Verifactu y la factura en papel: qué tiene que llevar la que entregas en mano
Sigues dando facturas impresas en el mostrador o en la visita al cliente. Verifactu no lo prohíbe, pero la copia en papel tiene que llevar el QR y la leyenda. Qué exige la norma y cómo comprobarlo antes de imprimir.
Contenido generado con IA y revisado por el equipo de Fube. Cómo creamos nuestro contenido

Verifactu y la factura en papel: qué tiene que llevar la que entregas en mano
Tienes un negocio donde la factura se entrega en el momento: el taller, la clínica, la tienda, el comercial que visita al cliente. Sacas el papel, lo firmas o lo sellas y lo dejas sobre el mostrador. Y con Verifactu a la vuelta de la esquina te asalta la duda: ¿esto se acaba? ¿tengo que mandarlo todo por correo?
La respuesta corta es tranquilizadora: no se acaba. Verifactu no habla de en qué soporte entregas la factura, habla de cómo la genera el programa. Lo que sí cambia es lo que tiene que llevar impreso. Vamos a verlo con calma.
Verifactu regula el programa, no el papel
Verifactu fija requisitos para el software de facturación: que registre cada factura de forma que no se pueda alterar después. El papel sigue siendo un soporte válido. La Orden HAC/1177/2024 no tiene ningún artículo que prohíba imprimir ni entregar en mano; lo único que dice del papel es qué elementos gráficos debe llevar.
Esto cuadra con lo que es en la práctica: lo que cuenta es el registro de facturación que genera el programa cuando emites la factura. El folio que sale de la impresora es una forma de entregar ese mismo documento al cliente.
Lo que la copia impresa tiene que llevar
El artículo 20 de la Orden aplica los mismos requisitos gráficos "tanto a la factura impresa en papel como a su imagen digital". En una factura emitida con un sistema Verifactu, eso significa:
- Un código QR que cumpla el artículo 21.
- La leyenda: «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». Con un tipo de letra y un tamaño bien visibles, similares a los del resto de datos de la factura. Nada de ponerla en letra minúscula en el pie.
Y el QR no es un adorno. El artículo 21 le pone medidas:
| Característica | Qué exige la Orden |
|---|---|
| Tamaño | Entre 30x30 y 40x40 milímetros |
| Norma | ISO/IEC 18004 |
| Corrección de errores | Nivel M (medio) |
| Contenido | URL del servicio de cotejo con el NIF del emisor, serie y número, fecha de expedición e importe total |
Lo importante para quien imprime: si el QR sale diminuto o la impresora lo emborrona, el cliente no podrá escanearlo. Una prueba de dos minutos evita el problema.
Prueba antes de entregar: tres comprobaciones
Antes de imprimir tu primera factura «de verdad», haz una de prueba y comprueba:
- Que el QR se lee: escanéalo con el móvil. Si no responde, revisa el tamaño de impresión y la calidad del papel.
- Que la leyenda se ve y se lee al mismo tamaño que el resto del texto, no escondida.
- Que el tamaño real del QR está en la horquilla de 30 a 40 mm. Si tu impresora o tu plantilla «ajustan a la página», puede encogerlo.
Si además quieres comprobar que la factura consta en Hacienda, el cotejo con la app de la AEAT te lo dice; lo explicamos en cómo leer una factura Verifactu.
¿Y si mando la factura por correo en lugar de imprimirla?
Entonces mandas una factura electrónica y el artículo 20.2 es más flexible: no hace falta incluir el QR como imagen; basta con que la URL del QR aparezca como campo independiente. Si mandas un PDF que es la imagen de la factura, lo prudente es que lleve el QR y la leyenda igual que el papel.
Las dos formas son legales; lo que no conviene es que la copia que ve el cliente sea distinta según el canal. Si tu programa genera el PDF con QR y leyenda, el mismo archivo te sirve para imprimir y para enviar.
Tickets y facturas simplificadas
Si lo que entregas en el mostrador es una factura simplificada (el «ticket con validez de factura»), la lógica es la misma: el soporte es libre, pero el QR y la leyenda deben estar. Tienes el detalle en facturas simplificadas y Verifactu.
Cómo lo resuelve Fube
Fube genera cada factura con su código QR y su leyenda, y envía siempre el registro a la Agencia Tributaria. Del PDF que descargas puedes imprimir el mismo documento o adjuntarlo a un correo: no hay una versión «para papel» distinta que mantener. Lo único que te toca es la prueba de impresión de arriba, una vez.
Fechas a tener presentes
Verifactu pasa a ser obligatorio en dos fechas distintas:
- Sociedades (sujetas al Impuesto sobre Sociedades): 1 de enero de 2027.
- Resto de empresarios y profesionales, autónomos incluidos: 1 de julio de 2027.
Si entregas facturas en papel, usa la fecha que te corresponda para hacer tu prueba de impresión con margen. Si tienes dudas sobre cuál es la tuya, confírmalo con tu asesoría.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir dando facturas en papel con Verifactu?
Sí. La norma no prohíbe el papel; exige que la factura impresa lleve el QR y la leyenda cuando se emite con un sistema Verifactu.
¿Qué tamaño tiene que tener el QR impreso?
Entre 30x30 y 40x40 milímetros, según el artículo 21 de la Orden HAC/1177/2024.
¿Hace falta firmar o sellar la factura en papel?
La Orden no lo exige para el registro. Si tu negocio ya sella o firma las copias por costumbre o por acuerdo con el cliente, puedes seguir haciéndolo; es independiente del QR.
¿Tengo que mandar además una copia electrónica al cliente?
La Orden no establece esa obligación. Que el cliente prefiera el PDF es otra cuestión, y con Fube es el mismo documento.
Entregar en mano no está reñido con Verifactu: se trata de que el papel lleve lo que debe. Si quieres verlo con tus propias facturas, prueba Fube y haz una impresión de prueba.

Hazlo en Fube, no a mano
Facturas, gastos e impuestos con Verifactu, en minutos.
Empieza gratisSin tarjeta · Verifactu incluido



