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Inventario a 31 de diciembre: cómo contar tus existencias y por qué cambia el resultado del año

Si vendes producto, lo que tienes en el almacén el 31 de diciembre no es gasto de este año. Cómo hacer el recuento de cierre, qué anotar y qué errores distorsionan tu resultado.

Equipo Fube · 23 de octubre de 2026 · 6 min de lectura

Contenido generado con IA y revisado por el equipo de Fube. Cómo creamos nuestro contenido

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Inventario a 31 de diciembre: cómo contar tus existencias y por qué cambia el resultado del año

Es diciembre y tu almacén, la trastienda o el garaje con las cajas están llenos de producto que compraste este año y todavía no has vendido. A la hora de calcular cuánto has ganado, esa mercancía no es un gasto de 2026: sigue siendo tuya y se venderá, con suerte, el año que viene.

Por eso el recuento del 31 de diciembre no es un trámite de orden. Es el dato que separa lo que compraste de lo que de verdad has gastado en vender.

Este post habla de quien compra mercancía para revenderla o transformarla y calcula su rendimiento por estimación directa. Si prestas solo servicios, no tienes existencias y puedes saltártelo.

Por qué las existencias cambian tu resultado

Los rendimientos de una actividad económica se calculan con las normas del Impuesto sobre Sociedades (art. 28.1 y 14.1.b de la Ley del IRPF). Y esas normas imputan ingresos y gastos al ejercicio en que se devengan, con independencia de cuándo se pague o se cobre, y respetando la debida correlación entre unos y otros (art. 11.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades).

Traducido a tu almacén: un gasto de mercancía debe ir pegado al ingreso de venderla. Si en 2026 compraste 10.000 € de producto y vendiste la mitad, la otra mitad no ha generado todavía ningún ingreso, así que no debería restar en el resultado de este año.

Un ejemplo con números redondos:

Sin contar existenciasContando existencias
Ventas del año30.000 €30.000 €
Compras del año10.000 €10.000 €
Mercancía sin vender a 31/12—5.000 €
Coste de lo vendido10.000 €5.000 €
Resultado antes de otros gastos20.000 €25.000 €

La diferencia de 5.000 € no desaparece: se traslada al año siguiente, cuando vendas esa mercancía. Lo que cambia es en qué ejercicio tributas por ella. Si el criterio de tu asesoría para valorar existencias es otro, la mecánica es la misma; los importes los fija quien lleva tu contabilidad.

¿Estoy obligado a hacer inventario?

Depende de cómo lleves la contabilidad:

  • Contabilidad mercantil. Todo empresario debe llevar una contabilidad que permita elaborar periódicamente balances e inventarios, y el libro de Inventarios y Cuentas anuales recoge el inventario de cierre de ejercicio (arts. 25.1 y 28.1 del Código de Comercio).
  • Estimación directa normal. El Reglamento del IRPF te obliga a llevar contabilidad ajustada al Código de Comercio (art. 68.2).
  • Estimación directa simplificada, o actividad no mercantil. Te basta con los libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos, y de bienes de inversión (art. 68.3 y 68.4). No hay un libro de inventario, pero tu asesoría necesita igualmente saber qué existencias tienes para calcular el resultado.

Sea cual sea tu caso, el recuento sirve: es la fuente del dato.

Cómo hacer el recuento, paso a paso

  1. Fija el corte. Cuenta lo que hay a las 24:00 del 31 de diciembre, o el día más cercano parando ventas y recepciones, y anota la fecha exacta. Un recuento "de aquella semana" no cuadra con nada.
  2. Cuenta por referencia, no por montón. Una línea por producto: código, descripción, unidades contadas y coste unitario de compra según su última factura de proveedor.
  3. Que cuenten dos personas, o cuenta tú y vuelve a pasar por las zonas de más valor. Los errores de recuento no se notan hasta que hay que cuadrar.
  4. Separa lo que no se puede vender. Producto roto, caducado, devuelto sin reponer o descatalogado figura en una lista aparte: valorarlo como si fuera mercancía sana infla el resultado. Cómo se trata fiscalmente cada caso, con tu asesoría.
  5. Guarda el recuento firmado y fechado junto a tus libros registro. Si te lo piden, es la prueba de la cifra.

Tres desajustes que distorsionan el recuento

Mercancía que llegó antes que su factura (o al revés)

El corte de ejercicio manda sobre las dos cosas a la vez. Si el proveedor te entregó el género el 29 de diciembre y la factura llega en enero, la mercancía está en tu almacén y cuenta en el inventario, aunque el documento sea del año siguiente. A la inversa, si ya tienes la factura de un pedido que sigue en camino, todavía no está en tu almacén. En IVA, la entrega se devenga cuando los bienes se ponen a disposición del adquirente (art. 75.Uno.1.º LIVA); sobre la deducción de una factura que llega tarde tienes el caso de la factura recibida fuera de trimestre.

Pedidos vendidos pero aún no entregados

Un pedido cobrado y facturado el 30 de diciembre, que sale del almacén el 2 de enero, es un caso de cierre. Decide con tu asesoría si la salida se considera ya del año; lo importante es aplicar el mismo criterio todos los años y que el stock y la venta no se contradigan.

Regalos, muestras y consumo propio

Lo que sale del almacén sin venta —muestras, regalos, uso personal— tiene su propio tratamiento, que explicamos en qué pasa con las existencias de autoconsumo. Si no lo descuentas del recuento, tu stock teórico y el real no coincidirán.

Qué hacer con el resultado del recuento

El recuento no es solo contable. Una vez cerrado:

  • Compáralo con lo que esperabas. Stock teórico (lo comprado menos lo vendido) frente a stock real. La diferencia son mermas, errores de albarán o ventas sin registrar.
  • Mira qué no se ha movido en meses. Es dinero parado; la rotación de inventario te dice cuánto y qué hacer con ello.
  • Pásalo a tu asesoría antes de la primera semana de enero, para que calcule el resultado con la cifra definitiva.

Cómo te ayuda Fube

Fube no es un sistema de control de existencias: no lleva el stock en tiempo real, así que el recuento sigue siendo tuyo. Te ahorra el otro lado del cálculo. El registro de gastos deja cada compra a proveedor con su fecha, su importe y su IVA, y la facturación conserva todas las ventas del año, de modo que cuadrar lo comprado, lo vendido y lo que dice tu almacén es cuestión de minutos y no de revolver cajas de tickets.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que contar todo el almacén uno por uno?

Hay que poder justificar la cifra. Para productos de poco valor y mucho volumen, muchos negocios cuentan por cajas o por lotes y lo documentan; lo que no vale es estimar sin ningún soporte.

¿El inventario afecta al IVA?

No directamente: el IVA se declara por las facturas emitidas y recibidas del periodo, no por el stock. Donde sí pesa es en el resultado del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades.

¿Y si empiezo el año con existencias de otro ejercicio?

El inventario de cierre de un ejercicio es el de apertura del siguiente. Conservar los recuentos de años anteriores es lo que permite explicar la variación.

¿Esto vale para quien tributa por módulos?

Este post se centra en la estimación directa. Si estás en estimación objetiva, confirma con tu asesoría qué te corresponde, porque el cálculo del rendimiento es distinto.

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