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title: "Factura rechazada en FACe por superar el importe del contrato menor: cómo corregirla"
description: "El trabajo te lo encargaron como contrato menor, pero la factura final supera el límite legal y se queda parada en el circuito de la Administración. Por qué pasa, cómo distinguirlo de un rechazo técnico y qué hacer para cobrar sin repetir el error."
date: "2026-10-03T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/factura-rechazada-face-importe-contrato-menor"
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# Factura rechazada en FACe por superar el importe del contrato menor: cómo corregirla

Te encargaron el trabajo como **contrato menor** —sin concurso, con una simple orden de encargo— y todo fue bien hasta que presentaste la factura: se queda parada, o directamente te la devuelven, porque el importe final **supera el límite legal** de esa figura. No es un error de código ni un problema de formato: es que, por ley, ese importe ya no puede tramitarse como contrato menor, y la Administración no puede dar su conformidad a una factura que no encaja con lo que aprobó.

Este artículo es para quien ya sabe que el problema está en el importe —como Miguel, que presenta facturas a distintos organismos a través de FACe— y necesita entender **por qué bloquea justo esto** y qué puede hacer para cobrar sin repetir el error. Si tu rechazo viene por el código DIR3, lo cubrimos aparte en [factura rechazada en FACe por el código DIR3](/noticias/factura-rechazada-face-codigo-dir3).

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## El límite que no puedes cruzar

Un contrato menor solo puede tramitarse así si su valor estimado, **sin IVA**, no supera:

- **15.000 €** en servicios y suministros.
- **40.000 €** en obras.

Lo explicamos con más detalle —qué es un contrato menor y qué necesitas para facturarlo— en [contrato menor con la Administración: límites y cómo facturarlo](/noticias/contrato-menor-administracion-limites-facturar). Lo que interesa aquí es qué pasa cuando ese límite se cruza **después** de que el trabajo ya está hecho y toca cobrar.

## Por qué no es un rechazo técnico, aunque lo parezca

Los rechazos automáticos de FACe —Unidad Tramitadora incorrecta, errores de formato, datos que faltan— los detecta el sistema en el momento del registro, antes incluso de generar el documento contable. Que el importe facturado supere el límite del contrato menor **no es uno de esos motivos**: FACe no compara tu factura contra el tipo de expediente que la originó, eso lo mira una persona.

Lo que ocurre en la práctica es distinto: el órgano gestor que tiene que dar su **conformidad** a la factura se encuentra con que el importe no coincide con el gasto que se aprobó —y ese gasto se aprobó precisamente dentro de los límites del contrato menor—. Sin esa conformidad, la factura no avanza en el registro contable. Puede quedarse parada, o puede volver con un rechazo que cita "no conformidad del órgano proponente" sin entrar en detalle, y ahí es fácil perder tiempo intentando corregir algo que no es un error de forma.

## Cuándo pasa esto, en la práctica

- **El trabajo se amplió sobre la marcha.** Te piden más alcance del encargado al principio y facturas el total, que ya no cabe en el límite.
- **Varias entregas del mismo encargo suman más de lo aprobado.** Cada entrega por separado parecía razonable; la suma, no.
- **Un único trabajo se facturó de golpe cuando debía repartirse** entre expedientes o partidas presupuestarias distintas, cada una dentro de su propio límite.

Ninguno de estos casos se arregla fraccionando la factura en varias más pequeñas para que cada una quede por debajo del límite: la ley lo prohíbe expresamente cuando responde a una única necesidad, y es el organismo quien tiene que valorar si así fue. Lo tratamos en detalle en el artículo sobre los límites del contrato menor.

## Qué hacer si te ha pasado

1. **No reenvíes la misma factura esperando que pase la segunda vez.** El importe sigue sin encajar con lo aprobado; el resultado será el mismo.
2. **Pide al órgano gestor el documento de aprobación del gasto** del expediente concreto, con el importe exacto que cubre. Es lo único que te dice con certeza hasta dónde puedes facturar por esa vía.
3. **Si el exceso responde a trabajo real no presupuestado**, el organismo tiene que tramitarlo aparte —como un nuevo contrato menor si encaja en el límite, o como un procedimiento ordinario si no—. No es algo que puedas resolver tú solo ajustando el PDF de la factura.
4. **Factura exactamente lo aprobado** en ese expediente y, si queda trabajo pendiente de cobro, pregunta por la vía correcta para el resto antes de volver a presentar nada.

## Cómo evitarlo la próxima vez

Antes de empezar un encargo por la vía del contrato menor, confirma con el órgano gestor el importe exacto que se ha aprobado para ese expediente —no des por hecho que "cabe de sobra" solo porque el presupuesto inicial quedaba lejos del límite—. Si el trabajo puede crecer sobre la marcha, es mejor saberlo desde el principio que descubrirlo con la factura ya hecha y el cobro parado.

En [Fube generamos la factura en formato Facturae](/funcionalidades/facturacion/facturae) con los datos del organismo y del expediente ya en su sitio, lista para FACe, pero el importe que se aprueba internamente en cada organismo es un dato que solo te puede confirmar el órgano gestor: ninguna herramienta de facturación lo sustituye.

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## Preguntas frecuentes

### ¿Es lo mismo que un rechazo por código DIR3?

No. El DIR3 identifica al organismo y la unidad correctos; es un control automático que falla por un dato técnico. Superar el límite del contrato menor es un problema de fondo —el expediente no ampara ese importe— que detecta una persona al dar o negar la conformidad, no el sistema al registrar la factura.

### ¿Puedo dividir la factura en dos para que cada una quede por debajo del límite?

No si responden a una única necesidad: la ley prohíbe fraccionar el objeto de un contrato para esquivar los límites del contrato menor. Esa valoración la hace el órgano de contratación, y si detecta un fraccionamiento artificial, el problema de cumplimiento es del organismo, pero tu factura sigue sin poder tramitarse así.

### El exceso es porque el organismo me pidió más trabajo del encargado al principio, ¿qué hago?

Pide que lo formalicen como corresponda —una ampliación tramitada aparte o un nuevo expediente— antes de facturar el total. Facturar de más sobre un contrato menor ya aprobado no regulariza la situación; solo traslada el problema al momento del cobro.

### ¿Esto cambia si facturo con IGIC en vez de IVA?

No. Los límites del contrato menor los fija la Ley de Contratos del Sector Público, que es estatal, igual en toda España. Lo que cambia según el territorio es el desglose fiscal de la factura, no el importe que separa un contrato menor de uno ordinario.

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## En resumen

Un rechazo —o un bloqueo— por superar el importe del contrato menor no se corrige como un error de código: el expediente que aprobaron ya no ampara ese importe, así que hace falta que el organismo lo tramite de otra forma antes de que la factura pueda avanzar. Confirma el importe aprobado con el órgano gestor, factura exactamente eso, y pide la vía correcta para lo que quede fuera.

Si quieres facturar a organismos públicos sin perseguir bloqueos en FACe, [descubre cómo Fube genera tu Facturae firmada](/funcionalidades/facturacion/facturae) con los datos del expediente siempre en su sitio.

[Prueba Fube y deja de perseguir rechazos de FACe →](/auth/register)

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**Aviso legal.** Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable, laboral ni jurídico. La información puede contener errores o estar desactualizada, y la normativa cambia con frecuencia: contrasta siempre los datos con las fuentes oficiales antes de tomar cualquier decisión. Para tu caso concreto, consulta la normativa oficial vigente o acude a un profesional cualificado.
