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Cuándo compensa pasar de autónomo a SL: el cálculo real más allá del tipo de IRPF

Comparar el tipo del Impuesto de Sociedades con el tramo marginal del IRPF es solo el primer paso. Faltan dos piezas que cambian la cuenta: qué pasa cuando sacas el dinero de la sociedad y cuánto cuesta cotizar como socio.

Equipo Fube · 17 de septiembre de 2026 · 7 min de lectura

Contenido generado con IA y revisado por el equipo de Fube. Cómo creamos nuestro contenido

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Cuándo compensa pasar de autónomo a SL: el cálculo real más allá del tipo de IRPF

"El Impuesto de Sociedades es más bajo que el IRPF, así que con una SL pagas menos." Es el argumento que circula, y no es falso — pero es solo la primera línea de una cuenta que tiene más filas. Antes de decidir, faltan dos piezas que casi nunca se mencionan juntas: qué pasa el día que sacas ese dinero de la sociedad, y cuánto cuesta cotizar como socio de tu propia empresa.

Si lo que buscas es la cifra de facturación o beneficio a partir de la cual compensa, ya hicimos ese cálculo en cuándo pasar de autónomo a SL: el umbral de facturación que de verdad importa. Aquí completamos las dos piezas que ese cálculo deja fuera a propósito, y que pueden cambiar la conclusión.

El punto de partida: los tipos reales, no el 15% que todo el mundo asume

Cuando conviertes tu actividad de autónomo en una SL, el tipo que le toca a la sociedad casi nunca es el 15% de "empresa de nueva creación": ese incentivo se excluye expresamente cuando la persona física que ya ejercía la actividad tiene más del 50% del capital de la nueva sociedad (art. 29.1.b de la Ley del Impuesto sobre Sociedades). Es el caso de casi cualquiera que "se pasa a SL" sin cambiar de negocio.

Los tipos que de verdad aplican en 2026 son estos:

SituaciónTipo del Impuesto de Sociedades
Cifra de negocio anual por debajo de 1.000.000 € (la inmensa mayoría de quienes se plantean el paso)19% hasta 50.000 € de base imponible, 21% el resto
Entidad de reducida dimensión (cifra de negocio hasta 10.000.000 €)23%
Tipo general (facturación por encima de 1.000.000 €)25%
Nueva creación real, primeros 2 ejercicios con base positiva15% (no aplica al convertir tu propia actividad)

Comparado con el tramo marginal del IRPF de un autónomo —que sube hasta el 45% a partir de 60.000 € de beneficio y al 47% por encima de 300.000 €—, el 19-21% de la SL parece una ventaja clara. Y lo es, pero solo sobre el beneficio que se queda dentro de la sociedad. Ahí es donde entra la primera pieza que falta.

La primera pieza: qué pasa cuando sacas el dinero

Mientras el beneficio se queda dentro de la SL, solo ha pagado el Impuesto de Sociedades. Pero en el momento en que lo repartes como dividendo, ese dinero vuelve a tributar, esta vez en el IRPF del socio, dentro de la base del ahorro: 19% hasta 6.000 €, 21% hasta 50.000 €, 23% hasta 200.000 €, 27% hasta 300.000 € y 30% a partir de ahí.

Con un ejemplo simplificado se ve claro. Imagina un beneficio antes de impuestos de 70.000 € en un único ejercicio, sin gastos deducibles ni mínimo personal o familiar de por medio, solo para comparar los tipos:

  • Como autónomo, ese beneficio tributa directamente en el IRPF por tramos: la cuota sale en torno a 22.400 € (un 32% efectivo).
  • Como SL, repartiendo todo el beneficio como dividendo: primero el Impuesto de Sociedades sobre los 70.000 € (19%/21% por tramos) se lleva 13.700 €; de los 56.300 € que quedan, el socio paga además el IRPF del ahorro al recibirlos como dividendo, unos 11.800 € más. Total combinado: cerca de 25.500 €, un 36,5% efectivo — más que como autónomo directo.

El resultado se invierte por completo si ese beneficio se queda dentro de la sociedad para reinvertir: entonces solo paga el Impuesto de Sociedades (13.700 € en el ejemplo, un 19,6% efectivo), muy por debajo del IRPF del autónomo. La ventaja fiscal de la SL no es automática: existe sobre lo que dejas dentro, y se diluye o desaparece sobre lo que sacas para vivir.

La segunda pieza: la cotización societaria no desaparece

Hay una idea extendida de que montar una SL rebaja también lo que pagas a la Seguridad Social. No es así si, como es habitual, eres socio y administrador con control efectivo de tu propia sociedad: en ese caso te das de alta como autónomo societario, y sigues cotizando en el RETA, con una particularidad importante — tu base mínima de cotización es más alta que la de un autónomo sin esa condición.

No es una cifra menor: en 2026 esa base mínima equivale a la del grupo de cotización 7 del Régimen General, frente a la base de partida mucho más baja que puede elegir un autónomo con rendimientos modestos. Es un suelo que se aplica independientemente de si el negocio va bien o mal ese año, y que no puedes bajar aunque tus ingresos reales sean menores. Lo explicamos con el detalle completo —cifras exactas, cómo se calcula la cuota y las excepciones— en autónomo societario: qué es y en qué se diferencia del autónomo normal.

Este coste hay que sumarlo al cálculo de las dos secciones anteriores: no es una alternativa al Impuesto de Sociedades ni a la tributación de los dividendos, es un tercer coste que corre en paralelo.

Lo que cuesta montar y mantener la sociedad

A lo anterior se suman los costes de gestión, que también son reales y recurrentes:

  • Constitución: entre 300 € y 1.500 € en notaría y registro, un coste puntual del primer año.
  • Gestoría: entre 150 € y 400 € al mes, frente a los 50-100 €/mes habituales de un autónomo — la contabilidad por partida doble y el depósito de cuentas anuales de una sociedad exigen más trabajo que la de un autónomo en estimación directa.
  • Trámites que cambian: la sociedad tiene un NIF distinto al tuyo como persona física, así que necesita una serie de facturación nueva y correlativa desde el primer día; y desaparece el modelo 130 del pago fraccionado trimestral, sustituido por el Impuesto de Sociedades.

Entonces, ¿cuándo compensa de verdad?

Juntando las tres piezas, compensa cuando se dan a la vez:

  1. El beneficio es alto (a partir de los tramos del 37-45% del IRPF, no de los primeros tramos).
  2. Puedes dejar dentro de la sociedad una parte significativa de ese beneficio, en vez de necesitarlo todo para vivir.
  3. El ahorro que resulta de los dos puntos anteriores supera lo que cuesta la gestoría, la constitución y la cotización societaria de más.

Si necesitas sacar casi todo lo que gana el negocio para tus gastos, la comparación se acerca mucho más a la del ejemplo del reparto íntegro: la ventaja se reduce o desaparece. Para hacer la cuenta con tus propios números, puedes usar el comparador autónomo vs SL.

Preguntas frecuentes

¿La SL siempre tributa al 15%?

No. Ese tipo es solo para empresas realmente nuevas, y se excluye expresamente cuando conviertes tu propia actividad de autónomo en sociedad y conservas más del 50% del capital (art. 29.1.b LIS). Lo habitual para una microempresa (cifra de negocio bajo 1 millón de euros) es el 19%/21% del régimen transitorio.

¿Se paga menos Seguridad Social teniendo una SL?

No necesariamente. Si eres socio y administrador con control efectivo, sigues cotizando en el RETA como autónomo societario, con una base mínima superior a la de un autónomo normal. La SL no exime de cotizar.

¿Puedo dejar parte del beneficio dentro y sacar solo lo que necesito?

Sí, y es lo que hace la mayoría: una combinación de nómina o factura por el trabajo que realizas (que tributa como renta del trabajo o de actividad) y beneficio retenido en la sociedad para reinvertir. El cálculo real depende de qué proporción sigue cada camino.

Ordena la facturación, sea cual sea la forma que elijas

Decidir entre autónomo y SL es, sobre todo, una cuestión de números y de cuánto necesitas vivir del negocio — conviene hacerla con tu asesoría antes de dar el paso, porque deshacerla después tiene coste (lo explicamos en volver de SL a autónomo).

Mientras tanto, la facturación no tiene por qué complicarse: Fube emite las facturas tanto de un autónomo como de una sociedad, cumpliendo con Verifactu desde el primer día —cada factura sale con su QR y su huella encadenada, y Fube la envía siempre a la AEAT—. La obligación de Verifactu empieza el 1 de enero de 2027 para las sociedades (Impuesto de Sociedades) y el 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y profesionales. Y con un plan gratuito para siempre, puedes probarlo sin coste antes de decidir nada.

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