Novedades fiscales para autónomos (octubre de 2026)
Actualidad fiscal para autónomos y pymes en octubre de 2026: el cierre del tercer trimestre, la ventana de la cuenta corriente tributaria, el RD 723/2026 ya en vigor y la cuenta atrás de Verifactu.
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Octubre es el mes del trimestre: casi todo lo que vence se concentra en el día 20. Pero este año trae además una ventana que se cierra el día 31 y una norma laboral que acaba de entrar en vigor. Esto es lo que importa en octubre de 2026.
El tercer trimestre vence el 20 de octubre
Si facturas con IVA, el 303 del tercer trimestre (julio, agosto y septiembre) vence el martes 20 de octubre, y con él, según el calendario del contribuyente de la AEAT, el pago fraccionado de la renta (130 en estimación directa y 131 en módulos), las retenciones del trimestre (111 y 115) y el 349 si tienes operaciones intracomunitarias. Las sociedades presentan ese día el 202, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
El mes tiene cuatro vencimientos y conviene no quedarse sólo con el del 20:
- Hasta el 13 — INTRASTAT de septiembre, la estadística de comercio intracomunitario.
- Hasta el 20 — el grueso del trimestre, como acabamos de ver.
- Hasta el 30 — el 303 de septiembre de quienes declaran el IVA mes a mes.
- Hasta el 31 — el modelo 369 de la ventanilla única (OSS) del tercer trimestre, once días después del resto. Es el que más se escapa a quien vende online a la UE.
Tienes la tabla completa, con quién presenta cada modelo, en los plazos del tercer trimestre en octubre de 2026. Y si quieres ver los doce meses de un vistazo, está el calendario fiscal del autónomo 2026.
Cuenta corriente tributaria: la ventana se cierra el 31 de octubre
La cuenta corriente tributaria permite compensar deudas y créditos con la Administración en vez de ingresar y cobrar por separado. Lo que la hace una noticia de octubre es el calendario: según la sede de la AEAT, la solicitud de inclusión se presenta «en el mes de octubre del año natural inmediato anterior» a aquel en que debe surtir efectos. Es decir, lo que pidas este mes se aplicaría desde el 1 de enero de 2027, y si se te pasa, la siguiente oportunidad es octubre de 2027.
No es para todo el mundo: tiene sentido si de forma recurrente pagas y a la vez esperas devoluciones. Una vez incluido, el carácter es indefinido salvo renuncia o revocación. Quién puede pedirla y cómo se tramita está en cuenta corriente tributaria: cómo solicitarla en octubre.
RD 723/2026: ya en vigor desde el 5 de octubre
Si tienes empleados, desde el pasado 5 de octubre rige el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre (BOE núm. 228, de 15 de septiembre de 2026), que transpone la Directiva (UE) 2019/1152 y regula la información sobre los elementos esenciales del contrato. La parte general se aplica a las relaciones laborales de duración superior a cuatro semanas, y la plantilla ya contratada no recibe nada de oficio, pero puede pedir esa información: la empresa tiene entonces treinta días hábiles para dársela, salvo que ya la tenga. Lo explicamos con detalle en RD 723/2026: qué informar por escrito al contratar. La redacción del documento es cosa de tu gestoría laboral; Fube no tramita contratos.
Verifactu: menos de tres meses para las sociedades
El calendario no se ha movido. La nota informativa de la AEAT, actualizada el 7 de octubre de 2026, sigue dando las dos fechas de adaptación de los programas de facturación:
- 1 de enero de 2027 — contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: quedan menos de tres meses.
- 1 de julio de 2027 — resto de obligados, incluidos autónomos y profesionales.
La misma página recuerda el periodo de pruebas previo a cada fecha, durante el cual se pueden dejar de enviar registros de prueba y facturar con otro sistema hasta que llegue tu plazo. Si te lo estás planteando, lo tienes explicado en Verifactu en periodo de pruebas. Con Fube y Verifactu, cada factura sale con su código QR y su huella encadenada y Fube la envía a la AEAT de serie.
En resumen
- Octubre: cuatro vencimientos (13, 20, 30 y 31). El 20 vence el 3T; el 369 de la ventanilla única, el 31.
- Cuenta corriente tributaria: se solicita sólo en octubre y se aplicaría desde el 1 de enero de 2027.
- RD 723/2026: en vigor desde el 5 de octubre; afecta a quien contrata por más de cuatro semanas.
- Verifactu: 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (resto), sin cambios.
Esto no sustituye el criterio de tu asesoría para tu caso concreto, pero te ahorra el rastreo del calendario. El repaso del mes anterior sigue en novedades fiscales de septiembre de 2026. Para llegar al día 20 con las facturas y el IVA del trimestre ya cuadrados, puedes empezar gratis con Fube y apoyarte en su calendario fiscal.

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