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Propinas de clientes: si llevan IVA, si van en la factura y cómo anotarlas

Un cliente deja 5 € de propina al pagar con tarjeta. Cuándo la propina queda fuera de la factura y del IVA, cuándo es parte del precio, y cómo anotarla sin que el cobro deje de cuadrar.

Equipo Fube · 3 de noviembre de 2026 · 7 min de lectura

Contenido generado con IA y revisado por el equipo de Fube. Cómo creamos nuestro contenido

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Propinas de clientes: si llevan IVA, si van en la factura y cómo anotarlas

Propinas de clientes: si llevan IVA, si van en la factura y cómo anotarlas

La cuenta son 42,50 €. El cliente acerca la tarjeta y, en el datáfono, redondea a 45 €. A final de turno, el banco te ingresa 45 € y tu factura (o tu ticket) dice 42,50 €. Esos 2,50 € no están en ningún sitio, y tarde o temprano alguien preguntará dónde van: ¿se facturan?, ¿llevan IVA?, ¿entran en la caja del negocio?

Este post es para quien cobra propinas con regularidad —un bar, una peluquería, un taller, un guía, un cátering— y quiere tener una regla clara para tratarlas. Explica la diferencia entre propina y servicio incluido, qué dice la Ley del IVA y cómo anotarlo para que el cobro cuadre. No sustituye a tu asesoría: lo que sigue es una guía de orden, no una consulta fiscal personalizada.

Primero, de qué estamos hablando

Dos cosas que se parecen y no son lo mismo:

Servicio incluido / cargo del localPropina voluntaria
Quién lo decideEl negocio: lo fija en la carta, en el presupuesto o en el ticketEl cliente, por su cuenta y en el momento
¿Es obligatorio pagarlo?Sí, forma parte de lo que se acordóNo
¿Importe fijo o porcentaje impuesto?Sí («servicio 10 %», «cubierto»)No: cada cliente deja lo que quiere, o nada
¿Va en la factura?Sí, dentro del precioSe trata aparte (ver más abajo)

La clave es quién decide. Si el cargo lo pone el negocio, es parte del precio. Si lo pone el cliente, sin que nadie se lo pida, es otra cosa.

Qué dice la Ley del IVA

El artículo 78 de la Ley del IVA define la base imponible como el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas, procedente del destinatario o de terceras personas.

Y precisa qué se incluye en esa contraprestación: entre otras cosas, los gastos de comisiones, portes y transporte, seguros, intereses de pagos aplazados y «cualquier otro crédito efectivo a favor de quien realice la entrega o preste el servicio, derivado de la prestación principal o de las accesorias a la misma».

Dos observaciones, y conviene ser honestos con lo que el texto dice y no dice:

  • El artículo no menciona las propinas. No hay una frase que las incluya ni que las excluya.
  • Lo que sí fija es el criterio: lo que entra en la base es la contraprestación de la operación, es decir, lo que el cliente paga a cambio del servicio. Un cargo que el negocio fija y el cliente debe abonar es contraprestación, y por eso el «servicio incluido» lleva IVA como el resto. Una propina que el cliente decide libremente, sin que se le exija y sin que dependa de lo acordado, no es lo que se pactó como precio.

De ahí sale la lectura habitual en restauración y servicios: la propina realmente voluntaria no se factura ni lleva IVA; el cargo fijado por el local, sí. Es la pauta con la que suele trabajarse, pero como la ley no lo dice con esas palabras, pídele a tu asesoría que te la confirme para tu caso, sobre todo si tu actividad tiene alguna particularidad.

Cuándo la «propina» deja de ser voluntaria

Donde se tuerce el criterio es en los casos intermedios. Algunas señales de que lo que llamas propina es, en realidad, precio:

  • Se añade sola a la cuenta y el cliente tiene que pedir que la quiten.
  • Está en la carta o en el ticket con un porcentaje fijo, aunque se llame «propina sugerida».
  • El datáfono la preselecciona y el cliente tiene que cambiarla para no pagarla.
  • Se cobra siempre a determinados grupos (por ejemplo, mesas de más de seis personas).

Si te reconoces en alguna, trátala como parte del precio: dentro de la factura y con su IVA. Y si quieres que sea de verdad voluntaria, quita lo que la hace obligatoria de facto.

Cómo anotarla para que el cobro cuadre

Aquí está el problema práctico, que no es tanto fiscal como de orden. Lo habitual es esto:

  1. La factura (o el ticket) recoge solo el precio del servicio: 42,50 €, con su IVA.
  2. El cobro es mayor: 45 €, porque el cliente añadió 2,50 €.
  3. La diferencia hay que explicarla, o a final de mes el extracto del banco no coincidirá con tus facturas cobradas.

Una forma ordenada de llevarlo:

  • Registra el cobro de la factura por su importe (42,50 €) y deja la propina como un movimiento aparte, con su concepto («propinas del día»), para que no se mezcle con las ventas.
  • Si cobras con datáfono, anota el total de propinas del día y concílialo con el ingreso del banco. Es la misma lógica de un cierre de caja diario: ventas por un lado, propinas por otro, y el total tiene que coincidir con el dinero que entra.
  • No metas la propina como una línea más de la factura si es voluntaria: la inflarías con un importe que no es precio y le aplicarías un IVA que, según la lectura habitual, no corresponde.
  • Guarda el criterio por escrito (una nota interna de cómo tratas las propinas) para que cualquiera que cierre caja lo haga igual.

Un programa de facturación te ayuda a no mezclar las dos cosas: la factura queda con el precio y el IVA que toca, y el control de cobros te enseña si lo que entra en el banco cuadra con lo facturado. Lo que no hace ningún programa es decidir por ti si un cargo es voluntario o no: eso lo marca cómo lo cobras.

Lo que este post no resuelve

Hay dos preguntas que suelen venir pegadas y que no se tratan aquí porque dependen de tu caso y de la norma laboral o del IRPF, no de la factura:

  • Quién se queda con la propina (el negocio, el personal, un reparto) y qué consecuencias tiene para un trabajador.
  • Cómo tributa la propina para quien la recibe.

Si tienes empleados que reciben propinas, o eres tú quien las cobra a título personal, consúltalo con tu asesoría o con tu gestor laboral antes de fijar un reparto.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que poner la propina en la factura?

Si es realmente voluntaria, la lectura habitual es que no: la factura recoge el precio del servicio. Si es un cargo que fija el negocio, sí, porque es parte del precio.

¿La propina lleva IVA?

El IVA grava la contraprestación del servicio (art. 78 de la Ley del IVA). Un cargo que fijas tú lleva IVA; una propina voluntaria, según la lectura habitual, no. Como el artículo no las nombra, confírmalo con tu asesoría.

Mi datáfono suma la propina al cobro. ¿Qué hago con la diferencia?

Anótala como movimiento aparte y concílialo con el banco. La factura queda por el precio del servicio y la propina, por su lado, para que el ingreso cuadre.

¿Y si el cliente paga en efectivo y deja la propina en un bote?

Lo que tiene de práctico es que no pasa por la factura. Decide cómo la anotas (o cómo se reparte) y aplícalo siempre igual; no la mezcles con la caja de ventas.

¿«Servicio incluido» y «propina» son lo mismo?

No. El servicio incluido lo fija el negocio y es parte del precio; la propina la decide el cliente. Si se llama propina pero se cobra siempre y sin preguntar, probablemente sea precio.

En resumen

  • Quién decide manda: lo que fija el negocio es precio y va en la factura con su IVA; lo que decide el cliente por su cuenta es otra cosa.
  • El artículo 78 no nombra las propinas: la lectura habitual es que la voluntaria queda fuera de la base imponible, y vale la pena que tu asesoría te lo confirme.
  • Anótala aparte para que el ingreso del banco cuadre con las ventas del día.
  • Lo laboral y lo de IRPF son otra conversación, con tu gestor.

Si quieres que la factura, el cobro y el banco cuadren sin hojas de cálculo, Fube te deja emitir la factura por el precio del servicio y seguir lo cobrado aparte. Puedes ver los planes o crear tu cuenta y probarlo.

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