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title: "Impuesto sobre Sociedades 2025: la campaña de julio de 2026, explicada"
description: "La campaña del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025 se presenta del 1 al 25 de julio de 2026. Quién debe presentar el modelo 200, qué tener listo y cómo encaja Fube."
date: "2026-06-24T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/impuesto-sociedades-plazo-julio-2026"
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Si tu negocio es una sociedad —una SL, normalmente—, julio no es un mes cualquiera. Mientras buena parte del país piensa en vacaciones, las sociedades tienen por delante una de sus citas fiscales más importantes del año: la **campaña del Impuesto sobre Sociedades**. Si tu ejercicio coincide con el año natural (cerraste el 31 de diciembre de 2025), tienes que presentar el **modelo 200** entre el **1 y el 25 de julio de 2026**.

En este artículo te explicamos, a fecha de hoy, qué es esta campaña, las fechas exactas, quién está obligado y qué conviene tener ordenado para llegar sin sustos. No es asesoría fiscal personalizada: para tu caso concreto, tu asesoría tiene la última palabra.

## Qué es la campaña del Impuesto sobre Sociedades

El **Impuesto sobre Sociedades (IS)** grava el beneficio de las personas jurídicas: sociedades limitadas, anónimas, cooperativas y otras entidades. Es, a grandes rasgos, el equivalente para las empresas de lo que el IRPF es para los autónomos.

La liquidación anual se hace con el **modelo 200**. En él la sociedad declara el resultado contable del ejercicio, aplica los ajustes fiscales que correspondan y calcula la cuota a pagar (o a devolver). El tipo general es del 25 %, con tipos reducidos para determinados casos —por ejemplo, entidades de nueva creación—, pero las particularidades de cada sociedad las concreta tu asesoría.

Si vienes del mundo del autónomo y todavía dudas entre seguir así o constituir una sociedad, te puede servir nuestro artículo sobre [cuándo conviene pasar de autónomo a sociedad limitada](/noticias/autonomo-vs-sociedad-limitada-cuando-conviene).

## El plazo: del 1 al 25 de julio de 2026

La norma fija el plazo de presentación en los **25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo**. Para la mayoría de sociedades, cuyo ejercicio coincide con el año natural y cierra el 31 de diciembre, eso se traduce en una ventana muy concreta:

- **Inicio:** 1 de julio de 2026.
- **Fin:** 25 de julio de 2026.

Estas fechas corresponden al ejercicio 2025 y puedes confirmarlas en la [página de plazos del Impuesto sobre Sociedades de la sede de la AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuesto-sobre-sociedades/gestion-impuesto-sobre-sociedades/plazos-presentacion.html).

Si tu sociedad tiene un ejercicio partido (no coincide con el año natural), tu plazo será distinto: cuenta seis meses desde tu cierre y añade 25 días naturales.

### Ojo si vas a domiciliar el pago

Cuando el resultado sale a ingresar y quieres **domiciliar el pago** en tu banco, el plazo se acorta: la domiciliación se cierra **unos días antes** del fin del periodo de presentación. Conviene no apurar al 25 de julio si piensas pagar por domiciliación; confirma la fecha límite exacta de domiciliación en la propia sede de la AEAT o con tu asesoría antes de planificarlo.

## ¿Quién tiene que presentar el modelo 200?

Con carácter general, **todas las sociedades y entidades sujetas al impuesto presentan el modelo 200**, aunque no hayan tenido actividad o el resultado sea cero. La ausencia de beneficio no exime de declarar: una sociedad inactiva sigue teniendo la obligación de presentar.

Esto sorprende a muchas microempresas recién constituidas. Si creaste tu SL en 2025 y apenas facturaste, probablemente igualmente tengas que presentar tu primer Impuesto sobre Sociedades este julio. Confírmalo con tu asesoría.

## Qué conviene tener ordenado para llegar sin sustos

El modelo 200 parte de la **contabilidad** de la sociedad, así que la campaña se gana o se pierde mucho antes de julio: depende de tener los ingresos y los gastos bien registrados durante todo el año. Antes de que tu asesoría se ponga con la declaración, ayuda tener a mano:

- El **resultado del ejercicio**: todos los ingresos y todos los gastos de 2025.
- Las **facturas emitidas y recibidas**, ordenadas y sin huecos en la numeración.
- Los **gastos deducibles** bien justificados (si quieres repasar el criterio, te lo contamos en [gastos deducibles](/noticias/gastos-deducibles-autonomo-2026)).
- Los pagos fraccionados del año (modelo 202) y las retenciones soportadas, que se descuentan de la cuota final.

Cuanto más limpios estén esos datos, menos trabajo —y menos sorpresas— habrá en julio.

## Cómo encaja Fube en la campaña

Conviene ser claro: **Fube no presenta el Impuesto sobre Sociedades**. El modelo 200 lo prepara y presenta tu asesoría o tu departamento de contabilidad. Lo que Fube hace es la parte de la que depende todo lo demás: **mantener ordenados los ingresos y los gastos durante el año**.

Con Fube, cada factura que la sociedad emite queda registrada y numerada de forma correlativa, y los gastos se guardan en su [registro de gastos](/funcionalidades/gastos) —incluso escaneando el ticket o la factura— para que nada se quede fuera. Esa información se ordena en los [libros de ingresos y gastos](/funcionalidades/impuestos), que son justo el punto de partida que tu asesoría necesita para preparar el impuesto. En lugar de reconstruir el año a contrarreloj en julio, la sociedad llega con los datos cuadrados.

Dicho de otro modo: Fube no calcula ni presenta el modelo 200, pero hace que la sociedad llegue a la cita con los deberes hechos.

## Y Verifactu, ¿afecta a las sociedades?

Sí, y conviene tenerlo en el radar mientras piensas en la campaña de este julio. **Verifactu** obliga a facturar con un software conforme, y para las **sociedades la obligación entra en vigor el 1 de enero de 2027** (el resto de empresarios, profesionales y autónomos disponen hasta el 1 de julio de 2027).

En Fube esto no es algo que haya que "activar cuando quieras": cada factura sale con su código QR y su huella encadenada, y **Fube la envía siempre a la AEAT**. Así, la facturación del año que viene —la que alimentará el próximo Impuesto sobre Sociedades— ya nace cumpliendo. Para verlo con calma, tienes la [guía definitiva de Verifactu y sus plazos](/noticias/verifactu-guia-definitiva-y-plazos-clave-para-autonomos-y-pymes).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades de 2025?

Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural (cierre el 31 de diciembre), del **1 al 25 de julio de 2026** mediante el modelo 200.

### ¿Tengo que presentarlo si mi sociedad no tuvo actividad?

Con carácter general, sí. Las sociedades sujetas al impuesto presentan el modelo 200 aunque el resultado sea cero o no hayan tenido actividad. Confírmalo con tu asesoría.

### ¿Hasta cuándo puedo domiciliar el pago?

La domiciliación bancaria se cierra unos días antes del fin del plazo de presentación. No apures al 25 de julio si vas a pagar por domiciliación; consulta la fecha exacta en la sede de la AEAT.

### ¿Fube presenta el modelo 200 por mí?

No. Fube ordena los ingresos y los gastos de la sociedad en libros de registro para que tu asesoría prepare y presente el impuesto. La presentación del modelo 200 corresponde a tu asesoría o a tu departamento contable.

## Llega a julio con los datos cuadrados

La campaña del Impuesto sobre Sociedades se vive mejor cuando los números del año ya están en orden. Con Fube, la sociedad factura conforme a la normativa y mantiene sus ingresos y gastos ordenados durante todo el ejercicio, de modo que en julio solo queda preparar la declaración. [Empieza gratis con Fube](/auth/register) y deja la contabilidad lista para tu asesoría.
