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FACeB2B: la factura electrónica entre contratistas y subcontratistas del sector público

Qué es FACeB2B, en qué se diferencia de FACe, quién está obligado a usarlo, el umbral de 5.000 € y qué necesitas (Facturae firmada y alta en DIRe) para facturar como subcontratista de un contrato público.

Equipo Fube · 4 de julio de 2026 · 9 min de lectura
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FACeB2B: la factura electrónica entre contratistas y subcontratistas del sector público

FACeB2B: la factura electrónica entre contratistas y subcontratistas del sector público

Si trabajas en un contrato del sector público pero no facturas directamente a la Administración —porque eres el subcontratista de la empresa que ganó la licitación, o porque tú mismo subcontratas parte del trabajo—, hay un canal que quizá te hayan nombrado sin explicártelo bien: FACeB2B. No es lo mismo que FACe, no es la factura electrónica obligatoria entre empresas de la que tanto se habla últimamente, y confundir las tres es fácil.

Este artículo es para proveedores del sector público —como Miguel, que factura desde Canarias a organismos y, según el proyecto, subcontrata o es subcontratado— que quieren entender qué es FACeB2B, cuándo están obligados a usarlo y qué necesitan para no bloquear un cobro.


El problema: hay tres «facturas electrónicas» y se parecen demasiado

Cuando entras en el mundo de la contratación pública, la palabra «factura electrónica» aparece en tres contextos distintos, y cada uno tiene sus reglas:

  • A la Administración (tú → un ayuntamiento, una consejería, una universidad pública): eso va por FACe.
  • Entre el contratista principal y sus subcontratistas de ese mismo contrato público (subcontratista → contratista principal): eso va por FACeB2B.
  • Entre empresas privadas en general (la futura obligación de la Ley «Crea y Crece», desarrollada por el Real Decreto 238/2026): un tercer canal, aún pendiente de entrar en vigor.

Mezclarlos lleva a errores caros: presentar una factura por el canal equivocado, o pensar que no estás obligado a nada cuando sí lo estás. Vamos a separar el que aquí importa.


Qué es FACeB2B (y en qué se diferencia de FACe)

FACeB2B es la plataforma que el Ministerio de Hacienda pone a disposición de las empresas para el envío de facturas electrónicas entre los subcontratistas y el contratista principal de un contrato del sector público. Su origen está en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), en su disposición adicional trigésima segunda, que traslada a la subcontratación la exigencia de factura electrónica que ya existía para facturar a la propia Administración.

La diferencia con FACe es de destinatario, y es la clave de todo:

FACeFACeB2B
Quién facturaUn proveedorUn subcontratista
A quiénA la Administración PúblicaAl contratista principal (una empresa privada)
Para quéVender un bien o servicio a un organismoSubcontratar parte de un contrato público
Cómo se identifica al receptorCódigos DIR3 (oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora)Código DIRe del contratista principal

Dicho de otro modo: en FACe el que recibe la factura es el sector público; en FACeB2B el que la recibe es otra empresa, la que ganó el contrato y te subcontrató. Por eso FACeB2B se apoya en el DIRe (el Directorio de Entidades, en dire.gob.es), no en los códigos DIR3 de los organismos públicos que usas para enviar tu factura a la Administración por FACe.


¿Quién está obligado? El umbral de los 5.000 €

Aquí está el dato que más se busca. Según la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP, el subcontratista está obligado a presentar la factura electrónicamente al contratista principal cuando el importe de esa factura supere los 5.000 €.

En la práctica:

  • Factura de más de 5.000 € a un contratista principal, dentro de un contrato del sector público → obligatorio presentarla como factura electrónica a través de FACeB2B.
  • Factura de 5.000 € o menos → el uso de la factura electrónica es voluntario (puedes hacerlo, pero no es exigible).
  • Personas físicas: para ellas el uso de la factura electrónica es opcional.

Y hay una obligación en el otro lado del canal que conviene conocer: el contratista principal está obligado a aceptar —a estar dado de alta y descargar— las facturas electrónicas que sus subcontratistas le remitan por esta vía. No es un capricho del subcontratista: es un requisito legal del contrato público.

Nota fiscal: el umbral de 5.000 € y la obligación derivan de la Ley 9/2017. Como toda cifra normativa, conviene confirmarla en la fuente oficial antes de tomar una decisión con consecuencias contractuales, y consultar con tu asesoría si tu caso tiene aristas (uniones temporales de empresas, contratos mixtos, etc.).


Qué necesitas para facturar por FACeB2B

Tres piezas, ni una más:

  1. Una factura en formato Facturae, firmada electrónicamente. FACeB2B trabaja con Facturae, el mismo formato XML firmado que usa FACe. No vale un PDF ni un XML sin firma.
  2. Estar dado de alta en el DIRe y conocer el código DIRe del contratista principal al que le facturas. Es el dato que dirige tu factura al destinatario correcto; sin él, la factura no sabe a quién llegar. Muchos contratistas principales envían una circular a sus subcontratistas indicando su código DIRe precisamente para esto.
  3. Un canal para depositar la factura en FACeB2B: la plataforma interconecta las plataformas privadas de distribución de facturas, de modo que dejas ahí tu Facturae y el contratista principal la descarga desde su lado.

El paso que más fricción genera casi siempre es el primero: generar un Facturae correcto y firmado. Si el XML tiene un campo mal informado o la firma no es válida, el receptor la rechazará, igual que ocurre al facturar a la Administración. Por eso merece la pena apoyarse en una herramienta que genere el Facturae por ti sin pelearte con el XML.


Cómo funciona el envío, paso a paso

El recorrido de una factura por FACeB2B es sencillo cuando lo ves de principio a fin:

  1. Generas la factura en formato Facturae y la firmas electrónicamente.
  2. La depositas en FACeB2B (a través de tu plataforma de distribución), dirigida al DIRe del contratista principal.
  3. La plataforma custodia la factura y la pone a disposición del receptor.
  4. El contratista principal la descarga, valida la firma y le da el trámite que corresponda: aceptarla, contabilizarla o comunicar su rechazo.

Mientras la factura está depositada y no ha sido descargada, queda registrada en el sistema. Ese rastro es útil: deja constancia de que cumpliste con tu obligación de presentarla electrónicamente y en plazo.


FACeB2B, FACe y la factura B2B obligatoria: no las confundas

Como la actualidad va cargada de «factura electrónica obligatoria», conviene fijar las diferencias para no aplicar la norma equivocada:

  • FACe es para facturar a la Administración Pública. Si vendes a un organismo público, es tu canal. Lo cuenta la guía de FACe.
  • FACeB2B es para facturar al contratista principal cuando eres subcontratista de un contrato del sector público. Es el canal de este artículo.
  • La factura electrónica obligatoria entre empresas (la de la Ley «Crea y Crece», desarrollada por el Real Decreto 238/2026) es un tercer marco, para el B2B privado en general y con su propio calendario, todavía no en vigor. Lo explicamos en el artículo sobre la factura electrónica B2B obligatoria.

A futuro, estos canales tienden a converger: la solución pública de facturación electrónica que desarrolla la obligación B2B está llamada a integrar y, con el tiempo, sustituir a FACeB2B. Es un proceso pendiente de desarrollo reglamentario, así que hoy la referencia sigue siendo FACeB2B tal y como está descrito aquí.


Cómo lo prepara Fube

Fube está pensado para autónomos y pymes sin TPV, y la parte que resuelve en este flujo es justo la primera —y la que más rechazos evita—: generar la Facturae correcta.

Fube genera tu factura electrónica en formato Facturae como XML firmado, con las líneas, los impuestos (IVA, o IGIC si facturas desde Canarias como Miguel) y los datos del destinatario bien estructurados. Ese fichero es el que después depositas en FACeB2B dirigido al contratista principal. El envío a la plataforma lo haces a través del propio FACeB2B o de tu plataforma de distribución; Fube te deja el documento listo para presentar, correcto y firmado, para que el paso electrónico no se convierta en un cuello de botella.

Y como cada factura que emites sale además con su QR y su huella de Verifactu, cumples de una sola vez con lo que la Agencia Tributaria espera de ti, sin tener que pensar en ello.


Preguntas frecuentes

¿FACeB2B es lo mismo que FACe?

No. FACe es el canal para enviar facturas a la Administración Pública. FACeB2B es el canal para que un subcontratista facture al contratista principal de un contrato del sector público. En FACe se identifica al receptor con los códigos DIR3; en FACeB2B, con el código DIRe del contratista.

¿A partir de qué importe es obligatorio usar FACeB2B?

La Ley 9/2017 obliga al subcontratista a presentar la factura electrónicamente al contratista principal cuando su importe supere los 5.000 €. Por debajo de esa cifra, y para personas físicas, el uso es voluntario.

¿Qué formato de factura admite FACeB2B?

Facturae, firmada electrónicamente: el mismo formato XML que se usa para facturar a la Administración por FACe. No sirve un PDF ni un XML sin firma.

¿Qué es el DIRe y en qué se diferencia del DIR3?

El DIRe (Directorio de Entidades) identifica a empresas privadas —como el contratista principal— dentro de FACeB2B. Los DIR3 identifican órganos del sector público y se usan en FACe. Necesitas el DIRe del contratista para dirigirle correctamente tu factura.

¿La factura electrónica obligatoria B2B sustituye a FACeB2B?

Son marcos distintos. La factura B2B obligatoria (Ley «Crea y Crece», Real Decreto 238/2026) regula el B2B privado en general y aún no está en vigor. A futuro, la solución pública de facturación electrónica prevé integrar y sustituir a FACeB2B, pero es un proceso pendiente de desarrollo reglamentario.


En resumen

FACeB2B tiene mala fama de complicado, pero se resume en una idea: si eres subcontratista de un contrato público y facturas más de 5.000 € al contratista principal, esa factura tiene que ir electrónica y en Facturae, dirigida a su código DIRe. Ni es FACe (eso es a la Administración) ni es la factura B2B obligatoria que aún está por llegar.

La parte técnica —generar la Facturae firmada y sin errores— es la que puedes quitarte de encima. Si quieres emitir tus facturas listas para presentar, con Verifactu resuelto de serie, puedes probar Fube gratis y comprobar si su enfoque encaja con cómo trabajas.

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