Cobro por Bizum de un cliente particular: cómo emitir la factura simplificada que lo justifique
Un cliente particular te paga por Bizum y necesitas documentarlo: qué factura emitir, qué datos pedir (y cuáles no hacen falta) y cómo casarla con el apunte bancario al conciliar.
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Un cliente particular te paga por Bizum y, salvo que se lo pidas tú, en el concepto no deja más que su nombre de usuario o un "gracias". Nada de factura, nada de referencia. Ahora toca justificar ese ingreso: ¿qué factura emites, qué le pides a cambio y cómo casas luego ese Bizum con tu banco cuando llega el momento de conciliar?
El cobro ya está hecho: lo que falta es documentarlo
Que el cliente pague por Bizum, transferencia o efectivo no cambia tu obligación de facturar: cobrar por Bizum es perfectamente legal y no exime de declarar el ingreso ni de emitir el justificante correspondiente. Este artículo no resuelve esa duda —ya está resuelta—, sino la siguiente: el Bizum ya está en tu cuenta, ¿qué papel tienes que generar para que ese dinero case con tu facturación?
Qué factura toca: casi siempre, la simplificada
Si el cliente es un particular (no actúa como empresario ni profesional), lo habitual es que te baste una factura simplificada. El Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012) permite emitirla cuando el importe, IVA incluido, no supera los 400 euros con carácter general, o hasta 3.000 euros en operaciones concretas como ventas al por menor o servicios de hostelería y restauración.
Por encima de esos umbrales, o si el cliente lo pide expresamente, hace falta una factura ordinaria, con el desglose completo de base imponible y cuota.
Qué datos necesitas del cliente (y cuáles no)
Aquí es donde más dudas surgen, porque facturar a un particular no es como facturar a una empresa. La factura simplificada tiene un contenido mínimo fijado por el artículo 7.1 del reglamento: número y serie, fecha de expedición, tus datos como emisor con tu NIF, la descripción de la operación, el tipo de IVA aplicado (o la mención "IVA incluido") y la contraprestación total.
Lo que no exige por defecto es identificar al destinatario. El NIF y el nombre del cliente solo son obligatorios cuando quien paga es empresario o profesional y lo solicita expresamente (artículo 7.2) —y ese no es el caso de un particular que te hace un Bizum. En la práctica, para un cobro así te basta con anotar el concepto y el importe; no necesitas perseguir al cliente pidiéndole su DNI.
Fube genera la factura simplificada con esos campos ya resueltos, así que el trabajo real está en el paso siguiente: que esa factura y ese Bizum se reconozcan como la misma operación cuando llegue la hora de revisar las cuentas.
Cómo casar la factura con el Bizum al conciliar
Un Bizum no trae número de factura ni referencia fiscal: solo una fecha, un importe y, como mucho, un concepto escrito a mano por quien paga. Para que la conciliación bancaria no se convierta en un puzzle, conviene fijar un criterio desde el momento del cobro:
- Pide al cliente que anote algo identificable en el concepto del Bizum —tu nombre comercial o una referencia corta— cuando el importe lo justifique. No siempre lo hará, y no pasa nada: para eso sirve el resto de la lista.
- Anota tú, al emitir la factura, la fecha y el importe exactos del Bizum recibido, para que coincidan con el apunte bancario cuando llegue.
- Al conciliar, cruza por fecha e importe en vez de buscar una referencia que probablemente no existe. Fube permite conciliar tanto con la conexión bancaria (agregación vía PSD2) como importando el extracto de tu banco, así que puedes trabajar con la vía que ya uses hoy.
Con varios Bizums del mismo importe en pocos días, la fecha exacta y una breve nota en tu propio registro son lo que evita confundir un cobro con otro.
Preguntas frecuentes
¿Necesito el DNI del cliente para hacerle la factura simplificada? No, salvo que el propio cliente te lo pida expresamente y además actúe como empresario o profesional (algo infrecuente en un pago por Bizum entre particular y autónomo). Para el resto de casos, la factura simplificada no requiere identificar al destinatario.
¿Y si luego el cliente pide la factura completa? Puede pasar, sobre todo si descubre que necesita deducirse el IVA. En ese caso no se trata de rectificar la simplificada, sino de sustituirla por una completa siguiendo el procedimiento específico para eso.
¿Puedo agrupar varios Bizums pequeños en una sola factura? Solo si corresponden a una misma operación o a un mismo cliente dentro del mismo periodo de liquidación y tu criterio de facturación lo permite; si son cobros independientes de clientes o servicios distintos, cada uno lleva su propia factura simplificada.
Emitir la factura correcta por un cobro de Bizum no debería ser el obstáculo. Con Fube, generas la factura simplificada en el momento y conciliar el Bizum con tu banco es cuestión de minutos, no de perseguir referencias que nunca llegaron.

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