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Verifactu y las facturas a clientes fuera de España: ¿hay que enviarlas también a la AEAT?

Si facturas a clientes de otro país de la UE o de fuera de la UE, es normal dudar si Verifactu también aplica a esas facturas. Explicamos qué dice la norma, qué incluye y qué no cambia en tus exportaciones o entregas intracomunitarias.

Equipo Fube · 22 de julio de 2026 · 4 min de lectura
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Verifactu y las facturas a clientes fuera de España: ¿hay que enviarlas también a la AEAT?

Verifactu y las facturas a clientes fuera de España: ¿hay que enviarlas también a la AEAT?

Si una parte de tus clientes está en Francia, Alemania o Latinoamérica, es fácil pensar que Verifactu es "cosa de las facturas de aquí". Al fin y al cabo, esas facturas ya llevan su propio tratamiento especial de IVA —cero por ciento, inversión del sujeto pasivo o operación no sujeta, según el caso— y parece razonable suponer que quedan al margen del nuevo sistema.

No es así. Este artículo explica qué dice realmente la norma sobre el alcance de Verifactu cuando el cliente no está en España, y qué es lo que de verdad cambia —y lo que no— en tus exportaciones y entregas intracomunitarias.

La regla no depende de dónde esté tu cliente

Verifactu no regula las operaciones según quién las reciba, sino según quién las emite. La obligación recae sobre el empresario o profesional que expide la factura desde territorio español, con independencia de si el destinatario es una empresa española, un cliente de otro país de la UE o uno de fuera de la Unión Europea.

Así lo confirma la propia Agencia Tributaria en sus preguntas frecuentes sobre el ámbito de aplicación de Verifactu, donde aclara que todas las operaciones respecto de las cuales debas emitir factura se someten al sistema, incluyendo tanto las exportaciones como las entregas intracomunitarias de bienes. Lo mismo aplica a los servicios que prestes a clientes internacionales.

En otras palabras: si estás obligado a facturar y facturas desde España, esa factura entra en Verifactu exactamente igual que una emitida a un cliente de tu misma ciudad.

¿Y si nunca has enviado nada a la AEAT sobre estas facturas?

Es normal, porque hasta ahora no había ninguna obligación de remitir esa información en tiempo real. Lo que cambia con Verifactu no es tu factura de exportación en sí —sigue llevando el mismo tipo de IVA, cero por ciento, la misma documentación aduanera o el mismo justificante de transporte que ya conoces—, sino que el registro de facturación que genera tu software ahora también viaja a la AEAT, con su huella encadenada y su código QR, igual que el resto de tus facturas.

No hay un régimen distinto para clientes internacionales dentro de Verifactu: se genera un registro por cada factura que emites, sea cual sea el país del receptor.

Las excepciones reales (y por qué probablemente no te afectan)

El reglamento sí contempla algunas situaciones fuera de su ámbito, pero apuntan a otro tipo de casos:

  • Contribuyentes en SII (Suministro Inmediato de Información): quedan fuera de Verifactu porque ya remiten sus facturas por otra vía. Aplica sobre todo a grandes empresas; la inmensa mayoría de autónomos y pymes no está en SII.
  • Establecimientos permanentes en el extranjero: si una empresa española tiene una sucursal que factura desde fuera de España, esas facturas concretas quedan fuera del ámbito territorial de Verifactu. Es un caso muy específico y distinto del habitual "factura a un cliente que está en otro país".
  • País Vasco y Navarra: tienen su propio sistema (TicketBAI) por los regímenes forales.

Ninguna de estas excepciones tiene que ver con "facturar a un cliente que no reside en España", que es el caso de la inmensa mayoría de exportaciones, entregas intracomunitarias y servicios internacionales de un autónomo o pyme.

Qué significa esto para ti

En la práctica, no tienes que decidir nada distinto según el país del cliente: sigues facturando tus operaciones internacionales exactamente como lo haces ahora —con el tipo de IVA que corresponda y la documentación que ya manejas para exportación o entrega intracomunitaria— y el sistema de facturación se encarga de generar el registro Verifactu y enviarlo a la AEAT en cada una de ellas, sin excepciones para clientes de fuera.

En Fube, cada factura que emites —nacional, de exportación o intracomunitaria— se emite bajo Verifactu y se envía siempre a la AEAT; no hay un interruptor que decidas activar solo para tus clientes españoles.

Preguntas frecuentes

¿Necesito facturar en Facturae a mis clientes extranjeros? No. Facturae es el formato XML para facturar a las Administraciones Públicas españolas; no tiene relación con que tu cliente esté fuera de España. Tus facturas internacionales siguen su formato habitual.

¿Cambia el tipo de IVA de mis exportaciones o entregas intracomunitarias? No. Verifactu regula cómo se genera y se transmite el registro de la factura, no el tratamiento fiscal de la operación. El IVA cero de una exportación o entrega intracomunitaria se mantiene igual.

¿Y si mi cliente está en un país sin convenio ni relación especial con España? La regla es la misma: lo relevante es que tú, como emisor, estés obligado a facturar desde territorio español. El país de destino del cliente no cambia esa obligación.

Tengo dudas sobre mi caso concreto (sucursal en el extranjero, régimen especial…), ¿qué hago? Consulta con tu asesoría antes de dar nada por cerrado: los casos límite (establecimientos permanentes, regímenes especiales) conviene confirmarlos caso a caso.

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