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Calculadora de Intereses Legales del Dinero 2026

Calcula el interés legal del dinero, el de demora tributario y el de demora comercial de la Ley 3/2004. Tipos oficiales del BOE y de la AEAT.

Calculadora de Intereses Legales del Dinero

Calcula los intereses legales del dinero de forma rápida y precisa. Elige cuál de los tres regímenes te aplica —interés legal, demora tributario o demora comercial de la Ley 3/2004—, introduce el capital y las fechas, y obtén el cálculo al instante. Incluye el histórico de tipos con su publicación oficial.

Antes de calcular, quédate con esto: los tres se llaman parecido y no valen lo mismo. Si vas a reclamarle a un cliente que te paga tarde, el tuyo es el de demora comercial, que hoy está en el 10,40% — no el tributario del 4,0625%, que es el de las deudas con Hacienda.

Referencia general cuando no hay tipo pactado. Lo fija cada año la Ley de Presupuestos.

Interés legal del dinero y de demora tributario

AñoLegal del dineroDemora tributario
20263,25%4,0625%
20253,25%4,0625%
20243,25%4,0625%
20233,25%4,0625%
20223,00%3,75%
20213,00%3,75%
20203,00%3,75%
20193,00%3,75%
20183,00%3,75%
20173,00%3,75%

Fuentes: Banco de España (interés legal del dinero) y Agencia Tributaria (interés de demora tributario). Los tipos de 2026 son los de 2025 mientras los Presupuestos sigan prorrogados.

Interés de demora comercial (Ley 3/2004), por semestre

SemestreTipo BCE+ 8 puntosBOE
2º semestre 20262,40%10,40%BOE-A-2026-14327
1er semestre 20262,15%10,15%BOE-A-2025-27201
2º semestre 20252,15%10,15%BOE-A-2025-13217
1er semestre 20253,15%11,15%BOE-A-2024-27618
2º semestre 20244,25%12,25%BOE-A-2024-13089
1er semestre 20244,50%12,50%BOE-A-2023-26709

Este tipo cambia cada seis meses. Si la deuda cruza el cambio de semestre hay que calcular por tramos: esta calculadora aplica un tipo único.

Calculado con los tipos de interés legal, de demora tributario y de demora comercial vigentes en 2026. Comprueba si han cambiado antes de usarlo para una decisión.

Ese cálculo empieza en una fecha de cobro

Los intereses corren desde que vence el pago. En Fube cada factura lleva su vencimiento y lo pendiente de cobro se ve en el panel, sin repasar el Excel.

Controlar vencimientos

El interés legal del dinero es el tipo de interés que se aplica por ley cuando existe una obligación de pago y no se ha pactado un tipo diferente. Se establece anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y sirve como referencia en múltiples ámbitos jurídicos y financieros.

Tipos de interés de referencia

TipoVigenteSe aplica aCómo se fija
Interés legal del dinero3,25% (2026)Obligaciones de pago sin tipo pactado, sentencias, particularesLey de Presupuestos Generales del Estado, cada año
Interés de demora tributario4,0625% (2026)Deudas con Hacienda y con la Seguridad SocialInterés legal + 25% (art. 26.6 LGT)
Interés de demora comercial (Ley 3/2004)10,40% (2º sem. 2026)Facturas impagadas entre empresas y autónomos, y de la Administración a sus proveedoresTipo del BCE + 8 puntos, publicado en el BOE cada semestre

Los tipos hipotecarios no entran en esta tabla porque no hay ninguno publicado: en un préstamo hipotecario el interés de demora lo fija el contrato, y en los préstamos a consumidores sobre vivienda la ley lo limita al interés remuneratorio pactado más tres puntos (art. 25 de la Ley 5/2019). Para ese caso usa la opción «tipo pactado» de la calculadora.

Fórmula del cálculo

Interés = Capital x Tipo (%) x Días / (365 x 100)

Por ejemplo, para un capital de 10.000 euros durante 90 días al tipo legal del 3,25%:

Interés = 10.000 x 3,25 x 90 / (365 x 100) = 80,14 euros

Esa misma factura de 10.000 euros, 90 días de retraso, reclamada a un cliente con el tipo de la Ley 3/2004 vigente en el segundo semestre de 2026 (10,40%): 256,44 euros. Más del triple. De ahí que importe elegir bien el régimen.

Los tres regímenes, uno por uno

Es la referencia general del ordenamiento: se aplica cuando hay una obligación de pago y nadie pactó un tipo. Aparece en sentencias, en indemnizaciones y en las deudas entre particulares. Lo fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado y para 2026 sigue en el 3,25%, el mismo de 2023, porque los Presupuestos continúan prorrogados.

Interés de demora tributario

Es el que devengan las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social: aplazamientos, liquidaciones, declaraciones fuera de plazo. Sale del interés legal incrementado en un 25% salvo que los Presupuestos fijen otro (art. 26.6 de la Ley General Tributaria), y para 2026 es el 4,0625%.

Es también el que Hacienda te paga a ti cuando una devolución se retrasa más de lo debido.

Interés de demora en operaciones comerciales (Ley 3/2004)

Es el que se le reclama a un cliente que paga tarde una factura, y el que la Administración debe a sus proveedores. No se calcula sobre el interés legal: es el tipo de la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo del semestre anterior más ocho puntos porcentuales, y el Tesoro lo publica en el BOE cada seis meses (art. 7 de la Ley 3/2004).

SemestreTipo BCEInterés de demoraPublicación
2º sem. 20262,40%10,40%BOE-A-2026-14327
1er sem. 20262,15%10,15%BOE-A-2025-27201
2º sem. 20252,15%10,15%BOE-A-2025-13217
1er sem. 20253,15%11,15%BOE-A-2024-27618
2º sem. 20244,25%12,25%BOE-A-2024-13089
1er sem. 20244,50%12,50%BOE-A-2023-26709

Se devengan automáticamente desde el día siguiente al vencimiento, sin necesidad de reclamación previa ni de que figuren en el contrato. Y además de los intereses puedes reclamar una indemnización fija de 40 euros por costes de cobro, sin justificarla (art. 8 de la Ley 3/2004).

Como el tipo cambia cada semestre, una deuda larga se calcula por tramos: cada semestre con el suyo.

Fuentes

Preguntas frecuentes

El interés legal del dinero en 2026 es del 3,25% anual, establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Son tres cosas distintas. El interés legal del dinero (3,25% en 2026) es la referencia general cuando no hay tipo pactado. El interés de demora tributario (4,0625%) es el legal incrementado en un 25% y se aplica a las deudas con Hacienda. El interés de demora en operaciones comerciales, el de la Ley 3/2004, es el que se reclama a un cliente que paga tarde: no sale del legal, sino del tipo del BCE más 8 puntos, y está en el 10,40% para el segundo semestre de 2026.

Sí. En operaciones entre empresas y autónomos, los intereses de demora de la Ley 3/2004 se devengan automáticamente desde el día siguiente al vencimiento de la factura, sin necesidad de reclamación previa ni de pacto. El tipo aplicable es el del semestre en que se devengan (10,40% en el segundo semestre de 2026) y puedes sumar 40 euros de indemnización por costes de cobro.

Depende de en qué lado estés. Si le debes tú a Hacienda o a la Seguridad Social, se aplica el interés de demora tributario (4,0625% en 2026). Si es la Administración la que te debe a ti como proveedor, se aplica el interés de demora de la Ley 3/2004, el mismo que a un cliente privado: 10,40% en el segundo semestre de 2026.

Debes calcular los intereses por tramos, aplicando el tipo vigente en cada periodo y sumando los resultados. Es lo habitual con el tipo de la Ley 3/2004, que cambia cada semestre. Esta calculadora aplica un tipo único: haz un cálculo por tramo y suma.

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