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title: "Amortización de bienes de inversión: cómo deducir tu ordenador, mobiliario o equipo"
description: "Qué es la amortización de bienes de inversión y cómo deducir año a año un ordenador, mobiliario o maquinaria: la tabla simplificada de la AEAT, el método lineal y ejemplos claros para autónomos."
date: "2026-07-03T00:00:00.000Z"
source: "https://www.fube.es/noticias/amortizacion-bienes-inversion-autonomos"
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# Amortización de bienes de inversión: cómo deducir tu equipo poco a poco

Te compras un ordenador de 1.200 € para trabajar y, al ir a deducirlo, descubres que no puedes restarlo entero en el gasto de este trimestre. Tienes que repartirlo en varios años. Esa es, en una frase, la amortización: la forma en que Hacienda reconoce que un bien duradero se va gastando poco a poco y te deja deducirlo al mismo ritmo. Suena a contabilidad de empresa grande, pero afecta a cualquier autónomo que invierta en equipo. Aquí lo explicamos sin tecnicismos, con la tabla oficial y ejemplos.

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## Qué es un bien de inversión (y por qué no se deduce de golpe)

No todo lo que compras para tu actividad se trata igual a efectos fiscales:

- Un **gasto corriente** —material de oficina, un dominio web, la cuota del móvil— se consume en el año y se deduce entero en ese ejercicio.
- Un **bien de inversión** —un ordenador, una furgoneta, mobiliario, una máquina— lo usas durante varios años. Como su utilidad se reparte en el tiempo, la deducción también: eso es **amortizar**.

La lógica es sencilla: un portátil que te durará cuatro o cinco años no es un gasto de un mes, sino una inversión que se desgasta poco a poco. La amortización reparte su coste a lo largo de su **vida útil** y cada año deduces la parte proporcional, reduciendo tu rendimiento neto (la base sobre la que pagas IRPF).

Un apunte importante sobre el importe: se amortiza siempre la **base sin IVA**. El IVA soportado de la compra se deduce por su cuenta en el [modelo 303](/noticias/modelo-303-declaracion-trimestral-iva), si el bien está afecto a tu actividad y la cuota es deducible.

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## El método lineal y la tabla simplificada

La mayoría de autónomos tributan en **estimación directa simplificada** (volumen de negocio inferior a 600.000 € el año anterior). En esa modalidad se amortiza por el **método lineal**: repartes el coste en partes iguales cada año.

Para saber a qué ritmo puedes amortizar, la AEAT publica una **tabla de amortización simplificada** con solo diez grupos de bienes. De cada grupo salen dos cifras:

- **Coeficiente lineal máximo**: el porcentaje máximo que puedes deducir al año.
- **Periodo máximo**: el número máximo de años durante los que puedes repartir el bien.

Entre esos dos límites tienes margen para elegir a qué velocidad amortizas. Esta es la tabla vigente (según el folleto de actividades económicas de la Agencia Tributaria):

| Grupo | Tipo de elemento                                                          | Coef. lineal máx. | Periodo máx. |
| ----- | ------------------------------------------------------------------------ | ----------------- | ------------ |
| 1     | Edificios y otras construcciones                                         | 3 %               | 68 años      |
| 2     | Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material     | 10 %              | 20 años      |
| 3     | Maquinaria                                                               | 12 %              | 18 años      |
| 4     | Elementos de transporte                                                  | 16 %              | 14 años      |
| 5     | Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos | 26 %       | 10 años      |
| 6     | Útiles y herramientas                                                    | 30 %              | 8 años       |
| 7     | Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino                                  | 16 %              | 14 años      |
| 8     | Ganado equino y frutales no cítricos                                     | 8 %               | 25 años      |
| 9     | Frutales cítricos y viñedos                                              | 4 %               | 50 años      |
| 10    | Olivar                                                                   | 2 %               | 100 años     |

En **estimación directa normal** no se usa esta tabla reducida, sino las tablas de amortización más detalladas del artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, con muchos más tipos de elementos. La idea de fondo es la misma; cambia el nivel de detalle.

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## Un ejemplo paso a paso

Compras un ordenador por **1.000 € (sin IVA)** para tu actividad. Es un equipo para el tratamiento de la información, así que va al **grupo 5**: coeficiente lineal máximo del 26 % y periodo máximo de 10 años.

- Si amortizas al **máximo (26 %)**, deduces **260 € al año** y lo tienes amortizado en unos **4 años**.
- Si prefieres un ritmo más lento, puedes repartirlo hasta en **10 años** (100 € al año).

Cualquier porcentaje entre esos dos extremos es válido. En la práctica, muchos autónomos amortizan cerca del máximo para adelantar la deducción, pero la decisión es tuya (y de tu asesoría). *Las cifras son orientativas y sirven para ilustrar el cálculo; tu caso concreto puede variar.*

### ¿Y los bienes baratos?

Para importes pequeños existe una simplificación: los **bienes de escaso valor** —de forma general, hasta **300 € por elemento**, con un límite conjunto de **25.000 € al año**— pueden deducirse de una vez en el ejercicio, sin abrir un cuadro de amortización a varios años. Es una regla del artículo 12.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades; conviene **confirmarla con tu asesoría** antes de aplicarla, porque hay matices.

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## Dónde se refleja todo esto

La amortización no aparece por arte de magia en tus impuestos: hay que anotarla y tenerla ordenada.

- **Libro registro de bienes de inversión**: si deduces amortizaciones, estás obligado a llevarlo. Ahí quedan tus bienes con su fecha de compra, su valor y la amortización aplicada. Lo explicamos en la guía de [libros registro obligatorios del autónomo](/noticias/libros-registro-autonomos-obligatorios).
- **Pagos fraccionados y Renta**: la amortización del año reduce tu rendimiento neto, y ese rendimiento es el que llevas al [modelo 130](/noticias/modelo-130-autonomos-como-rellenarlo) y a la declaración de la Renta.

Un caso que genera muchas dudas es el del **coche o la furgoneta**, porque su deducción (y su amortización) depende del grado de afectación a la actividad. Lo tratamos aparte en [cómo funciona la deducción del vehículo del autónomo](/noticias/deduccion-vehiculo-autonomos-como-funciona).

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## Cómo ayuda Fube

Amortizar bien empieza por registrar la compra como lo que es: un bien de inversión, no un gasto corriente. En Fube, al anotar el gasto de la compra puedes marcarlo como bien de inversión, asignarle su **categoría de amortización** y los **años** en los que lo repartes; la plataforma lo refleja en el [apartado de amortizaciones](/funcionalidades/impuestos/amortizaciones) y lo mantiene ordenado junto al resto de tus [libros registro](/funcionalidades/impuestos/libros-registro).

Con los datos así de claros, tú —o tu asesoría— tenéis a mano lo que necesitáis para cuadrar los pagos fraccionados y la Renta, sin rebuscar facturas de hace años. Fube ordena y acompaña; el criterio fiscal de cuánto y cuándo amortizar lo decides tú con tu asesor.

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## Preguntas frecuentes

### ¿Qué diferencia hay entre un gasto y un bien de inversión?

Un gasto corriente se consume en el año y se deduce entero en ese ejercicio. Un bien de inversión (ordenador, mobiliario, maquinaria, vehículo) dura varios años, así que su coste se reparte y se deduce poco a poco mediante la amortización.

### ¿En cuántos años tengo que amortizar un ordenador?

Un equipo informático está en el grupo 5 de la tabla simplificada: coeficiente máximo del 26 % anual y periodo máximo de 10 años. Puedes amortizarlo en un mínimo de unos 4 años (al 26 %) o repartirlo hasta en 10, según lo que te interese.

### ¿La amortización se calcula sobre el precio con o sin IVA?

Sobre la base sin IVA. El IVA soportado de la compra se deduce por separado en el modelo 303, si el bien está afecto a tu actividad y la cuota es deducible.

### ¿Puedo deducir de golpe un bien barato?

Como regla general, los bienes de escaso valor (hasta 300 € por elemento, con un límite de 25.000 € al año) pueden deducirse de una vez, sin cuadro de amortización. Confírmalo con tu asesoría, porque tiene matices.

### ¿Estoy obligado a llevar algún libro por amortizar?

Sí. Si deduces amortizaciones, debes llevar el libro registro de bienes de inversión, donde figuran tus bienes, su valor y la amortización aplicada cada año.

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## En resumen

Amortizar no es más que deducir un bien duradero al ritmo al que lo usas, en lugar de restarlo entero el año de la compra. Para la mayoría de autónomos basta con la tabla simplificada de la AEAT: identificas el grupo del bien, eliges un ritmo entre el coeficiente máximo y el periodo máximo, y deduces esa parte cada año sobre la base sin IVA. Lo demás es tenerlo ordenado en tu libro de bienes de inversión.

Si quieres dejar de perseguir facturas antiguas cuando llega la Renta, puedes [probar Fube gratis](/precios) y registrar tus bienes de inversión a medida que los compras, con todo a mano cuando lo necesites.
