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Tarifa plana de autónomos 2026: requisitos, duración y cuándo dejas de tenerla

La tarifa plana abarata la cuota de los nuevos autónomos a 80 €/mes el primer año. Te explicamos quién puede pedirla, cuánto dura, cómo prorrogarla y cuándo la pierdes (y por qué a veces te reclaman las cuotas después).

Equipo Fube · 27 de junio de 2026 · 7 min de lectura
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Tarifa plana de autónomos 2026: requisitos, duración y cuándo dejas de tenerla

Tarifa plana de autónomos 2026: requisitos, duración y cuándo dejas de tenerla

Darte de alta como autónomo da un poco de respeto, y la cuota a la Seguridad Social es una de las razones. La buena noticia es que, si empiezas ahora, no pagas la cuota completa desde el primer día: existe una cuota reducida para nuevos autónomos —la conocida tarifa plana— que el primer año se queda en 80 € al mes.

Esta guía es para ti si estás a punto de darte de alta o lo hiciste hace poco y quieres saber tres cosas concretas: si puedes pedirla, cuánto te dura y cuándo dejas de tenerla. Esto último es lo que más sorpresas da, porque hay un caso en el que Hacienda y la Seguridad Social pueden reclamarte después lo que no pagaste. Lo vemos con calma.

Qué es la tarifa plana y cuánto se paga en 2026

La tarifa plana es una cuota reducida que sustituye temporalmente a la cuota normal de autónomo durante tus primeros meses de actividad. En lugar de cotizar según tus ingresos reales —el sistema por tramos que rige desde 2023—, pagas una cantidad fija mientras dura el beneficio.

En 2026, esa cuota reducida es de 80 € al mes durante los primeros 12 meses. Conviene saber un matiz: la ley fijó esos 80 € para el periodo 2023-2025 y, a partir de 2026, la cuantía la establece cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado. A día de hoy los 80 € siguen siendo la referencia vigente, pero es un dato que conviene confirmar con tu asesoría o en la sede de la Seguridad Social en el momento del alta.

Si lo que quieres es entender la cuota normal y el sistema por ingresos reales que viene después, lo desglosamos en la guía de cuánto se paga de cuota de autónomos en 2026.

Requisitos para acceder a la tarifa plana

No es automática: tienes que solicitarla y cumplir unas condiciones. Las principales son:

  • Causar alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), es decir, empezar una actividad por cuenta propia.
  • No haber estado de alta como autónomo en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de tu nueva alta.
  • Si ya disfrutaste antes de esta tarifa plana, el periodo sin estar de alta sube a tres años.
  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.

La solicitas en el momento del alta a través de los servicios de la Seguridad Social (Import@ss). Si tienes dudas sobre el papeleo del alta en sí —los modelos 036/037 y el alta en RETA—, te puede venir bien la guía de cómo darse de alta de autónomo en España.

Autónomos societarios y colaboradores familiares también pueden solicitarla si cumplen los requisitos, pero hay matices según el caso. Confírmalo con tu asesoría antes de contar con ello.

Cuánto dura: 12 meses, ampliables a 24

La tarifa plana se divide en dos tramos de doce meses, y el segundo no es automático:

  1. Primeros 12 meses. Pagas la cuota reducida de 80 €/mes sin condición de ingresos. Es para todos los que cumplen los requisitos de alta.
  2. Siguientes 12 meses (prórroga). Puedes seguir con la cuota reducida solo si prevés que tus rendimientos económicos netos anuales serán inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI) de ese periodo, y lo solicitas expresamente.

Dicho de otra forma: el primer año la tienes casi seguro; el segundo, depende de cuánto ganes. Por eso el segundo tramo está pensado para quien arranca despacio y todavía no llega al SMI con su actividad.

Cómo se solicita la prórroga del segundo año

La prórroga no se aplica sola: hay que pedirla a través de los servicios de la Seguridad Social (Import@ss) antes de que termine el primer periodo, declarando que esperas que tus rendimientos netos queden por debajo del SMI. Si no la solicitas, al cumplir los 12 meses pasas a cotizar por la cuota que te corresponda según tu tramo de ingresos.

Cuándo dejas de tener la tarifa plana

Aquí está la parte que conviene tener clara desde el principio, sin dramatismos pero con los ojos abiertos. Dejas de disfrutarla en estos casos:

  • Al agotar el periodo máximo (los 12 meses iniciales, o los 24 si pediste y mantuviste la prórroga). A partir de ahí cotizas por el sistema de tramos según tus ingresos reales.
  • Si causas baja en el RETA y vuelves a darte de alta más adelante: tendrás que cumplir de nuevo los plazos sin estar de alta (dos o tres años) para volver a tener derecho.
  • Si en el segundo tramo superas el SMI. Este es el caso clave: si pediste la prórroga previendo ganar menos del SMI pero al final tus rendimientos netos igualan o superan el SMI, la Seguridad Social, con los datos que le pasa la Administración tributaria, te reclamará las cuotas que no ingresaste durante ese periodo por haber aplicado el beneficio.

No es una multa ni una sanción: es una regularización. Te cobran la diferencia entre lo que pagaste con tarifa plana y lo que te habría tocado pagar. Pero conviene anticiparlo para que no te pille por sorpresa a final de año.

Por eso ayuda llevar tus números al día: si tienes una foto clara de lo que facturas y de tus gastos deducibles, puedes estimar a tiempo si te vas a acercar al SMI y decidir la prórroga con criterio. Fube te ayuda justo en esa parte —tener la facturación y los gastos ordenados y a la vista— para que esa previsión no sea una adivinanza. El cálculo de la cuota y la regularización los gestiona la Seguridad Social; lo que Fube aporta es el control de tus ingresos y gastos para que llegues a esa decisión con datos.

Preguntas frecuentes

¿La tarifa plana es de 80 € en toda España?

Esos 80 € son la cuota reducida estatal. Algunas comunidades autónomas han establecido en el pasado ayudas o ampliaciones propias (por ejemplo, prolongando la cuota reducida más meses). Si te interesa, consulta lo que ofrece tu comunidad, porque cambia de una a otra.

Si dejé de ser autónomo hace un año, ¿puedo pedirla otra vez?

Con un año no llegas. El requisito general es no haber estado de alta en los dos años anteriores, y tres años si ya disfrutaste antes de la tarifa plana. Si no cumples ese plazo, te darás de alta por la cuota que corresponda a tu tramo de ingresos.

¿Tengo que hacer algo para que me la apliquen?

Sí: se solicita, no se concede de oficio. La pides al darte de alta y, si quieres el segundo tramo, vuelves a solicitar la prórroga antes de que acabe el primer año.

¿La prórroga del segundo año es segura?

No. Depende de que prevés ganar menos del SMI y de que lo solicites. Y si luego resulta que ganaste el SMI o más, te regularizan esas cuotas. No es un castigo, es ajustar lo que correspondía pagar.

En resumen

La tarifa plana es un buen empujón para empezar: 80 €/mes el primer año, ampliable a un segundo año si tus rendimientos netos quedan por debajo del SMI. Pídela al darte de alta, no la des por hecha en el segundo tramo y ten presente que, si superas el SMI tras pedir la prórroga, te reclamarán la diferencia.

Lo demás es llevar el negocio con orden desde el principio. Si quieres una hoja de ruta para esos primeros meses, te dejamos el checklist del primer año como autónomo. Y cuando empieces a facturar, Fube te acompaña con la facturación lista para Verifactu y tus ingresos y gastos siempre a la vista —con su plan gratuito para siempre—, para que la parte fiscal te quite el menor tiempo posible.


Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Las cuantías y condiciones de la cuota reducida las fija la normativa de la Seguridad Social (RD-ley 13/2022; información de la Seguridad Social) y pueden actualizarse cada año. Confirma tu caso concreto con tu asesoría.

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