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title: "Gastos antes de constituir la sociedad: qué pasa con las facturas a tu nombre"
description: "Compraste ordenadores, pagaste a la gestoría o reservaste el local antes de que la SL tuviera NIF. Cómo ordenar esas facturas para que la sociedad pueda asumirlas y deducirse el IVA."
date: "2026-10-28T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/gastos-antes-constituir-sociedad-facturas-a-nombre-del-socio"
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Estás montando una sociedad. La escritura todavía no está firmada, pero ya has pagado el dominio, has comprado dos portátiles y la gestoría te ha pasado su primera minuta. Todo con tu tarjeta y, si no estabas atento, **con las facturas a tu nombre y a tu DNI**. Y ahora la pregunta: ¿esos gastos son de la sociedad, son tuyos, o no son de nadie?

La respuesta corta: **pueden acabar siendo de la sociedad, pero no por arte de magia**. Hay que decidir a nombre de quién se factura, dejar rastro de que el gasto es de la futura empresa y, cuando la SL ya exista, formalizar que la asume. Si no, el IVA de esas facturas se queda en tierra de nadie.

## El problema: la factura tiene un destinatario y no es la sociedad

Una factura no solo dice qué compraste: dice **quién** lo compró. Los datos del destinatario —nombre y NIF— forman parte de lo que debe constar en ella, y para deducir el IVA soportado la factura tiene que estar a nombre de quien lo deduce. Una factura a tu DNI es, para Hacienda, una factura de **tu persona**, no de la SL que todavía no existe.

Por eso aparecen dos situaciones distintas, y conviene separarlas:

| Momento | Quién es el destinatario posible | Qué se puede hacer |
| --- | --- | --- |
| Aún no hay escritura | Tú, a título personal | Pedir la factura a tu nombre **sabiendo que es provisional**, o esperar a tener NIF |
| Hay escritura, falta inscribir | La sociedad **con NIF provisional «en constitución»** | Pedir la factura ya a nombre de la sociedad |
| La SL está inscrita | La sociedad con NIF definitivo | Factura normal |

El NIF provisional lo asigna Hacienda al otorgarse la escritura, como cuenta nuestra guía para [constituir una SL desde cero](/noticias/constituir-sl-desde-cero-pasos-costes-facturar). Si puedes, **retrasa las compras gordas hasta ese momento**: la factura nace ya con el destinatario correcto y te ahorras todo lo que viene después.

## Qué dice la ley de los actos anteriores a la inscripción

La Ley de Sociedades de Capital regula justo esta situación en sus artículos 36 a 38. Dicho sin tecnicismos:

- Quien actúa en nombre de la sociedad **antes de inscribirla** responde, solidariamente con los demás que lo hicieron, de lo que contrate.
- La sociedad, ya inscrita, **puede quedar obligada** por esos actos: por los necesarios para constituirla y por los que acepte dentro de los **tres meses siguientes a la inscripción**. Cuando eso ocurre, cesa la responsabilidad personal de los fundadores.

Lo útil de esto para quien factura: **asumir un gasto es una decisión que se toma y se deja por escrito**, no algo que ocurre solo porque pagaste con la intención de que fuera de la empresa. Lo habitual es recogerlo en un acuerdo o en la propia escritura, y que la gestoría o el notario te digan cómo se formaliza en tu caso. Aquí no hay fórmula única, y por eso es buena idea preguntarlo **antes** de empezar a comprar.

## El IVA: qué te juega a favor

Hay una pieza de la Ley del IVA que ayuda. Las sociedades mercantiles se consideran empresarias salvo prueba en contrario (art. 5), y la actividad se entiende iniciada **desde el momento en que adquieres bienes o servicios con la intención de destinarlos a ella**. Es decir: no hace falta haber facturado nada para que el IVA de la preparación pueda ser deducible.

Pero esa intención tiene que poder acreditarse, y la factura tiene que cuadrar con quien deduce. Lo que suele pasar:

- **Factura a la sociedad con NIF provisional**: es el camino limpio. El IVA soportado lo deduce la sociedad cuando empieza a presentar sus declaraciones.
- **Factura a tu nombre personal**: la sociedad no puede deducirse el IVA de una factura que no es suya. Aquí tienes que ir al proveedor y pedir que la **rectifique** con los datos de la sociedad (o que anule y vuelva a emitir). Funciona igual que cualquier otro [error de NIF en la factura](/noticias/verifactu-factura-nif-equivocado-anular-o-rectificar); cuanto antes se pida, más fácil.
- **Ticket sin datos**: casi siempre irrecuperable. Pide siempre factura completa y, si no puedes hacerlo en el momento, pídela por correo con los datos fiscales de la sociedad.

La parte de IRPF o de Sociedades de esos mismos gastos —cuándo se imputan y en qué ejercicio— tiene más matices. Es una de esas conversaciones que merecen cinco minutos con tu asesoría antes de la primera declaración.

## Una checklist para no perder facturas por el camino

1. **Lista todo lo que ya has pagado** a tu nombre: fecha, proveedor, importe, IVA y para qué fue.
2. **Separa lo que es de la sociedad de lo que es personal.** Si un portátil lo vas a usar para las dos cosas, díselo a la asesoría.
3. **Pide a cada proveedor** que rectifique la factura con el nombre y el NIF de la sociedad en cuanto lo tengas. Guarda la factura original y la rectificativa juntas.
4. **Reembolso o aportación.** Si pagaste tú con tu dinero, el gasto asumido por la sociedad te genera un derecho a que te lo devuelva. Cómo se registra —préstamo, aportación o reembolso— es lo que decide la asesoría; conviene no mezclarlo con una [cuenta corriente con la sociedad](/noticias/cuenta-corriente-socios-sl-prestamo-encubierto) sin entender sus efectos.
5. **Pon fecha límite.** Si la sociedad ha de aceptar esos gastos dentro de los tres meses desde la inscripción, apunta ese día en el calendario.
6. **Guarda las facturas donde la sociedad las encuentre.** Cuando empiece a operar, esas facturas se anotan en [los libros registro](/funcionalidades/impuestos/libros-registro) como cualquier otra.

## Y cuando ya puedas facturar

En cuanto la sociedad tiene NIF, lo siguiente es dejar lista la **primera serie de facturación** y que cada factura de ventas salga con la numeración correcta desde el primer día. Fube permite [configurar las series de numeración](/funcionalidades/facturacion/series-numeracion) de la sociedad en cuanto tienes NIF, y emite las facturas con [Verifactu](/funcionalidades/verifactu) sin que tengas que ocuparte de nada más. Lo que se pagó antes de existir la sociedad, en cambio, hay que ordenarlo a mano: ahí no hay software que sustituya a tener las facturas bien pedidas.

## Preguntas frecuentes

### ¿Puedo deducirme el IVA de una factura a mi nombre si luego traspaso el gasto a la SL?

No directamente: la factura debe estar a nombre de quien deduce. Lo correcto es que el proveedor la rectifique con los datos de la sociedad. Si no es posible, consúltalo con tu asesoría antes de intentar nada por tu cuenta.

### ¿Tengo que esperar a la inscripción en el Registro Mercantil para pedir facturas a la sociedad?

No. Con la escritura otorgada, Hacienda asigna un NIF provisional «en constitución» con el que ya puedes pedir facturas a nombre de la sociedad. Si te piden el NIF definitivo, avisa a tu gestoría.

### ¿Y si la sociedad no llega a constituirse?

Los gastos serán tuyos como persona y, en su caso, de quienes los contrataron. Es una de las razones por las que la ley hace responsables personalmente a quienes actúan antes de la inscripción.

### ¿Cuánto tiempo tengo para que la sociedad asuma los gastos?

La ley prevé que la sociedad inscrita quede obligada por los actos que acepte en los tres meses siguientes a la inscripción. Pregunta en tu caso cómo conviene documentarlo.

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*Este contenido es informativo y no sustituye el consejo de tu asesoría: el tratamiento de los gastos previos depende de cada caso. La decisión final sobre qué es deducible y cómo se asume la llevas tú con tu asesoría.*

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**Aviso legal.** Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable, laboral ni jurídico. La información puede contener errores o estar desactualizada, y la normativa cambia con frecuencia: contrasta siempre los datos con las fuentes oficiales antes de tomar cualquier decisión. Para tu caso concreto, consulta la normativa oficial vigente o acude a un profesional cualificado.
