Trabaja con un asesor y un abogado externos que le facturan con IRPF. Cada trimestre, Fube le presenta la sección de actividades económicas ya sumada —cuántos perceptores, cuánta base y cuánta retención—, lista para revisar y exportar.
El modelo 111 de cada trimestre, ya cuadrado
Fube reúne las retenciones de IRPF que practicas a los profesionales que contratas directamente desde tus facturas de gasto con retención, y las lleva a la sección de actividades económicas del modelo. Tú eliges ejercicio y periodo, revisas el desglose y completas el resto.
- La sección de profesionales, sumada desde tus facturas
- Retenciones del 7 % y del 15 %, donde corresponde
- Fichero TXT con el formato de la AEAT y PDF para tu archivo
Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
El trimestre llega y tú reabriendo hojas de cálculo
Cuando contratas a un asesor, un abogado o un diseñador con retención, cada trimestre toca el mismo repaso: revisar las facturas recibidas, separar las bases de las retenciones y sumar perceptor a perceptor. Una casilla mal copiada y el modelo no cuadra.
Como las facturas de gasto con retención ya están registradas, la sección de actividades económicas del modelo se rellena a partir de esos datos —perceptores, bases y retenciones— y tú la revisas en lugar de reconstruirla a mano. Las secciones que Fube no calcula, como las nóminas, las completas tú sobre el modelo.
De elegir el periodo a exportar el fichero
- 1
Entra en el modelo y elige periodo
En Informes › IRPF › Modelo 111, indica el ejercicio y el trimestre de la declaración.
- 2
Fube reúne las retenciones a profesionales
Calcula perceptores, bases y retenciones de la sección de actividades económicas a partir de tus facturas de gasto con retención IRPF del periodo.
- 3
Completa y revisa el desglose
Verás las secciones del modelo con sus totales de perceptores, percepciones y retenciones. Las que Fube no calcula, como las nóminas, las completas tú.
- 4
Exporta y presenta
Descarga el TXT con el formato de la AEAT (y el PDF para tu archivo), preséntalo en la sede y vuelve a Fube para adjuntar el justificante y marcarlo como presentado.
Las retenciones de IRPF que practicas a terceros
El 111 recoge lo que retienes a tu equipo y a los profesionales que contratas. No incluye tu propio pago a cuenta como autónomo: eso es el modelo 130.
Rendimientos del trabajo
Las nóminas de tu equipo y de los directivos. Esta parte la completas tú sobre el modelo.
Actividades económicas
Las facturas de profesionales con retención —asesoría, abogacía, consultoría, diseño—.
Premios y otros
Premios, aprovechamientos forestales y derechos de imagen: los casos menos habituales.
Secciones y casillas del modelo 111 conforme a la AEAT.
La parte mecánica, ya sumada
La sección de actividades económicas sale de tus facturas de gasto con retención; el resto lo revisas y completas tú.
un modelo por ejercicio y periodo, armado sobre los datos que ya tienes en la plataforma
retenciones a profesionales que Fube suma a la sección de actividades económicas
fichero con el formato de la AEAT, más el PDF para tu archivo
Casos de uso
Si contratas con retención, estás obligado al 111. Fube arma esa parte con las facturas de gasto que ya registras, sin cruzar nada a mano.
Aunque este trimestre no hayas pagado a profesionales ni nóminas, si estás dado de alta como obligado debes presentarlo. Fube te deja el modelo listo para exportar igualmente.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntáis sobre el modelo 111.
De las facturas de gasto con retención IRPF que ya tienes registradas. Al crear el modelo para un ejercicio y periodo, Fube calcula los perceptores, bases y retenciones de la sección de actividades económicas a partir de esas facturas. El resto de secciones del modelo las revisas y completas tú sobre el desglose.
Sí. Las retenciones a profesionales van a la sección de actividades económicas tanto si son del 7 % (que suelen aplicar los nuevos autónomos) como del 15 % del régimen general; el porcentaje no cambia dónde se declaran, solo el importe de la retención que Fube suma desde tus facturas.
Solo si estás dado de alta en el censo como obligado al modelo 111. En ese caso, debes presentarlo aunque el resultado sea cero.
El 111 declara las retenciones que practicas a terceros (tu equipo y los profesionales que contratas). El 130 es tu propio pago fraccionado de IRPF como autónomo en estimación directa. Son cosas distintas y pueden convivir.
Es trimestral: del 1 al 20 de abril (1T), de julio (2T), de octubre (3T) y de enero del año siguiente (4T). Las grandes empresas con facturación superior a 6.010.121,04 € presentan mensualmente, antes del día 20 del mes siguiente.
Si el error supone más importe a ingresar, marcas el modelo como complementario, indicas el justificante de la declaración original y el importe ya ingresado, y Fube refleja la diferencia. Si supone menos, no es una complementaria: hay que pedir una rectificación de autoliquidación en la AEAT.
No. Fube genera el fichero y te lo deja listo, pero la presentación en la sede electrónica de la AEAT (con certificado digital o Cl@ve) la haces tú o tu asesoría. Después puedes volver a Fube, adjuntar el justificante y marcar el modelo como presentado para tenerlo todo ordenado.
Que el próximo trimestre llegue ya cuadrado
El modelo 111 es solo uno de los trámites que Fube prepara a partir de tus facturas. Empieza gratis, para siempre.
