlo todos los años, aunque el resultado del ejercicio haya sido modesto o incluso negativo.

Qué información contiene

El Modelo 184 no es un simple listado de nombres: recoge, para cada socio, heredero o comunero (residente o no en España):

  • La renta total obtenida por la entidad durante el ejercicio.
  • La parte de esa renta que se atribuye a cada miembro, según su porcentaje de participación.
  • Las bases de las deducciones a las que cada uno tiene derecho por su parte.
  • Las retenciones e ingresos a cuenta que corresponden a cada miembro.

Con estos datos, cada socio o comunero traslada su parte a su propia declaración de la Renta, y Hacienda comprueba que las cifras declaradas por unos y otros cuadran entre sí.

Plazo de presentación

El Modelo 184 se presenta durante el mes de enero del año siguiente al ejercicio que se declara, y se hace de forma exclusivamente electrónica (con el certificado digital de la entidad o el de quien la represente). Al caer justo al principio del año, conviene tenerlo anotado junto al resto de citas del calendario fiscal del autónomo, antes de que lo eclipsen los trimestrales de febrero.

Presentado el modelo, la entidad tiene además la obligación de notificar por escrito a cada socio o comunero, en el plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación, los datos que le atribuye — para que cada uno pueda incorporarlos a su Renta con seguridad.

Cómo te ayuda Fube a preparar el 184

El Modelo 184 se complica cuando, para reconstruir el resultado de todo el año y el porcentaje de cada socio, hay que rebuscar en hojas de cálculo, tickets sueltos y facturas repartidas entre varias personas. Fube guarda la facturación de la sociedad civil o la comunidad de bienes en una única cuenta con el NIF de la entidad, con sus libros registro de IVA siempre al día, mientras cada socio o comunero mantiene su propio acceso con el rol que le corresponda gracias a la gestión de miembros y roles.

Así, cuando llega enero, el resultado del ejercicio y el reparto entre los miembros son datos que ya están cuadrados durante todo el año, no una reconstrucción de última hora.

Preguntas frecuentes

¿El Modelo 184 supone pagar algo?

No. Es una declaración informativa: no conlleva ingreso ni devolución, solo traslada a Hacienda quién se atribuye qué parte del resultado.

¿Tengo que presentarlo si la comunidad de bienes tuvo pérdidas?

Sí, si ejerce actividad económica. La obligación de presentar el 184 no depende de que el resultado sea positivo, sino de que haya actividad económica o de que las rentas superen los 3.000 € anuales.

¿Lo presenta la entidad o cada socio por separado?

Lo presenta la entidad, una sola vez, con su propio NIF. Cada socio o comunero no presenta su propio 184: solo incorpora a su Renta la parte que la entidad le atribuye.

¿Qué pasa si no lo presento o lo presento tarde?

Al ser una declaración informativa, su falta de presentación (o su presentación fuera de plazo) puede dar lugar a sanciones y, además, dificulta que Hacienda case tu declaración con la de los demás socios o comuneros, lo que suele traducirse en requerimientos para todos. Ante cualquier duda sobre tu caso concreto, consúltalo con tu asesoría.


Llevar al día la facturación y los libros registro de la sociedad civil o la comunidad de bienes es lo que convierte enero, cuando toca el 184, en un trámite de revisar y enviar. Descubre cómo organiza Fube la facturación de tu entidad durante todo el año, no solo cuando se acerca el plazo.

Nota legal: el contenido de este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable ni legal. En Fube nos esforzamos por ofrecer información útil y actualizada, pero no garantizamos su exactitud o vigencia en todos los casos. Recomendamos consultar con un profesional antes de tomar decisiones basadas en esta información.

Empieza hoy

Facturar bien, por fin sin sustos.

Crea tu cuenta gratis y emite tu primera factura conforme a Verifactu en cuestión de minutos. El registro se envía a la AEAT automáticamente, de serie.

Sin tarjeta de créditoVerifactu incluidoFactura con QR y huellaAyuda en español