Modelo 131: el pago fraccionado del IRPF para autónomos en módulos
Guía del Modelo 131 para autónomos en estimación objetiva (módulos): quién debe presentarlo, los porcentajes según personal asalariado, cómo se calcula casilla a casilla y los plazos de cada trimestre.
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Si tributas por estimación objetiva —lo que todo el mundo llama módulos— tu trimestre no se cierra con el Modelo 130, sino con el Modelo 131. Y aunque los dos son pagos fraccionados del IRPF, no se calculan igual: aquí no importa cuánto ganaste de verdad, sino el porcentaje fijo que marca tu actividad.
Si aún no tienes claro si te toca módulos o estimación directa, empieza por estimación directa vs módulos: cuál te corresponde. Si ya sabes que vas por módulos, esto es lo que necesitas para presentar el 131.
¿Qué es el Modelo 131?
El Modelo 131 es la autoliquidación trimestral del pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales en estimación objetiva (comercio minorista, hostelería, transporte, talleres, peluquerías y el resto de actividades incluidas en la orden de módulos del año). También lo usan las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, aunque con un cálculo distinto que ves más abajo.
La diferencia clave con el Modelo 130: en módulos no se parte de tu beneficio real, sino de un porcentaje fijo que se aplica según el tipo de actividad y, en la mayoría de los casos, según si tienes personal asalariado.
Quién está obligado a presentarlo
- Autónomos, profesionales y socios de comunidades de bienes o sociedades civiles que tributen por estimación objetiva del IRPF.
- Actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que declaran en el mismo modelo pero en un apartado distinto (más abajo).
Si tu actividad no está en la orden de módulos del año o has renunciado a este régimen, no presentas el 131: te toca el Modelo 130.
Los tres bloques del cálculo
El Modelo 131 distingue tres tipos de actividad, cada uno con su propio porcentaje:
1. Actividades con datos-base (la mayoría de módulos)
Se aplica un porcentaje sobre el rendimiento neto que marca la orden de módulos, según el personal asalariado a fecha 1 de enero:
| Personal asalariado | Porcentaje |
|---|---|
| Ninguno (0) | 2% |
| Más de 0 y hasta 1 | 3% |
| Más de 1 | 4% |
2. Actividades sin datos-base determinables (apartado II)
Si tu actividad de módulos no tiene datos-base fijados para calcular el rendimiento por adelantado, el pago fraccionado se calcula de otra forma: 2% sobre el volumen de ventas o ingresos del trimestre (incluyendo subvenciones corrientes, excluyendo las de capital).
3. Actividades agrícolas, ganaderas y forestales (apartado III)
Se aplica el 2% sobre el volumen de ingresos del trimestre (mismo criterio de subvenciones que el punto anterior), con posibles reducciones para agricultores jóvenes. Además, si en el año anterior al menos el 70% de tus ingresos de esta actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta, quedas exonerado de presentar el pago fraccionado y de ingresar nada por él.
Ojo: esta exoneración del 70% es específica de las actividades agrarias del apartado III. No existe un equivalente para las actividades del apartado I o II.
Cómo rellenar el Modelo 131, casilla a casilla
- Casilla 01: suma de los rendimientos netos a efectos del pago fraccionado de todas tus actividades del apartado I.
- Casilla 02: el pago fraccionado resultante de aplicar el 2%, 3% o 4% (según tu personal asalariado) a cada actividad del apartado I.
- Casilla 03: volumen de ventas o ingresos del trimestre de las actividades sin datos-base (apartado II).
- Casilla 04: el 2% sobre la casilla 03.
- Casilla 05: volumen de ingresos del trimestre de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales (apartado III).
- Casilla 06: el 2% sobre la casilla 05, con la posible reducción para agricultores jóvenes.
- Casilla 07: suma de las casillas 02, 04 y 06 — el total del pago fraccionado antes de minoraciones.
- Casilla 08: retenciones e ingresos a cuenta que te hayan practicado en el trimestre.
- Casilla 09: minoración por rendimientos netos bajos (aplica si tu rendimiento no supera cierto umbral, actualmente 12.000 €).
- Casilla 10: casilla 07 − casilla 08 − casilla 09.
- Casilla 11: deducciones que te correspondan.
- Casilla 12: deducción por vivienda habitual, si aún la tienes reconocida.
- Casilla 13: casilla 10 − casilla 11 − casilla 12. Si sale negativa, se consigna con el signo menos.
- Casilla 14: pagos fraccionados que ya ingresaste en trimestres anteriores del mismo ejercicio.
- Casilla 15: casilla 13 − casilla 14. Es el resultado final a ingresar (o a compensar, si es negativo).
Si el resultado sale negativo
Los importes negativos de los trimestres 1.º, 2.º o 3.º se pueden compensar en los pagos fraccionados siguientes del mismo año. Si el que sale negativo es el del 4.º trimestre, la compensación pasa a la declaración de la Renta del ejercicio.
Plazos de presentación del Modelo 131 en 2026
| Trimestre | Período | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| 1.º T | Enero – Marzo | Del 1 al 20 de abril |
| 2.º T | Abril – Junio | Del 1 al 20 de julio |
| 3.º T | Julio – Septiembre | Del 1 al 20 de octubre |
| 4.º T | Octubre – Diciembre | Del 1 al 30 de enero (año siguiente) |
Ejemplo práctico
Una peluquería que tributa por módulos, con un empleado a media jornada (más de 0 y hasta 1 en cómputo anual), tiene un rendimiento neto trimestral fijado por módulos de 3.000 €:
- Casilla 01: 3.000 €
- Casilla 02 (3%, por tener personal asalariado): 90 €
- Sin actividades en los apartados II ni III, ni retenciones soportadas ni deducciones.
- Casilla 07: 90 € · Casilla 10: 90 € · Casilla 13: 90 €
- Si en trimestres anteriores del año ya ingresó 0 €, la Casilla 15 (resultado a ingresar) es 90 €.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo tener actividades en módulos y actividades agrícolas a la vez?
Sí. El propio Modelo 131 está pensado para eso: el apartado I recoge las actividades de módulos "normales" y el apartado III las agrícolas, ganaderas o forestales, cada una con su cálculo. Si tienes las dos, rellenas ambos apartados y sumas los resultados en la casilla 07.
¿Qué pasa si tengo un empleado a tiempo parcial?
El porcentaje se calcula sobre el personal asalariado en cómputo anual, no sobre el número de contratos que tengas en un momento dado. Un empleado a tiempo parcial no cuenta necesariamente como uno entero a estos efectos. Si tienes empleados a tiempo parcial, varios trabajadores o entradas y salidas durante el año, conviene que tu asesoría te confirme en qué tramo (2%, 3% o 4%) te sitúa el cómputo exacto.
¿El resultado del Modelo 131 puede ser una devolución?
No directamente: si sale negativo, se compensa en los pagos fraccionados siguientes del mismo año, o en la declaración de la Renta si es el del cuarto trimestre. No se solicita una devolución del pago fraccionado en sí.
¿Dónde presento el Modelo 131?
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o el sistema de identificación que tengas habilitado.

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