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title: "Mutualidad alternativa al RETA: cuándo puede elegirla un autónomo colegiado"
description: "Qué es la mutualidad alternativa al RETA, quién puede elegirla al colegiarse (y quién ya no puede), qué cambia con la reforma de 2026 y cómo se declara la cuota en el IRPF."
date: "2026-08-07T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/mutualidad-alternativa-reta-autonomo-colegiado"
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# Mutualidad alternativa al RETA: cuándo puede elegirla un autónomo colegiado

Si vas a darte de alta como autónomo para ejercer una profesión colegiada —abogacía, arquitectura técnica, medicina, procura— es posible que tu colegio te dé a elegir entre el **RETA** y la **mutualidad de previsión social** propia del colegio. No es una opción abierta a cualquiera: depende de tu colegio, de cuándo se creó su mutualidad y del momento exacto en que te colegies. Aquí te explicamos quién puede elegir, qué ha cambiado en 2026 y cómo se declara la cuota si optas por la mutualidad.

## Qué es una mutualidad alternativa al RETA

Una mutualidad de previsión social es una entidad sin ánimo de lucro creada por un colegio profesional para dar cobertura a sus colegiados: jubilación, incapacidad, viudedad y otras contingencias que, para el resto de autónomos, cubre la Seguridad Social. Cuando esa mutualidad está **reconocida como alternativa al RETA**, afiliarte a ella exime de la obligación de darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por esa actividad: cotizas a la mutualidad en lugar de al RETA, no en paralelo.

## Quién puede elegirla hoy (y quién ya no puede)

Aquí es donde más se despista la gente, porque la opción **no está abierta a todos los colegios ni a todos los momentos**:

- Solo pueden ofrecerla los colegios profesionales cuya mutualidad de previsión social **ya era obligatoria y estaba constituida antes del 10 de noviembre de 1995** (el corte que fijó la Ley 30/1995). No se ha ampliado a colegios nuevos desde entonces.
- La elección solo se puede hacer **en el momento de la primera colegiación** por esa actividad, cuando el colegio te da a elegir entre RETA y su mutualidad. Es una decisión de "ahora o nunca": si entonces no optas por la mutualidad, **no podrás ejercer esa opción más adelante**.
- Si tu colegio no está entre los que conservan esa mutualidad alternativa, o si ya te colegiaste sin elegirla, tu alta como autónomo se tramita por el RETA con normalidad, igual que cualquier otro profesional.

Entre los colegios que suelen ofrecer esta opción están, entre otros, la abogacía (Mutualidad de la Abogacía), la procura (Mutualidad de Procuradores), algunos colegios de arquitectura técnica/aparejadores y la medicina (Mutual Médica). La lista exacta y las condiciones varían de un colegio a otro y **debes confirmarla con el tuyo**: no todos los colegios de una misma profesión mantienen mutualidad alternativa, y algunos solo la ofrecen en determinados territorios.

## Qué cambia con la reforma de 2026

La Ley 2/2026, de 29 de julio (en vigor desde el 1 de agosto de 2026), refuerza la protección de quienes ya están en mutualidad alternativa, sin tocar quién puede elegirla:

- **Prestaciones mínimas garantizadas**: la mutualidad debe asegurar rentas no inferiores al 100 % de la cuantía mínima del sistema público (o de la pensión no contributiva, si fuera superior).
- **Cuota mínima progresiva**: la aportación no podrá bajar del 86 % de la cuota RETA equivalente en 2026, del 93 % en 2027 y del 100 % en 2028.
- **Una "pasarela" voluntaria hacia el RETA**: por primera vez, un mutualista puede transferir de forma voluntaria e individual los derechos económicos acumulados en su mutualidad a la Seguridad Social. La transferencia está exenta de tributación, pero el encuadramiento en el RETA que conlleva es **obligatorio e irreversible** una vez hecha. El plazo para pedirla es de un año desde que se apruebe el reglamento que la desarrolle, y no está disponible para quien ya cobra pensión (salvo viudedad).

Lo que **no** cambia: si tu colegio no tenía mutualidad alternativa antes de 1995, sigue sin poder ofrecerla, y si ya elegiste RETA al colegiarte, la pasarela no funciona al revés (no te permite pasarte de RETA a la mutualidad).

## Mutualidad o RETA: qué mirar antes de decidir

Si tu colegio te da a elegir, compara al menos:

- **Coste actual y su evolución**: con la reforma, la cuota de la mutualidad converge hacia [la cuota de autónomos del RETA](/noticias/cuota-autonomos-2026-cuanto-se-paga) en tres años (2026-2028), así que la diferencia de precio entre ambas opciones se va a reducir.
- **Prestaciones cubiertas**: jubilación, incapacidad temporal, maternidad/paternidad, cese de actividad. Pide a la mutualidad el detalle exacto de cada una: no siempre son equivalentes a las del RETA.
- **Reversibilidad**: la elección es irrevocable en el momento de colegiarte. La única salida posterior es la pasarela al RETA, y esa también es irreversible.

Dado que las condiciones varían por colegio y la decisión no tiene vuelta atrás, conviene confirmar los detalles con la propia mutualidad y con tu asesoría antes de optar.

## Cómo se declara la cuota en el IRPF

Si cotizas a una mutualidad alternativa al RETA, las cantidades que aportas para cubrir las contingencias que de otro modo cubriría la Seguridad Social son **gasto deducible de la actividad**, con el mismo tratamiento que la cuota de autónomos. El límite es la cuota máxima por contingencias comunes que fije el RETA cada año —17.323,68 € en 2026—, así que si tu aportación fuera superior, el exceso no se deduce como gasto de la actividad.

En Fube, [registras este gasto](/funcionalidades/gastos/registro) como cualquier otro: la base y el importe quedan reflejados en el libro-registro que alimenta el Modelo 130, sin tener que llevar la cuenta aparte en una hoja de cálculo. Fube no decide por ti si te conviene la mutualidad o el RETA —esa es una decisión que toca al colegiado y a su asesoría— pero sí te deja el gasto listo cuando llegue el trimestre.

## Preguntas frecuentes

**¿Puedo pasarme de mutualidad a RETA si ya elegí mutualidad al colegiarme?**
Sí, desde la Ley 2/2026 existe una pasarela voluntaria para transferir tus derechos acumulados al RETA, pero es irreversible una vez ejecutada y solo puede pedirse durante el plazo que fije el reglamento de desarrollo.

**¿Puedo empezar en RETA y pasarme después a la mutualidad de mi colegio?**
No. La opción por la mutualidad alternativa solo existe en el momento de tu primera colegiación para esa actividad; si no la ejerces entonces, se pierde.

**¿Todos los colegios de mi profesión tienen mutualidad alternativa?**
No necesariamente. Depende de si ese colegio concreto tenía la mutualidad constituida como obligatoria antes del 10 de noviembre de 1995. Pregunta directamente a tu colegio antes de darte de alta.

¿Quieres dejar de llevar los gastos de tu actividad —cuota de autónomos, mutualidad, lo que sea— en hojas sueltas? [Prueba Fube gratis](/auth/register) y lleva el registro de gastos y el Modelo 130 sin sobresaltos.
