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IPSI: qué es, tipos y quién debe aplicarlo en Ceuta y Melilla

Qué es el IPSI, sus tipos del 0,5 % al 10 % y quién está obligado a aplicarlo si factura en Ceuta o Melilla. Modelos de declaración y diferencias con el IVA y el IGIC.

Equipo Fube · 23 de julio de 2026 · 8 min de lectura
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IPSI: qué es, tipos y quién debe aplicarlo en Ceuta y Melilla

Quien monta un negocio en Ceuta o en Melilla y busca «cómo declaro el IVA» tarda poco en darse cuenta de que la pregunta está mal planteada: en las dos ciudades autónomas no se aplica IVA, sino un impuesto propio, el IPSI. Es habitual llegar hasta aquí buscando el tipo de IVA de una factura y no encontrarlo, porque simplemente no existe en este territorio.

A continuación explicamos, sin alarmismo, qué es el IPSI, quién está obligado a aplicarlo, sus tipos y cómo se declara en cada ciudad.

Qué es el IPSI (y por qué no es "el IVA de Ceuta y Melilla")

El IPSI —Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación— es el tributo indirecto que grava el consumo en Ceuta y Melilla, en sustitución del IVA. Se regula por la Ley 8/1991, de 25 de marzo, y funciona con una lógica parecida a la del IVA: se repercute en la factura al cliente y el vendedor lo ingresa a la Administración, descontando el que él mismo ha soportado en sus compras.

La diferencia importante no está solo en el nombre. El IPSI no lo gestiona la Agencia Tributaria estatal, sino las propias Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, cada una con su Ordenanza fiscal y sus propios modelos de declaración. Por eso conviene fijar la idea desde el principio:

En la península y Baleares se aplica IVA (AEAT). En Canarias se aplica IGIC (Agencia Tributaria Canaria). En Ceuta y Melilla se aplica IPSI, y lo gestiona cada Ciudad Autónoma por su cuenta.

¿Quién está obligado a aplicar el IPSI?

Deben repercutir IPSI en sus facturas los autónomos, sociedades y demás empresarios o profesionales que producen, elaboran o importan bienes, o que prestan servicios, dentro de Ceuta o Melilla. También quedan sujetas las operaciones inmobiliarias realizadas en estos territorios.

Hay dos matices que conviene tener claros:

  • Quien no está establecido en Ceuta o Melilla pero factura servicios o entrega inmuebles allí puede, en determinados supuestos, trasladar la obligación al destinatario de la operación (una lógica cercana a la de la inversión del sujeto pasivo del IVA). Si es tu caso, confírmalo con tu asesoría antes de facturar.
  • El IPSI, igual que el IVA, lo soporta económicamente quien consume: el empresario o profesional actúa como intermediario que lo repercute y lo ingresa, no como quien lo paga de su bolsillo.

Los tipos del IPSI: del 0,5 % al 10 %

La Ley 8/1991 fija que los tipos del IPSI los establece la Ordenanza de cada Ciudad, dentro de una horquilla legal de entre el 0,5 % y el 10 %. En la práctica, Ceuta y Melilla trabajan con seis tipos de referencia:

TipoPorcentajeUso habitual
General10 %Construcción y ejecución de obra inmobiliaria
Incrementado8 %Servicios electrónicos, radiodifusión y telecomunicaciones
Reducido4 %Reformas de vivienda, obras en locales, inmuebles en general
Reducido2 %Hostelería general (bares, cafeterías, restauración)
Reducido1 %Consumo eléctrico y determinados servicios de hostelería
Superreducido0,5 %Vivienda protegida, transporte de viajeros, entre otros

Como el tipo exacto depende de la actividad y el producto concreto, y ambas Ciudades pueden matizarlo en su propia Ordenanza, conviene confirmarlo con tu asesoría o en la Ciudad Autónoma correspondiente antes de facturar un caso dudoso. Para hacer números rápidos con estos tipos, puedes usar la calculadora de IPSI.

Cómo se declara el IPSI: Modelo 021 en Ceuta, Modelo 420 en Melilla

Aquí es donde el IPSI se separa del todo del IVA y del IGIC: cada Ciudad Autónoma tiene su propio modelo, distinto entre sí.

  • Melilla usa el Modelo 420 para la autoliquidación periódica del IPSI, de periodicidad trimestral. Según la normativa de Melilla, se presenta e ingresa dentro de los primeros veinte días naturales de abril, julio, octubre y enero, referidos al trimestre natural inmediatamente anterior.
  • Ceuta usa el Modelo 021 para su autoliquidación, también de periodicidad trimestral. El plazo concreto lo fija la Ordenanza fiscal de Ceuta; conviene confirmarlo en la sede de sus Servicios Fiscales antes de cada campaña.

Ojo con un matiz que confunde a más de uno: Canarias también tiene un "Modelo 420", pero es el de la autoliquidación del IGIC, un impuesto distinto gestionado por una Administración distinta. Que Melilla reutilice el mismo número para el IPSI es una coincidencia administrativa, no el mismo modelo ni el mismo impuesto.

IPSI vs IVA vs IGIC: diferencias rápidas

IVAIGICIPSI
TerritorioPenínsula y BalearesCanariasCeuta y Melilla
AdministraciónAEAT (estatal)Agencia Tributaria CanariaCada Ciudad Autónoma
Tipo general21 %7 %10 %
Modelo periódico303420021 (Ceuta) / 420 (Melilla)

Si vendes desde la península a un cliente en Ceuta o Melilla, esa operación se trata como una exportación a efectos del IVA peninsular, no lleva IVA repercutido. Puedes ver el detalle en la guía de tipos de IVA en España.

¿Y Verifactu? También aplica en Ceuta y Melilla

Verifactu regula cómo debe funcionar el software de facturación —registros inalterables, encadenados mediante huella y remitidos a la AEAT—, y es una obligación estatal que alcanza a todo el territorio común, Ceuta y Melilla incluidas. Las únicas excepciones son el País Vasco (TicketBAI) y Navarra (régimen foral propio); ninguna de las dos ciudades autónomas está entre ellas.

Lo que cambia en Ceuta y Melilla no es si cumples Verifactu, sino qué impuesto aparece en la factura: IPSI en lugar de IVA. Las dos fechas de entrada en vigor son las mismas en todo el régimen común:

  • 1 de enero de 2027 — sociedades (personas jurídicas).
  • 1 de julio de 2027 — resto de empresarios, profesionales y autónomos.

Cómo ayuda Fube a facturar con IPSI

El IPSI se declara ante la Ciudad Autónoma correspondiente, y esa presentación la hace la persona o su asesoría; Fube no presenta el Modelo 021 ni el 420 de Melilla por ti. Lo que sí hace es dejar el trabajo previo resuelto:

  • Emite cada factura con el tipo de IPSI correcto, en lugar de IVA, cuando configuras tu negocio en Ceuta o Melilla.
  • Mantiene ordenados los libros registro de IPSI repercutido y soportado, para que preparar cada declaración no sea una tarde de sustos.
  • Genera cada registro conforme a Verifactu, con su huella encadenada y su código QR con la leyenda VERI*FACTU, y lo envía a la AEAT de serie.

Fube acompaña a autónomos y pymes sin TPV. Para negocios con terminal de punto de venta, balanza o báscula, el encaje es distinto.

Con la funcionalidad de facturación puedes comprobarlo con el plan gratuito para siempre, antes de cualquier plazo.

Preguntas frecuentes

¿El IPSI es lo mismo que el IVA?

No. Son impuestos distintos, con leyes, tipos y Administraciones distintas. El IVA se aplica en la península y Baleares y lo gestiona la AEAT; el IPSI se aplica en Ceuta y Melilla y lo gestiona cada Ciudad Autónoma.

¿Cuáles son los tipos del IPSI?

Con carácter general, seis: 10 %, 8 %, 4 %, 2 %, 1 % y 0,5 %, según la actividad o el producto. El tipo general es el 10 %, aplicado sobre todo a construcción y obra inmobiliaria.

¿Qué modelo se presenta para declarar el IPSI?

En Melilla, el Modelo 420 (trimestral). En Ceuta, el Modelo 021 (también trimestral). No confundir con el Modelo 420 del IGIC en Canarias: comparten número por coincidencia, no son el mismo impuesto.

¿Necesito software conforme a Verifactu si facturo con IPSI?

Sí. Verifactu es una obligación estatal sobre el programa de facturación y alcanza también a Ceuta y Melilla. Lo que cambia es que tu factura repercute IPSI en lugar de IVA. Las fechas son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

¿Fube presenta el IPSI por mí?

No. Fube emite las facturas con el tipo de IPSI correcto y mantiene los libros registro ordenados, de modo que tú o tu asesoría preparéis la declaración con los datos ya cuadrados. La presentación ante la Ciudad Autónoma la hacéis vosotros.


El IPSI deja de ser un obstáculo en cuanto se entiende por lo que es: un impuesto propio de Ceuta y Melilla, con su propia lógica de repercutido menos soportado, solo que con otro nombre, otros tipos y otra ventanilla. Si la facturación aplica el tipo correcto desde el principio, cada declaración se convierte en un trámite de datos ya cuadrados, no en una sorpresa de última hora.

Nota legal: este artículo es meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable ni legal. Para tu caso concreto y para las cifras y plazos vigentes, consulta con un profesional o con la Ciudad Autónoma correspondiente.

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