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Notificaciones electrónicas de la AEAT: qué son y cómo usar los días de cortesía

La AEAT deja sus notificaciones en tu buzón electrónico (DEHú) y, si no las abres, se dan por notificadas a los diez días. Te explicamos cómo funciona y cómo pedir los días de cortesía para que Hacienda no te notifique justo cuando estás de vacaciones.

Equipo Fube · 7 de julio de 2026 · 7 min de lectura
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Notificaciones electrónicas de la AEAT: qué son y cómo usar los días de cortesía

Notificaciones electrónicas de la AEAT: qué son y cómo usar los días de cortesía

Llega agosto, cierras el negocio dos semanas y te vas. Y en mitad de las vacaciones, sin que lo sepas, Hacienda deja una notificación en tu buzón electrónico. Nadie la abre. Pasan los días. Y cuando vuelves y te enteras, el plazo para responder ya ha empezado a correr —o incluso se ha agotado—.

Esa es la trampa silenciosa de las notificaciones electrónicas: no hace falta que las leas para que cuenten. Por eso existen los días de cortesía, una herramienta gratuita de la AEAT para decirle, con antelación, en qué fechas no quieres recibir notificaciones. En esta guía verás qué es una notificación electrónica, quién está obligado a recibirla, la regla de los diez días que conviene tener siempre presente y cómo pedir esos días de cortesía sin perderte nada.

Qué es una notificación electrónica de la AEAT

Cuando Hacienda quiere comunicarte algo —un requerimiento, el resultado de una comprobación, una propuesta de liquidación— cada vez menos lo hace en papel. Lo deja en tu buzón electrónico, y desde ese momento empieza a contar el plazo para que lo leas y, si procede, respondas.

La dirección donde aterrizan esas comunicaciones se llama Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Es el buzón único de las administraciones públicas: ahí caen las notificaciones de la AEAT y las de otros organismos. También puedes consultarlas desde la Carpeta Ciudadana de la Administración, que funciona como punto de acceso general.

Para entrar necesitas identificarte, igual que en el resto de la sede electrónica: con certificado digital o con Cl@ve. Sin uno de esos dos sistemas no puedes abrir el buzón, así que tenerlos en regla es el primer paso para no quedarte fuera.

Quién está obligado a recibirlas

No todo el mundo está obligado a relacionarse con Hacienda por vía electrónica, y esta es una distinción que conviene tener clara.

  • Sociedades y entidades (una SL, una comunidad de bienes, una asociación…) están obligadas a recibir las notificaciones por medios electrónicos. Es el caso de Marta y su pequeña sociedad: para ella el buzón electrónico no es opcional.
  • Autónomos que son persona física, en general, no están obligados por defecto a recibir notificaciones electrónicas… salvo que se hayan dado de alta voluntariamente en el sistema o estén incluidos en determinados censos o regímenes (por ejemplo, el registro de devolución mensual del IVA). Si es tu caso, sí te aplican las reglas de este artículo.

Como la casuística depende de tu situación concreta, si tienes dudas sobre si estás incluido en las notificaciones electrónicas obligatorias, confírmalo con tu asesoría. No es lo mismo estar obligado que haberte suscrito por comodidad, y las consecuencias de ignorar el buzón son las mismas en ambos casos.

La regla de los diez días que conviene no olvidar

Aquí está el punto que sorprende a mucha gente: una notificación electrónica se da por hecha aunque no la abras.

Cuando la AEAT deja una notificación a tu disposición, empieza a correr un plazo. Si pasan diez días naturales sin que accedas a su contenido, se entiende notificada (rechazada, en términos legales) y sigue adelante con todos sus efectos. No importa que estuvieras de viaje, que se te olvidara o que nadie mirara el buzón: el plazo corre igual.

Por eso no basta con tener el buzón. Hay que mirarlo con regularidad —o poner los medios para no depender de tu memoria—. Y aquí es donde entran los días de cortesía.

Qué son los días de cortesía

Los días de cortesía son un servicio gratuito de la AEAT para marcar en el calendario las fechas en las que no quieres que Hacienda deje notificaciones en tu DEHú. Durante esos días, la Agencia simplemente no pone nuevas notificaciones a tu disposición, así que su plazo no arranca mientras estás fuera.

Las reglas, según la sede de la Agencia Tributaria, son estas:

  • Puedes señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural.
  • Debes solicitarlos con un mínimo de 7 días naturales de antelación al comienzo del periodo que quieres cubrir.
  • No tienen por qué ser consecutivos: puedes repartirlos a lo largo del año (unos en verano, otros en Navidad).
  • Se cuentan como días naturales. Si quieres cubrir un fin de semana entero, incluye también el sábado y el domingo dentro del periodo.

Un matiz importante para no llevarte una sorpresa: los días de cortesía solo afectan a las notificaciones nuevas. Las que ya se hubieran puesto a tu disposición antes de que empiece tu periodo de cortesía siguen su curso, y se entenderán notificadas por el transcurso de esos diez días aunque estés de vacaciones. Los días de cortesía no paran un plazo que ya había empezado; solo evitan que empiecen otros nuevos.

Cómo solicitar los días de cortesía, paso a paso

El trámite se hace en la sede electrónica de la AEAT y es rápido:

  1. Entra en la sede de la Agencia Tributaria e identifícate con tu certificado digital o con Cl@ve.
  2. Busca el apartado de notificaciones y, dentro, la opción de solicitud de días de cortesía.
  3. Marca en el calendario las fechas que quieres cubrir (recuerda: con 7 días naturales de margen y sin pasarte de 30 al año).
  4. Confirma y guarda el justificante.

Puedes modificar o añadir periodos más adelante, siempre respetando el máximo anual y la antelación mínima. Un buen hábito es dejarlos programados a principio de año con tus vacaciones ya previstas: así no dependes de acordarte justo antes de irte.

Dónde encaja Fube en todo esto

Conviene ser claro: Fube no gestiona tu buzón de la DEHú ni tus días de cortesía. Ese trámite se hace en la sede de la AEAT con tu identificación electrónica, y ningún programa de facturación lo sustituye.

Lo que sí hace Fube es que, cuando llega una notificación sobre tus facturas o tus impuestos, tengas todo localizado y en orden para responder con tranquilidad. Cada factura que emites sale con su QR y su huella encadenada y Fube la envía a la AEAT de serie —en Fube el envío en modo Verifactu es siempre, no un botón que se activa cuando quieras—, y tus libros registro quedan al día. Si Hacienda te pide justificar una operación, no tienes que reconstruir nada: está donde debe estar.

El calendario de Verifactu, por cierto, marca dos fechas exactas: 1 de enero de 2027 para las sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios, profesionales y autónomos. Llegar a esas fechas con la facturación ya conforme es la mejor forma de que una notificación sobre tus facturas no te pille a contrapié. Y todo ello con un plan gratuito para siempre para empezar sin coste.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de cortesía puedo pedir al año?

Hasta un máximo de 30 días en cada año natural. Puedes repartirlos en varios periodos; no tienen que ser seguidos.

¿Con cuánta antelación hay que solicitarlos?

Con un mínimo de 7 días naturales antes de que empiece el periodo que quieres cubrir. Si lo pides con menos margen, no te cubrirá esas fechas.

¿Los días de cortesía paran todos los plazos con Hacienda?

No. Solo impiden que la AEAT deje notificaciones nuevas en tu DEHú durante esas fechas. Una notificación que ya se hubiera puesto a tu disposición antes sigue su curso y se entiende notificada por el transcurso de diez días sin acceder a ella.

Soy autónomo persona física, ¿me afectan?

Solo si estás obligado a recibir notificaciones electrónicas o te has suscrito voluntariamente al sistema. Si no recibes notificaciones electrónicas de la AEAT, los días de cortesía no te aplican. Ante la duda, confírmalo con tu asesoría.

¿Qué pasa si no abro una notificación y no tenía días de cortesía?

Que se da por notificada al cabo de diez días naturales desde que se puso a tu disposición, con todos sus efectos y plazos. Por eso conviene revisar el buzón con regularidad y programar los días de cortesía cuando vayas a estar fuera.


Las notificaciones electrónicas no tienen por qué ser una fuente de estrés: basta con entender cómo funcionan y anticiparse. Programa tus días de cortesía antes de las vacaciones, revisa el buzón con cierta constancia y mantén tu facturación ordenada para responder sin agobios.

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