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title: "Cesta de Navidad a los empleados: retribución en especie, ingreso a cuenta y gasto"
description: "Regalar una cesta de Navidad a tu plantilla no es lo mismo que regalársela a un cliente. Qué dice la ley del IRPF, qué es el ingreso a cuenta y cómo dejarla registrada."
date: "2026-11-04T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/cesta-navidad-empleados-retribucion-especie-ingreso-a-cuenta"
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Llega noviembre, un proveedor te manda el catálogo de cestas y piensas en tu plantilla: tres, cinco, diez personas a las que quieres agradecer el año. Pero una cosa es regalar una cesta a un cliente y otra, bastante distinta, regalársela a quien trabaja para ti. Y esa diferencia suele descubrirse en enero, con la nómina cerrada.

Si tienes empleados, aquí tienes qué dice la ley, qué es el famoso «ingreso a cuenta» y cómo dejarlo ordenado sin convertir un detalle navideño en un quebradero de cabeza.

## Por qué la cesta a un empleado no es una atención a clientes

Con un cliente, el regalo es una atención comercial y tiene su propio límite: lo cuenta el post sobre [regalos y atenciones a clientes](/noticias/regalos-atenciones-clientes-que-puedes-deducir). Con un empleado entra otra figura: la **retribución en especie**.

La Ley del IRPF la define así en su artículo 42.1:

> "Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda."

Una cesta que el empleado se lleva a casa encaja en esa descripción: es un bien, es para uso particular y es gratuito. Y el artículo 42.3 enumera lo que sí está **exento** (comedores de empresa, guarderías, ciertos seguros de enfermedad, formación…), sin que ahí aparezca una cesta de Navidad. Dicho en llano: que sea pequeña y navideña no la exime por sí sola.

Esto no significa que sea un drama. Significa que, en vez de «un detalle», hay que tratarla como una parte más de lo que cobra esa persona.

## Qué implica en la práctica: valoración e ingreso a cuenta

Dos conceptos, los dos técnicos y los dos más sencillos de lo que parecen.

**Valoración.** La regla general (art. 43.1 de la Ley del IRPF) es que las rentas en especie se valoran por su **valor normal de mercado**. Para una cesta comprada, lo normal es el precio que tendría en tienda.

**Ingreso a cuenta.** Cuando la empresa paga en especie, no hay dinero del que retener, así que la ley prevé un ingreso a cuenta. El Reglamento del IRPF (art. 102.1) dice que se calcula aplicando a ese valor "el tipo que corresponda de los previstos en el artículo 80" del propio Reglamento, que es el tipo de retención de cada trabajador.

Un ejemplo inventado para verlo: una cesta de 60 € a una persona cuyo tipo de retención es del 12 %. El ingreso a cuenta sería 7,20 € (60 × 0,12), y la cesta se suma a lo que se declara como retribución de esa persona. Con diez empleados y tipos distintos, cada uno tiene el suyo.

Hay un matiz práctico: si en lugar de la cesta le das **dinero** para comprarla, la renta pasa a ser dineraria y va a nómina como cualquier otro importe. El artículo 42.1 lo dice expresamente: cuando el pagador entrega importes en metálico para adquirir los bienes, "la renta tendrá la consideración de dineraria".

## ¿Y si la cesta viene en el convenio?

Si tu convenio colectivo o el contrato de trabajo recogen la cesta, deja de ser un gesto voluntario y pasa a ser una condición pactada: la tienes que dar, y con más razón forma parte de la retribución. Revisa qué dice tu convenio antes de decidir el importe.

## Y para ti, ¿es gasto?

Si la tratas como retribución al trabajador, entra como **gasto de personal**, igual que su salario. Para que tenga sentido necesitas tres cosas: la factura de la cesta a nombre de tu actividad, que la persona conste en tu plantilla y que quede reflejada donde corresponde en nómina.

Hay dos cosas que este post **no resuelve** y que conviene que te confirme tu asesoría laboral o tu gestoría antes de comprar:

- Si algún criterio administrativo admite tratar como atención de uso social una cesta de muy poco valor, sin pasar por nómina. No hay una cifra legal que te libre por sí misma.
- Cómo se refleja la cesta en la cotización a la Seguridad Social y qué pasa con el IVA de la compra.

Para la cena colectiva de empresa, que sigue otra lógica, tienes [su propio post](/noticias/comida-cena-navidad-empresa-empleados-gasto-deducible); y si lo que ronda en tu cabeza es la lotería, está [aquí](/noticias/loteria-navidad-empresa-participaciones-gasto-deducible).

## Cómo dejarlo registrado sin perder el hilo

Lo que sí depende solo de ti es el papeleo:

1. **Factura a nombre de la actividad**, con tus datos fiscales completos. Un ticket de supermercado no te sirve de justificante si quieres tratarla como gasto.
2. **Lista de a quién se entregó** y por qué importe a cada persona: es lo que tu gestoría necesita para meterla en nómina.
3. **Una nota en el gasto** («cesta de Navidad 2026, plantilla, 10 uds.») para que el motivo no dependa de tu memoria.

En Fube, cada [gasto se registra](/funcionalidades/gastos/registro) con su fecha, su importe y su nota, y el [escaneo de tickets con IA](/funcionalidades/gastos/escaneo-ia) te ahorra teclear los datos de la factura del proveedor. Cuando tu gestoría pregunte en diciembre, la respuesta está a un clic.

## Preguntas frecuentes

### ¿Tengo que dar la cesta a toda la plantilla por igual?

La ley fiscal no te lo exige, pero conviene un criterio objetivo y por escrito (a todos, o a todos los de cierta antigüedad). Un criterio que cambia de persona en persona complica la nómina y puede generar agravios.

### ¿Cuenta dentro del 1 % de atenciones a clientes?

No. Ese límite está pensado para clientes y proveedores. Una cesta a un empleado se trata como retribución, no como atención comercial.

### ¿Cambia algo si soy autónomo sin empleados?

Si no tienes personal, no hay retribución en especie que declarar: la cesta para ti es un gasto personal, no de la actividad.

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Un buen gesto con tu equipo no debería traducirse en un lío de papeles. Con Fube, cada gasto queda registrado y a mano desde el primer día, también los de Navidad. [Empieza gratis con Fube](/auth/register).

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**Aviso legal.** Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal, contable, laboral ni jurídico. La información puede contener errores o estar desactualizada, y la normativa cambia con frecuencia: contrasta siempre los datos con las fuentes oficiales antes de tomar cualquier decisión. Para tu caso concreto, consulta la normativa oficial vigente o acude a un profesional cualificado.
