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title: "Factura simplificada perdida por el cliente: cómo emitir un duplicado sin duplicar el IVA repercutido"
description: "Un cliente ha perdido el ticket o la factura simplificada que le diste y te pide que se la vuelvas a mandar. Por qué no debes hacer una factura nueva y cómo emitir un duplicado correcto, sin tocar tu IVA declarado."
date: "2026-09-30T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/factura-simplificada-perdida-cliente-duplicado"
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# Factura simplificada perdida por el cliente: cómo emitir un duplicado sin duplicar el IVA repercutido

Un cliente te escribe: perdió el ticket o la [factura simplificada](/noticias/factura-simplificada-vs-ordinaria-diferencias) que le diste hace semanas y la necesita otra vez —para justificar un gasto, para su propia contabilidad, o simplemente porque la traspapeló—. Tu primer instinto puede ser abrir tu programa y "hacerle otra factura". Es precisamente lo que no hay que hacer: eso crearía una segunda operación donde solo hubo una, y tu IVA repercutido del trimestre acabaría contando la venta dos veces.

Esta guía es para autónomos y pymes que facturan con simplificadas —hostelería, comercio, talleres, cualquier operación por debajo de los límites de la simplificada— y se encuentran con un cliente que ha perdido su copia. La solución tiene nombre propio en la normativa: el **duplicado**.

## Por qué no puedes simplemente "volver a facturar"

Cada factura simplificada que emites es, a efectos de IVA, una operación ya devengada: ya la contabilizaste, ya forma parte de tu [Modelo 303](/noticias/modelo-303-declaracion-trimestral-iva) del trimestre en que la emitiste. Si generas una factura nueva con un número nuevo para la misma venta, no estás corrigiendo nada: estás creando una operación que, para Hacienda, es una venta adicional. Resultado: dos facturas, dos números correlativos consumidos, y un IVA repercutido que en tu libro de facturas expedidas aparece por duplicado sin que haya habido una segunda venta.

El problema no es solo contable. Con [Verifactu](/noticias/verifactu-guia-definitiva-y-plazos-clave-para-autonomos-y-pymes), cada factura que emites genera un registro que Fube envía a la AEAT con su huella encadenada. Una factura nueva para una venta que ya tiene su registro no es un descuido menor: es, literalmente, el caso que la propia AEAT pone como ejemplo de registro que nunca debió generarse y que hay que anular.

## Qué es exactamente un duplicado

El artículo 14 del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012) regula esta situación de forma directa. Solo permite expedir un ejemplar duplicado de una factura en dos supuestos: cuando concurren varios destinatarios en una misma operación, o en caso de **pérdida del original**. Es justo el escenario del cliente que te escribe.

Tres cosas importan de cómo lo trata la norma:

- **"Los ejemplares duplicados (...) tendrán la misma eficacia que los correspondientes documentos originales"** (artículo 14.3). No es un documento nuevo con efectos propios: es, a todos los efectos, la misma factura.
- **En cada ejemplar duplicado debe hacerse constar la expresión "duplicado"** (artículo 14.4). Es el único requisito de forma que añade: que quede visible que no es el original.
- Mantiene el **mismo número, la misma fecha de expedición y el mismo importe** que la factura perdida. No hay nada que recalcular.

Dicho de otro modo: un duplicado no es una factura nueva con un contenido parecido. Es una copia fiel de la que ya emitiste, con una palabra añadida.

## Qué pasa con Verifactu al emitir un duplicado

Aquí es donde más dudas surgen, porque parece que "volver a mandar" algo a un cliente después de que Fube ya envió el registro a la AEAT debería tener alguna repercusión. No la tiene, y por la misma razón que en la norma general: el duplicado no es una operación distinta, así que no genera un registro de facturación nuevo. El registro que corresponde a esa venta es el que Fube generó y envió cuando emitiste el original; reimprimir o reenviar la misma factura, marcada como duplicado, no lo modifica ni lo duplica.

Donde sí hay que tener cuidado es en no confundir este caso con el que **sí** exige tocar el registro: una factura duplicada **por error** —dos registros distintos para la misma venta, normalmente por un fallo al reemitir con otro número— es uno de los supuestos que la [sede de la AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/registros-facturacion-anulacion.html) contempla para la anulación de un registro. La diferencia está en el origen: si emitiste **una sola** factura y ahora entregas una copia fiel de ella marcada como duplicado, no hay nada que anular. Si por error acabaste con **dos registros** para la misma venta, eso sí hay que corregirlo como un registro equivocado, no como un simple reenvío.

## Cómo emitir el duplicado, paso a paso

1. **Localiza la factura original** en tu historial, por su número o por el cliente y la fecha aproximada. No la recrees de memoria: el duplicado tiene que llevar exactamente los mismos datos.
2. **No cambies ningún dato**: mismo número, misma fecha de expedición, mismo importe y mismo desglose de IVA que la factura perdida. Si algo de eso estuviera mal en el original, no es un caso de duplicado, sino de [factura rectificativa](/noticias/factura-rectificativa-que-es-cuando-emitirla).
3. **Añade la mención "duplicado"** de forma visible en el documento que entregues, tal y como exige el artículo 14.4. Puede ir en el propio PDF o, si tu herramienta no lo incorpora automáticamente, indicarlo en el correo o el mensaje con el que se lo reenvías al cliente.
4. **Entrégaselo** por el mismo canal que uses habitualmente (email, WhatsApp, en mano). No hace falta ningún trámite adicional ante Hacienda: el registro de esa venta ya existe desde que emitiste el original.
5. **Anota en tu registro interno** que has reexpedido un duplicado, con la fecha en que lo hiciste. No es obligatorio, pero evita que dentro de unos meses no recuerdes si esa factura llegó a su destino o no.

Fube guarda cada factura emitida en tu historial con todos sus datos originales, así que volver a descargar o reenviar el PDF de una factura anterior no exige reconstruir nada a mano: el número, la fecha y el desglose de IVA son siempre los mismos que los del día en que la [emitiste con Fube y se envió a la AEAT](/funcionalidades/verifactu/envio-aeat).

## Y si lo que pide el cliente no es una copia, sino otro tipo de factura

Ojo con un matiz: si el cliente no ha perdido nada, sino que te pide que a la simplificada que ya tiene le añadas su NIF y su nombre —o directamente una factura completa con desglose, porque la necesita para deducirse el IVA como empresa—, ese no es un duplicado: es una [sustitución de la simplificada por una completa](/noticias/convertir-factura-simplificada-en-completa-plazo), que sigue otro trámite y otro plazo. El duplicado es, exclusivamente, para cuando lo que falta es el documento en sí, no un dato que no llevaba.

## Preguntas frecuentes

### ¿El duplicado tiene que decir literalmente "duplicado"?

Sí. Es el único requisito de forma que exige el artículo 14.4 del Reglamento de facturación: la palabra tiene que constar en el ejemplar que entregas, para que quede claro que no es el original.

### ¿Puedo emitir un duplicado por email en PDF, o tiene que ser en papel?

Puede ser en el mismo formato en que emitiste el original. Si tu factura simplificada fue en PDF, el duplicado también lo es; la norma no exige un soporte concreto, solo que conste la mención "duplicado" y que los datos coincidan con el original.

### ¿Y si vuelvo a perder el archivo del duplicado, puedo pedir otro?

Sí, no hay un límite de duplicados por factura. Cada vez que haga falta, se reexpide la misma factura marcada como duplicado; sigue sin ser una operación nueva.

### ¿Tengo que avisar a Hacienda de que he emitido un duplicado?

No. El registro de esa venta ya se generó y se envió cuando emitiste el original. El duplicado no crea ni modifica ningún registro, así que no hay ninguna comunicación adicional que hacer.

### ¿Esto cambia algo en mi próxima declaración de IVA?

No. El devengo del impuesto ocurrió cuando emitiste la factura original; el duplicado no es una venta nueva, así que no añade ni resta nada al IVA que ya declaraste en su trimestre correspondiente.

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Perder una factura no es un problema del vendedor, pero atenderlo mal sí puede serlo: la diferencia entre un duplicado bien hecho y una factura nueva es la diferencia entre no tocar nada y descuadrar tu IVA repercutido. Con el historial de facturación de Fube siempre a mano, [reenviar cualquier factura ya emitida](/precios) es cuestión de minutos, sin tener que reconstruir un documento que ya existe.

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**Aviso legal.** Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable, laboral ni jurídico. La información puede contener errores o estar desactualizada, y la normativa cambia con frecuencia: contrasta siempre los datos con las fuentes oficiales antes de tomar cualquier decisión. Para tu caso concreto, consulta la normativa oficial vigente o acude a un profesional cualificado.
