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Verifactu con un ejercicio que no coincide con el año natural: la fecha no espera a tu cierre

Tu sociedad cierra el ejercicio el 30 de septiembre o el 30 de junio y te preguntas si Verifactu empieza con el ejercicio nuevo. La norma fija una fecha de calendario; qué implica para tus series y tu programa.

Equipo Fube · 16 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Contenido generado con IA y revisado por el equipo de Fube. Cómo creamos nuestro contenido

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Verifactu con un ejercicio que no coincide con el año natural: la fecha no espera a tu cierre

Verifactu con un ejercicio que no coincide con el año natural: la fecha no espera a tu cierre

Tu sociedad cierra el ejercicio el 30 de septiembre. O el 30 de junio. Y cuando oyes «Verifactu, 1 de enero de 2027», te surge la duda razonable: ¿tengo que cumplir desde esa fecha, aunque mi ejercicio esté a mitad? ¿O me toca empezar con el ejercicio nuevo, que arranca en octubre?

Este artículo es para quien lleva las cuentas de una sociedad con ejercicio partido y quiere saber cuándo mirar el calendario: el suyo o el de la norma.

La obligación se fija por fecha de calendario

La disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, en la redacción que le dio el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, habla de dos fechas:

  • Los obligados de la letra a) del artículo 3.1, es decir, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben tener adaptados sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027.
  • El resto de obligados del artículo 3.1 deben tenerlos operativos antes del 1 de julio de 2027.

Son fechas del calendario. La disposición no habla de periodo impositivo ni de ejercicio económico: no dice «desde el primer ejercicio que empiece después de». Así que tener el cierre en septiembre no retrasa nada de forma automática, y tampoco obliga a esperar al día en que empieza el ejercicio siguiente para activar el sistema.

Dicho de otra forma: el ejercicio contable decide cuándo cierras libros y presentas el Impuesto sobre Sociedades; la fecha de Verifactu decide con qué programa emites facturas a partir de ese día. Son dos relojes distintos.

Un aviso sobre las fechas: hay un aplazamiento anunciado

El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció en una nota informativa que prevé aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028. A fecha de hoy es una previsión, no una norma publicada en el BOE. Tienes el detalle en Verifactu se aplaza a octubre de 2028: lo que dice (y lo que no dice) la nota de Hacienda.

Lo que se explica en este artículo no depende de cuál sea la fecha final: si las fechas se mueven, seguirán siendo fechas de calendario y no se medirán desde el inicio de tu ejercicio. Mientras no haya una norma que diga otra cosa, las vigentes son las dos de arriba.

El problema práctico: tu serie de facturas a mitad de ejercicio

Con ejercicio partido, la fecha de Verifactu cae casi siempre con la numeración de facturas a medias: tu serie lleva, digamos, 214 facturas desde octubre y de pronto tienes que emitir con un sistema nuevo.

Lo que dice el Reglamento de facturación (artículo 6.1.a) es poco y claro:

  • La numeración de las facturas dentro de cada serie debe ser correlativa.
  • Puedes expedir facturas en series separadas cuando existan razones que lo justifiquen.

El texto no dice expresamente si la numeración puede reiniciarse cada año, y por eso conviene no dar por hecho ni una cosa ni la otra: lo que sí exige es que, dentro de cada serie, no haya saltos. Para decidir cómo encajarlo con tu programa nuevo, lo prudente es:

  1. Decide la serie antes de la fecha, no el día de la fecha. Si vas a abrir una serie nueva para el cambio de sistema, que esa decisión esté tomada y documentada con la asesoría antes de emitir la primera factura con el programa nuevo.
  2. No dejes huecos ni dupliques números. La última factura del sistema antiguo y la primera del nuevo tienen que quedar enlazadas en la numeración de su serie.
  3. Guarda el historial del sistema anterior. Las facturas ya emitidas siguen siendo tuyas y las necesitas a mano para tu contabilidad; exporta lo que haga falta antes de dejar el programa anterior.

Si tienes dudas sobre cómo plantear la serie en tu caso concreto, es una conversación para tu asesoría, que conoce tu contabilidad. Para el caso parecido de pasar de autónomo a sociedad a mitad de año, tienes cómo gestionar la numeración de facturas.

Qué comprobar en tu programa de facturación

Con un ejercicio partido el error típico no es de fondo, es de fechas: cada cual cree que «le toca» cuando empieza su ejercicio y llega tarde. Una comprobación corta, hoy mismo:

  • ¿Tu programa de facturación es conforme a Verifactu? Pídele al fabricante su declaración responsable y confirma qué versión tienes instalada.
  • ¿Tienes claro de qué grupo eres? Si tributas en el Impuesto sobre Sociedades, la fecha de referencia es la primera; si no, la segunda.
  • ¿Cuántas facturas emites al mes? Cuantas más, más cuesta cambiar de sistema con una serie abierta. Conviene probar antes del cambio, no durante.

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Preguntas frecuentes

Mi ejercicio acaba el 30 de septiembre. ¿Verifactu me toca el 1 de octubre de 2027? No por esa razón. La norma fija una fecha de calendario para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y no la vincula al inicio del ejercicio.

¿Tengo que reiniciar la numeración al cambiar de programa? El reglamento exige numeración correlativa dentro de cada serie y permite series separadas cuando hay razones que lo justifiquen. Cómo plantearlo en tu caso es una decisión de serie que conviene acordar con tu asesoría antes del cambio.

¿Y si las fechas se aplazan a 2028? Es lo que anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026, pendiente de norma. Si se confirma, el criterio de este artículo se mantiene: la fecha será de calendario.

Si quieres llegar a la fecha con el sistema ya funcionando, puedes ver los planes de Fube, con un plan gratuito para siempre.

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