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Verifactu en una comunidad de bienes o sociedad civil: ¿quién cumple, la entidad o cada socio?

Una comunidad de bienes o una sociedad civil factura con su propio NIF, pero cada socio declara su parte en su IRPF. ¿A quién le toca cumplir Verifactu y con qué plazo exacto?

Equipo Fube · 2 de agosto de 2026 · 5 min de lectura
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Verifactu en una comunidad de bienes o sociedad civil: ¿quién cumple, la entidad o cada socio?

Verifactu en una comunidad de bienes o sociedad civil: ¿quién cumple, la entidad o cada socio?

Si facturas a través de una comunidad de bienes o una sociedad civil ya sabes que el reparto es un poco raro: el IVA lo presenta la entidad con su propio NIF, pero cada socio declara su parte del beneficio en su propio IRPF. Con Verifactu llega la misma duda de siempre, con una vuelta de tuerca: ¿el software de facturación conforme lo necesita la entidad, o tiene que cumplirlo cada comunero por su cuenta? Y, ya puestos, ¿qué plazo le toca exactamente, el de las sociedades o el del resto de autónomos?

Esta guía es para socios de una comunidad de bienes o una sociedad civil que facturan juntos bajo un mismo NIF y quieren saber, sin rodeos, quién tiene que adaptarse a Verifactu y cuándo.

Quién cumple: la entidad, no cada socio por separado

La clave está en algo que ya sabes si facturas así: quien emite la factura es la comunidad de bienes o la sociedad civil, con su propio NIF —no cada comunero o socio a título individual—. El IVA (modelo 303) lo presenta la propia entidad, igual que el resto de sus obligaciones de facturación.

Verifactu funciona sobre esa misma lógica: la obligación de usar un sistema informático de facturación conforme (con QR y huella encadenada) recae sobre quien emite la factura, es decir, sobre la CB o la SC con su NIF propio. Que cada socio luego declare su parte del resultado en su IRPF —o en el Impuesto sobre Sociedades, según el caso— es un asunto aparte, que no cambia quién tiene que emitir con Verifactu.

En la práctica esto significa que:

  • La comunidad o sociedad civil lleva una única numeración de facturas y una única cadena de huellas, no una por comunero.
  • Ningún comunero puede facturar "su parte" del negocio compartido con un NIF distinto al de la entidad.
  • Si un socio tiene, además, su propia actividad individual como autónomo, esa otra actividad factura con su propio NIF y cumple Verifactu por separado, igual que cualquier otro autónomo.

Qué plazo le toca: depende de si tributa por IRPF o por Impuesto de Sociedades

Aquí está el matiz que se pasa por alto. Verifactu tiene dos fechas exactas, y el criterio que decide cuál aplica no es "persona física vs. persona jurídica", sino si la entidad es o no contribuyente del Impuesto sobre Sociedades:

  • 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: el resto de obligados —autónomos en IRPF, no residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas.

Y aquí es donde entran la comunidad de bienes y la sociedad civil, según cómo tribute cada una:

  • Comunidad de bienes: siempre tributa en atribución de rentas (no es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades). Le corresponde el plazo del 1 de julio de 2027.
  • Sociedad civil sin objeto mercantil (por ejemplo, una sociedad civil profesional): también tributa en atribución de rentas. Mismo plazo: 1 de julio de 2027.
  • Sociedad civil con objeto mercantil: al ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, le corresponde el plazo de las sociedades: 1 de enero de 2027.

Si tienes dudas sobre si tu sociedad civil tiene o no objeto mercantil, es justo el tipo de cosa que conviene confirmar con tu asesoría antes de dar el plazo por cerrado: de eso depende con cuál de las dos fechas te toca cumplir.

Qué no cambia por facturar entre varios

Un apunte de tono, porque el reparto entre comuneros o socios ya genera bastante confusión de por sí: Verifactu no añade una obligación extra por ser varios facturando juntos. La entidad emite sus facturas con QR y huella encadenada, las envía a la AEAT, y esa es toda la obligación —una sola, a nombre de la CB o la SC, no multiplicada por cada socio.

Cómo lo organiza Fube

En Fube, la comunidad de bienes o la sociedad civil facturan desde una única cuenta con el NIF de la entidad, y esa cuenta es la que sale con Verifactu resuelto: cada factura con su QR y su huella encadenada, enviada siempre a la AEAT. Cada comunero o socio puede tener su propio acceso con el rol que le corresponda gracias a la gestión de miembros y roles, sin necesidad de compartir una única contraseña ni de llevar la facturación por su cuenta.

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Preguntas frecuentes

¿Cada comunero tiene que instalar su propio programa conforme a Verifactu?

No. La obligación es de la entidad que emite la factura —la comunidad de bienes o la sociedad civil, con su NIF—, no de cada comunero o socio a título individual.

¿El plazo depende de si soy autónomo o de si mi actividad tributa como sociedad?

Depende de si la entidad es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades. Una comunidad de bienes o una sociedad civil sin objeto mercantil tributan en atribución de rentas y les corresponde el 1 de julio de 2027; una sociedad civil con objeto mercantil tributa por Impuesto de Sociedades y le corresponde el 1 de enero de 2027.

Si además soy autónomo por mi cuenta, ¿mi actividad individual tiene el mismo plazo que la comunidad?

No necesariamente tiene por qué coincidir en la práctica, pero el criterio es el mismo: tu actividad individual como autónomo, al tributar en IRPF, tiene de plazo el 1 de julio de 2027, igual que la mayoría de comunidades de bienes y sociedades civiles.


Facturar entre varios ya tiene suficiente reparto de por sí —quién declara qué, quién firma qué—; Verifactu, al menos, no añade una capa más: cumple la entidad, con un único plazo según su régimen. Descubre cómo factura Fube y deja que cada socio se centre en su parte del negocio, no en el papeleo.

Nota legal: el contenido de este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable ni legal. En Fube nos esforzamos por ofrecer información útil y actualizada, pero no garantizamos su exactitud o vigencia en todos los casos. Recomendamos consultar con un profesional antes de tomar decisiones basadas en esta información.

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