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title: "Una factura con productos a distintos tipos de IVA: cómo desglosarla"
description: "Una misma factura con productos al 21 %, al 10 % y al 4 % no lleva un IVA único: cada tipo se desglosa por separado. Qué exige la ley y cómo queda reflejado en la factura."
date: "2026-08-02T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/factura-varios-tipos-iva-misma-factura"
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# Una factura con productos a distintos tipos de IVA: cómo desglosarla

Tienes una tienda o un negocio de hostelería y una misma venta mezcla productos que no tributan
igual: una bebida alcohólica al 21 %, un menú al 10 %, un libro al 4 %. Te preguntas si puedes
aplicar un único IVA "medio" a toda la factura o si hay que hacer algo distinto con cada línea. La
respuesta es clara: **no se puede mezclar**. Cada tipo de IVA debe quedar desglosado por separado,
y la ley lo dice de forma expresa.

## La norma: un desglose por cada tipo, no un IVA mezclado

El [Reglamento de facturación](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696) (Real
Decreto 1619/2012) regula qué debe constar en toda factura. Su artículo 6.1.h) exige que conste
la cuota tributaria repercutida, "que deberá consignarse por separado". Y el artículo 6.2.c)
añade la regla concreta para el caso que nos ocupa: cuando una factura **incluya operaciones
sujetas a diferentes tipos de IVA**, hay que especificar por separado la parte de base imponible
correspondiente a cada uno de esos tipos.

En la práctica esto se traduce en dos reglas que conviene tener claras:

- **Cada línea de la factura lleva su propio tipo de IVA**, según el producto o servicio que
  describe, no un tipo "genérico" para toda la operación.
- **El resumen final de la factura desglosa base imponible y cuota por cada tipo aplicado**, no un
  IVA único calculado sobre el total. Si hay líneas al 21 %, al 10 % y al 4 %, el totalizador
  muestra tres bases y tres cuotas, cada una con su tipo correspondiente.

No es una cuestión de estilo: es un requisito legal de contenido de la factura, igual que lo son
el NIF del emisor o la numeración correlativa. Si te falta este desglose, la factura no cumple las
[menciones obligatorias](/noticias/menciones-obligatorias-factura-requisitos-legales) exigidas por
el Reglamento.

## Un ejemplo habitual: hostelería

Un bar sirve un menú del día (comida, 10 %) con una copa de vino (bebida alcohólica, 21 %). La
factura o el tique de esa mesa no puede llevar un "IVA único" calculado sobre el importe total: debe
mostrar, como mínimo, dos bases imponibles distintas —la del menú y la de la bebida— con su cuota
correspondiente al 10 % y al 21 % cada una. Lo mismo ocurre en una tienda que vende, en el mismo
ticket, un producto de alimentación básica al 4 %, otro al 10 % y un artículo no alimentario al 21 %:
tres tipos, tres desgloses.

Esto aplica igual a la [factura simplificada](/noticias/factura-simplificada-vs-ordinaria-diferencias)
que a la factura ordinaria: cambia el nivel de detalle exigido sobre los datos del destinatario,
pero no la obligación de desglosar los tipos de IVA que se mezclan en la misma venta.

## Qué tipo de IVA le corresponde a cada línea

Antes de facturar, conviene tener claro a qué tipo pertenece cada producto o servicio: el 21 %
general, el 10 % reducido, el 4 % superreducido o alguna exención. Nuestra
[tabla de tipos de IVA en España](/noticias/tipos-de-iva-espana-2026-tabla) resume qué aplica a
cada categoría de producto. El error más frecuente no es de cálculo, sino de clasificación: aplicar
el tipo general a un producto que en realidad tributa reducido (o al revés) por no haber revisado
antes en qué grupo encaja.

## Cómo lo resuelve Fube

Al [crear una factura en Fube](/funcionalidades/facturacion/facturas), cada línea lleva su propio
tipo de IVA de forma independiente: puedes combinar en el mismo documento productos al 21 %, al
10 % o al 4 % sin ningún ajuste manual. Fube calcula y desglosa la base imponible y la cuota de
cada tipo por separado en el total de la factura, tal y como exige el Reglamento. Como cualquier
factura emitida en Fube, sale con el QR y la huella encadenada de [Verifactu](/funcionalidades/verifactu)
y se envía siempre a la AEAT —las sociedades tienen de plazo hasta el 1 de enero de 2027 y el resto
de autónomos y profesionales hasta el 1 de julio de 2027—, con independencia de cuántos tipos de
IVA mezcle la factura.

## Preguntas frecuentes

**¿Puedo aplicar un IVA medio si la mayoría de productos de la factura llevan el mismo tipo?**

No. Aunque solo una línea de diez lleve un tipo distinto, esa línea debe aparecer desglosada por
separado en la base y la cuota. No existe la opción de "promediar" o simplificar el desglose por
comodidad.

**¿Esto cambia si emito una factura simplificada en vez de una ordinaria?**

No en cuanto al desglose de tipos: la factura simplificada exige menos datos sobre el destinatario,
pero si mezcla productos a distintos tipos de IVA, sigue teniendo que desglosarlos por separado.

**¿Y si me equivoco y emito la factura con un desglose incorrecto?**

Se corrige con una [factura rectificativa](/noticias/factura-rectificativa-que-es-cuando-emitirla),
igual que cualquier otro error de contenido en una factura ya emitida.

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Mezclar tipos de IVA en una misma venta es habitual —en hostelería, en comercio, en cualquier
negocio con catálogo variado— y no complica la factura si cada línea lleva su tipo correcto desde
el principio. Con [Fube](/funcionalidades/facturacion) el desglose por tipo de IVA es automático,
línea a línea, sin cálculos manuales. [Prueba Fube gratis](https://fube.es/auth/register).
